Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1886-10-14_Ordinaria. Acta de sesión 1886/10/14_Ordinaria
Acta de sesión 1886/10/14_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/2.1886-10-14_Ordinaria
Título Acta de sesión 1886/10/14_Ordinaria
Data(s) 1886-10-14 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 231 (Parcero vicepresidente, Limeses, Sequeiros, García Temes, Salgado, Prada) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 231 2. Se dio cuenta de la comunicación del gobernador trasladando la del alcalde de Silleda en la que manifiesta se halla en aquel distrito un anciano pobre de solemnidad y completamente imposibilitado para el trabajo el cual carece en absoluto de recursos para poder subsistir, y de familia que le recoja. Y, ante esta necesidad, se dirige dicho alcalde a la Autoridad superior de la provincia para que resuelva lo más conveniente. Tristísima es la situación de los desgraciados que llegan al estado en que se halla el a que se refiere la comunicación referida, y es triste porque no existen establecimientos oficiales en la provincia, destinados a recoger los impedidos para el trabajo. De manera que, por grandes que sean los deseos de esta Comisión por atender a la súplica del alcalde de Silleda, no es posible acceder a ella, por carecer de medios para realizarlos. Para beneficencia consignan o deben consignar los ayuntamiento cantidades en sus presupuestos, pues bien, de esas cantidades y por de pronto de la de imprevistos, debe atender el ayuntamiento de Silleda, a subvenir esta necesidad. Y se acuerda comunicarlo así a dicho gobernador en contestación a su repetida comunicación. ------ Folla: 231 3. Vista la comunicación del alcalde de O Campo remitiendo certificaciones de la asistencia facultativa en el Gran Hospital de Santiago, de la enferma Pilar Caneda Alende a quien se considera indispensable su traslación a un manicomio y en las que se justifica paga de contribución 5 pesetas al año. Y, visto que dichas certificaciones no constituyen el expediente de demencia tal como se establece y se exige por el Real Decreto de 19 de mayo de 1885, se acuerda decir al alcalde de O Campo que si la alienada Pilar Caneda es vecina de aquel distrito, proceda con arreglo a lo que dispone el citado Real Decreto de 19 de mayo de 1885. ------ Folla: 231 4. Esta Comisión ha examinado las cuentas de fondos municipales de los ayuntamientos de Arbo, Baiona, Barro, Borbén, Bueu, Bouzas, O Campo, Cambados, A Cañiza, Caldas, Carbia, Cotobade, Cangas, Carril, Dozón, A Estrada, Fornelos, Forcarei, O Grove, A Guarda, Lalín, A Lama, Moraña, Marín, Meaño, Moaña, Mondariz, Meis, Nigrán, Oia, Ponteareas, Poio, Ponte Caldelas, Ponte Sampaio, O Porriño, Pontevedra, Portas, Redondela, Rodeiro, Rosal, Silleda, Setados, Salceda, Sanxenxo, Saiar, Tomiño, Tui, Vilanova, Vilagarcía, Vigo, Valga, Vilaboa, y Vilaxoán. Y, hallándolas arregladas a las prescripciones legales, acuerda, oída la contaduría provincial, prestarlas su conformidad y se remitan al gobernador para que si mereciesen su aprobación disponga su publicación en el BOP, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 3 de la Real Orden de 31 de mayo último. ------ Folla: 231,232 5. Se dio cuenta de la presentada por el maestro albañil José Benito Hermida, referente a los jornales y materiales empleados en las obras de reparación hechas en la escalera principal del Palacio Provincial, importante 492 pesetas. Y, a hallándose arreglada al ajuste hecho con el mismo a excepción de una partida de 25 ptas. que se consigna por un andamio la cual debe eliminarse por haber sido comprendida en el resto de las obras, se acuerda el pago de la cantidad de 467 ptas. a que, decucidas las 25, queda reducida esta cuenta, expidiendose el oportuno libramiento con cargo al capítulo del presupuesto vigente. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota