ATOPO
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Acta de sesión 1887/04/23_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-04-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1887/04/23_Ordinaria

  • Data(s) 1887-04-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 118 (Sres. Limeses vicepresidente, Pardo, Alonso, Prada, Lois, Salgado). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 118 2. Se dio cuenta de una instancia producida por D. José González Troncoso, vecino de Salvaterra, en la que pide al Sr. Gobernador, a quien fue dirigida, se le dé posesión del cargo de alcalde para el que dice fue elegido, y la certificación del acta de elección verificada en día 23 de marzo último, de la cual resulta que el solicitante tuvo 8 votos de los 17 que componen la corporación municipal. Vista dicha instancia y lo que el art. 55 de la ley municipal preceptúa terminantemente que para la elección de alcalde se precisa obtener la mayoría absoluta del número total de concejales, que según la escala del art. 35 deba componerse el Ayuntamiento Visto que al Ayuntamiento de que se trata, le corresponde tener, y tiene según dicho art. 35,17 concejales y que por lo tanto la mayoría absoluta de este número se compone de nueve y habiendo obtenido sólo ocho el González Troncoso, resulta no corresponderle se le ponga en el cargo que solicita. La comisión acuerda por lo tanto informar al Sr. Gobernador que a su juicio procede desestimar la solicitud que promueve D. José González Troncoso. ------ Folla: 118 3. Se dio cuenta de la de caudales de fondos provinciales, correspondientes al tercer trimestre del corriente año económico y la comisión, hallándola arreglada a las prescripciones legales, acuerda, en conformidad a lo propuesto por la contaduría, se envíe al Sr. Gobernador de la provincia, a los efectos prevenidos en el art. 66 de la Instrucción de 1º de junio último. ------ Folla: 118 4. Examinadas por esta comisión las cuentas de fondos municipales rendidas por los depositarios de los ayuntamientos que se expresarán y hallándolas ajustadas a las prescripciones legales, se acuerda en conformidad a lo propuesto por la contaduría se remitan al Sr. Gobernador, para que si mereciesen su aprobación, disponga su publicación en el B.O.P. Ayuntamientos que se expresan: Cotobade, Vilaxoán, Meaño, Redondela, Soutomaior, Ponteareas, Salvaterra, Covelo, Crecente, Dozón, Caldas, A Lama, Pontevedra, Bueu, Ribadumia, Barro, O Porriño, Bouzas, Fornelos, A Estrada, O Rosal, Portas, Nigrán, O Carril , Valga, O Grove, Arbo, Borbén, Lalín, Meis, Mondariz, Poio, Marín, A Guarda, A Cañiza, Cambados, Oia, Rodeiro, Mouriño, Salceda, Saiar, Cuntis, Campo, Moraña, Moaña, Ponte Sampaio, Xeve, Vigo y Vilaboa. Se levantó la sesión. ------

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  • Nota

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