ATOPO
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Acta de sesión 1887/12/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-12-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1887/12/03_Ordinaria

  • Data(s) 1887-12-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 280 (Sres. Lois Vicepresidente, Guerra, Otero, Mucientes). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 280 2. D. Blas Dios Sobral 1º teniente Alcalde del Ayuntamiento de Xeve acude en alzada a esta Comisión del acuerdo de aquella Corporación que le declaró incapacitado para ejercer el cargo de concejal por resultar deudor a los fondos municipales. No existiendo en esta Comisión los antecedentes necesarios para poder juzgar respecto del acuerdo del Ayuntamiento; Se acuerda oficiar al Alcalde para que con toda urgencia y en el término más breve remita el expediente instruido al efecto acompañando a la vez certificación del acta de 31 de Agosto y la de en que conste la declaración de la incapacidad acordada por el Ayuntamiento ------ Folla: 280 3. Se dio cuenta de la comunicación que dirige el Alcalde de Meaño al Sr. Gobernador sobre la ejecución que pesa sobre aquel Ayuntamiento como deudor a los fondos provinciales la cual se halla extractada en el expediente de su referencia y de conformidad con lo propuesto por la Contaduría; se acuerda: 1º.- Rogar al Sr. Gobernador ordene con urgencia el examen de las cuentas de fondos municipales correspondientes a los ejercicios de 1884-85 y anteriores de dicho Ayuntamiento y que obran en el Gobierno de provincia y exigiendo a la vez de aquel Alcalde la rendición inmediata de las de 1885-86 y aun la de 1886-87 dentro rigurosamente del plazo señalado por la ley. 2º.- Que prevenga asimismo a dicho Alcalde remita desde luego a la Caja provincial las cantidades ingresadas y que en lo sucesivo ingresen en la municipal por consecuencia de la ejecución librada contra los deudores debiendo verificar aquel en la mencionada Caja provincial con aplicación a los periodos económicos a que pertenezcan los créditos, previa clasificación que remitirá el Alcalde para su debida aplicación. 3º.- Que esta envíe una relación de los Concejales responsables por resultado del expediente de responsabilidad que haya instruido y en la que consten las cantidades de que respectivamente lo son; y 4º.- Que se suspendan por el término de 30 días el apremio que pesa sobre dicho Ayuntamiento en vista de las protestas de buen deseo y de interés por parte del Alcalde en obtener el cobro de los descubiertos; y de no realizarlos en el plazo concedido que continúe la ejecución de apremio contra dicho Alcalde y Concejales. ------ Folla: 280,281 4. El Ayuntamiento de Pontevedra acude a esta Comisión por conducto del Sr. Gobernador pidiendo una moratoria del débito que tiene a favor de los fondos provinciales por importe de 44.434,99 pesetas y de ellas 12.677,69 pertenecen al ejercicio de 1885-86 y 31.757,31 al de 1886-87. El débito que acusa el Ayuntamiento de esta Capital era en 1º de Julio efectivamente el de 44.434,99 pesetas, sin tener en cuenta las deducciones pertenecientes al actual ejercicio por obligaciones de instrucción pública y recargo provincial. Este Ayuntamiento a la vez era acreedor contra la provincia por subvención para la traída de aguas y por gastos suplidos para presos de la Audiencia y correccional de cantidades aun no liquidadas; y por consiguiente para que esta Comisión pueda acordar lo conveniente respecto a la moratoria que se pretende preciso es que se practique una liquidación formal por fin del ejercicio de 1886-87 para conocer debidamente la diferencia que resulta contra el Ayuntamiento Con estos datos podrá establecerse la forma y tiempo para conceder la moratoria; y por ello se acuerda que por la Contaduría se practique la liquidación indicada y conocida que sea poderse estimar o no la pretensión del Ayuntamiento Se levantó la sesión. ------

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