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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1887-12-31_Ordinaria. Acta de sesión 1887/12/31_Ordinaria
Acta de sesión 1887/12/31_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-12-31_Ordinaria
Título Acta de sesión 1887/12/31_Ordinaria
Data(s) 1887-12-31 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 306 (Sres. Lois vicepresidente, Guerra, Mucientes, Otero). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 306 2. A pesar del tiempo transcurrido sin que el Ayuntamiento de Xeve hubiese remitido el expediente de incapacidad del concejal de aquel Ayuntamiento d. Blas Dios Sobral, desobedeciendo los mandatos de esta Comisión en que se le reclamaba con urgencia y en el término mas breve la remisión de dicho expediente, se acuerda prevenir al alcalde lo verifique sin excusa de ningún género en el término del 3º día, y de no hacerlo quedará incurso en la multa de 25 ptas. ------ Folla: 306 3. Acordado por la Diputación que la plaza de portero de la Biblioteca Provincial, que se hallaba vacante por fallecimiento del que la desempeñaba, quedase suprimida, asignándose en su equivalencia una gratificación anual de 250 ptas. para remunerar el servicio de quien hiciese la limpieza y demás auxilios que requiriese el bibliotecario encargado de la misma, se acuerda, a fin de cumplimentar dicha resolución, oficiar con el indicado bibliotecario a fin de que se sirva proponer persona de su confianza que preste los servicios que le encomiende, bajo la remuneración de las 250 ptas. asignadas para el repetido servicio. ------ Folla: 306,307 4. Regularizado en lo posible el servicio de los enfermos pobres de la Provincia que hayan de remitirse para su curación al Hospital de Santiago, a cuyo objeto de han de dictado varias disposiciones y hechas prevenciones a los alcaldes, según circular de esta Comisión, publicada en el BOP de 24 del corriente, creé esta Comisión, podría establecerse en el Hospital de esta capital [Pontevedra] una dos salas a donde pudieran destinarse algunos enfermos que, dada la poca importancia de sus dolencias, no hubiera necesidad de mandarlos al de Santiago, con lo cual se conseguiría también una inspección mas inmediata y a la vez podrían evitarse ciertos abusos en las estancias que dichos enfermos ocasionasen. A conseguir este objeto, se acuerda oficiar con el alcalde de esta capital para que se sirva manifestar si podrían destinarse al Hospital de esta ciudad enfermos pobres de esta Provincia cuyas dolencias fuesen de fácil curación, manifestando también el número de ellos que podrían ser admisibles y entendiéndose que la Provincia solo abona por estancia libre de todo gasto la cantidad de 1´50 pesetas que es la señalada a los que pasan al Hospital de Santiago. Se levantó la sesión. ------
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