Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1889-02-23_Ordinaria. Acta de sesión 1889/02/23_Ordinaria
Acta de sesión 1889/02/23_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/1.1889-02-23_Ordinaria
Título Acta de sesión 1889/02/23_Ordinaria
Data(s) 1889-02-23 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 75 (Gumersindo Otero, vicepresidente. Casares, Álvarez Giménez, Ruza.) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 75 2. Terminada ya con exceso la época en que los ayuntamientos de esta provincia debían remitir a esta Comisión Provincial para su examen y censura, las cuentas municipales del ejercicio económico de 1887-1888; y como tan sólo hayan cumplido con este servicio los de Vilagarcía, Barro, Salceda, Mondariz y A Cañiza, se acuerda publicar una circular en el BOP, previniendo a los cuentadantes DE LOS QUE FALTAn, que si en el plazo de 20 días no evacuan este importante servicio, se nombrarán delegados que las formen de oficio por cuenta de los mismos. Visto que las cuentas municipales del ayuntamiento de a lama Correspondientes al año económico de 1886-1887 se hallan arreglados a las precripciones legales y que han sido solventadas debidamente los reparos que ofrecieron, se acuerda de conformidad con lo informado por la Contaduría proponer al señor gobernador se sirva prestarle su aprobación definitiva. ------ Folla: 75,76 3. Se dio cuenta de una instancia suscrita por Eduardo Ogando, maestro de primera enseñanza de Sanxenxo que el señor Gobernador remite a informe de esta Comisión, en la cual solicita que el ayuntamiento le sufrague los gastos de la Cruz de Isabel La Católica que le ha concedido el gobierno de Su Majestad, por habérselo así ofrecido dicha corporación, según comunicación que se acompaña; y Visto que no se trata de un recurso de alzada sino de una queja producida al señor gobernador lo cual cree esta Comisión que hoy por hoy no cabe resolución, sin audiencia previa del ayuntamiento, acuerda manifestar a dicho señor gobernador que a su juicio procede pasar a informe de la expresada corporación la instancia del señor Ogando; y exponga aquella las razones que haya tenido para negársele ahora la concesión de una gracia que ya había otorgado al interesado en sesión de 6 de marzo de 1887, cual era la de sufraguarle los gastos de dichas concesiones. ------ Folla: 76,77 5. Se dio cuenta del expediente que el señor gobernador remite de nuevo a informe de esta Comisión relativo al recurso de alzada interpuesto por Vicente Crespo Pazos y Manuela Pazos contra el acuerdo del ayuntamiento de Marín que autorizó abrir una puerta en un muro de Gertrudis Sobreira cuyo expediente propuso este cuerpo provincial por acuerdo de 16 de julio último se ampliase a los particulares siguientes: 1º que el ayuntamiento previa citación de los apelantes y de la Gertrudis Sobreira que ha solicitado el permiso para la apertura de una puerta en un muro de su propiedad en la calle del Sur de Cantoarea, y demás vecinos que crea interesados y con vista de los documentos que por unas y otras partes se exhiban, levantase un acta en que se hiciesen constar si la apertura de esa puerta daba a una calle pública o terreno particular. 2º Que se levantase un croquis donde se señalase el muro en donde la puerta se abriese, con sus límites y linderos así como los de las casas y terrenos o ejidos de las mismas que lo tuviesen, pertenecientes a los apelantes; y 3º Que en vista de todo ello informase la Alcaldía. Y la Comisión con presencia de estos nuevos datos y ateniéndose a los linderos que se fijan en la copia de la escritura que forma parte del expediente (folio 23) en que se dice: "Poniente la calle dicha por donde tiene su principal entrada"; cuya calle es la denominada del Sur, según en dicha copia se manifiesta, y del croquis que figura al final del expediente se ve que no existe solución de continuidad desde la huerta, donde se abrió la puerta en cuestión, hasta la desembocadura de esta calle del Sur en la del ¿Salou?, que figura en dicho croquis, acuerda informar al señor gobernador manifestándole que esta Comisión entiende ha estado en su lugar el acuerdo tomado por el Ayuntamiento de Marín y que en su consecuencia no ha lugar al recurso de alzada interpuesto por Vicente Crespo y Manuela Pazos, sin perjuicio de dejarle a salvo sus derechos para que los ejerciten donde vieren convenirle. Se levantó la sesión. ------ Folla: 76 4. Vista la comunicación del alcalde de Xeve, fecha 20 de noviembre de 1888, manifestando que por esta Comisión se dispuso se diese posesión al concejal incapacitado Blas Dios, sin perjuicio de que si formado nuevo expediente resultase aún deudor al municipio como 2º contribuyente se le requiriese el pago, y como ese expediente está ya formado, consulta lo que en ese caso se debe hacer. Y a fin de resolver con acierto la expresada consulta, se acuerda que el alcalde de Xeve informe que si es verdad que se ha dirigido ya y notificado al Blas Dios el expediente de apremio de que hace referencia, así como de si sigue su curso y el estado qué en la actualidad mantenga. ------
Ãrea de notas
Nota