ATOPO
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Acta de sesión 1889/03/09_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/1.1889-03-09_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1889/03/09_Ordinaria

  • Data(s) 1889-03-09 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 86 (Aguiar, vicepresidente. Alfaya, Álvarez Giménez, Ruza.) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 86 2. Se dio cuenta de la comunicación del señor gobernador fecha 2 del actual manifestando que por esta Comisión puede si lo cree procedente disponer del pago de la impresión de listas electorales para diputados a cortes y provinciales correspondientes al año próximo pasado, por cuanto el contratista del BOP Anselmo Martín ha cumplido dicho servicio por lo que el Gobierno Civil se refiere. Visto lo informado por la Contaduría, y teniendo en cuenta que en este año económico contrató el servicio de la impresión y publicación de listas electorales por la cantidad alzada de 10.800 pts, cuyo servicio se ha cumplido por el contratista según se afirma por dicho señor gobernador habiéndose llenado además todos los requisitos de la contrata, se acuerda el pago de la referida cantidad de 10.800 pts, con cargo a la partida incluida para tal objeto e el presupuesto vigente. ------ Folla: 86,87 3. Vista la comunicación del señor presidente de la Diputación Provincial de Cádiz participando haber tenido ingreso en la casa de dementes de aquella ciudad, el presunto alienado Manuel Estévez Crespo, de este ayuntamiento [Pontevedra]; y remitiéndose en otra comunicación de 11 de octubre último nota de las estancias causadas por dicho alienado de 1 pta diaria importan 101. Vista la certificación facultativa que se acompaña por la cual se dispuso la reclusión definitiva del demente; y habiéndose acreditado su pobreza a medio de diligencia practicadas por el señor alcalde de esta capital; y teniendo en cuenta que las estancias en Cádiz son más económicas que las que se satisfacen en los manicomios en donde se recluyen los alienados de esta provincia, se acuerda que el de que se trata continúe hasta su curación en la referida casa de dementes por cuenta de los fondos de esta provincia a cuyo efecto oficiese lo conducente a la Diputación de Cádiz; y comunícase a la Ordenación de pagos a los efectos oportunos. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

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