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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1889-08-21_Ordinaria. Acta de sesión 1889/08/21_Ordinaria
Acta de sesión 1889/08/21_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/1.1889-08-21_Ordinaria
Título Acta de sesión 1889/08/21_Ordinaria
Data(s) 1889-08-21 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 188
(Otero, vicepresidente. Aguiar, Álvarez Giménez, Ruza, Casares)
1. Leída el acta anterior, fue aprobada.
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Folla: 188
2. Se dio cuenta del expediente relativo a la ejecución de las obras del camino provincial de Noalla a Caldas, sección denominada de Vilanoviña a Caldas y,
Visto lo informado por el ingeniero jefe de caminos de la provincia y lo manifestado por el negociado correspondiente respecto a la posibilidad de poder atender a la ejecución de las obras del citado camino en la sección que queda expresada, se acuerda fijar el plazo de ejecución de dichas obras en 5 años y que se oficie al citado señor ingeniero jefe para que se sirva remitir copia del proyecto de aquellos así como el pliego de condiciones particulares y económicas porque ha de regirse la contrata, para en su vista acordar la celebración de la subasta.
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Folla: 190
3. Se dio cuenta de la comunicación del presidente de la Congregación de la Virgen de la Peregrina de esta ciudad rogando se le satisfaga la subvención de 1.500 pts concedidas por la Diputación en sesión de 2 de abril último para auxiliar los gastos de los festejos habidos en el corriente mes; y visto lo manifestando por la Contaduría de que no se le ha comunicado dicho acuerdo razón por la que no se consignó en el presupuesto aquella suma, se satisfaga librando su importe en suspenso sin perjuicio de formalizar en su día con cargo al presupuesto adicional al del corriente ejercicio.
Y la Comisión en un todo conforme con lo propuesto por la referida dependencia, acuerda se verifique el pago de la expresada suma de 1.500 pts al presidente de aquella congregación en la forma indicada por la Contaduría, y que se comunique a la vez el acuerdo a la Diputación a la que se hace referencia.
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Folla: 190
4. Vista la nota de precios medios que remite el comisario de Guerra, a que deban satisfacerse las especies de suministros que se han facilitado a tropas del Ejercicio y Guardia Civil durante el mes de julio ultimo y, hallándose arreglada al estado del precio medio que han tenido en la provincia en el mes de anterior los artículos de consumo, publicado en el BOP de 12 del referido julio, se acuerda aprobarla y que se dé la publicidad correspondiente. Comuníquese.
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Folla: 189,190
5. En vista del dictamen de la Contaduría relativo al acuerdo tomado por esta Comisión concediendo a los secretarios interinos de la Junta de Instrucción Pública srs Federico Soriano y Victoriano Encinas por sus servicios como tales una remuneración igual al sueldo que debía percibir el secretario propietario, dictamen quizás originado por dudas del sr ordenador de pagos para mandar hacer el que se trata, preciso se hace consignar en acta las razones en que dicho acuerdo se ha apoyado para llevar al animo de aquellos funcionarios el convencimiento de que se ha obrado con estricta sujeción a la ley, con arreglo a costumbres establecidas y teniendo por norma aquella equidad, la cual impone deber imperioso, cuando se trata de premiar servicios en quienes no tienen obligación de prestarlos y los aceptan sin duda por estímulos dignos de elogio ante excitaciones de respetable corporación.
Vacante la secretaría de la Junta de Instrucción Pública, en ocasión en que los mas fáciles servicios estaban abandonados sin que se hubiesen contestado reparos de la Dirección General del ramo en embrolladas antiguas cuentas, como consta al sr vicepresidente de esta Comisión, sin que se hubiesen dado cumplimiento a importantes acuerdos, todo en desorden y confusión, necesario fue comisionar a persona entendida y laboriosa para que sin pérdida de tiempo pusiese en marcha los asuntos sin despachar y sobre todo en claro la embrollada contabilidad.
Confiose al sr Soriano tan difícil cometido; pero como quiera que las continuas e importantes ocupaciones de su cargo de inspector no le permitían dedicar el tiempo que necesitaba para responder al deseo de la Junta a pesar de sus buenos propósitos, preciso fue nombrar al sr Encinas para que se pusiese al frente de la Secretaría. Que este entendido profesor cumplió, como era de esperar, su encargo lo demuestra claramente la comunicación de la referida Junta a Comisión Provincial en que le recomienda que sea premiado su trabajo .
Es verdad que la Junta nombró al sr Encinas secretario sin sueldo, porque no podía disfrutar de 2 como empleado público; pero esto no impedía que se le remunerase con alguna cantidad como por ejemplo algunos empleados de la Diputación que figuran en la plantilla que tienen sueldo fijo y que firman nómina se les ha encargado algunas veces comisiones retribuidas.
No hay pues contradicción en la Comisión Provincial al acordar que se dé al sr Encinas la cantidad igual a la que hubiese tenido que pagarse al secretario propietario. Y hay más aún: la Comisión hubiese querido remunerar el trabajo extraordinario del sr Encinas con cantidad mayor; pero por una parte el deseo de no gravar el presupuesto y por otra el no pretender establecer diferencias entre dichos srs, pues uno ayudó al otro y los 2 se completaron según antecedentes, han sido causa de que desistiese de su propósito.
Nada tiene que ver con el presente caso, los que se citan de catedráticos que recibieron gratificación, porque éstas eran fijas, y la remuneración o gratificación llámese como quiera, concedidas al sr Encinas ha sido transitoria eventual.
Y aún esa misma concesión de gratificaciones apoyaría el acuerdo de la Comisión Provincial pues sin las disposiciones del Gobierno, las hicieron compatibles en algunos casos con sueldos señalados en el presupuesto. Si en otros no las otorgó la Intervención General, fue porque no tuvo en cuenta leyes que regían como la de enseñanza agrícola que permitiría y permite que el secretario del Consejo Provincial de Agricultura sea profesor del Instituto la mitad del sueldo señalado a la cátedra.
Además si no ha acordado esta Comisión retribuir sus servicios, por ejemplo, a los médicos militares por el celo que han desplegado en los reconocimientos de quintos ¿No disfrutan sueldo? ¿Qué compatibilidad hay aquí que se niege a otros?
Y no aduce la Comisión más ejemplos porque ni la Ordenación de pagos ni la Contaduría si estudiaran la historia de la Diputación Provincial dejarán de encontrarlos, y bastan los citados para demostración de que la Comisión Provincial se ha sujetado a la ley, a costumbres establecidas y a la equidad en su deseo de premiar a quien se debe, y aunque con el pesar de no haberlo podido hacer como se merecen servicios elogiados, por tan celosa y entendida corporación como es la Junta de Instrucción Pública de esta Provincia.
La Comisión, pues, ratifica su acuerdo de 7 del corriente y dispone que se pase el expediente con la nota correspondiente a la Contaduría provincial.
Se levantó la sesión.
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