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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1889-09-16_Ordinaria. Acta de sesión 1889/09/16_Ordinaria
Acta de sesión 1889/09/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/1.1889-09-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1889/09/16_Ordinaria
Data(s) 1889-09-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 208 (Otero, vicepresidente. Álvarez Giménez, Aguar, Ruza.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 208,209 2. Se dio cuenta de los antecedentes relativos al emplazamiento de una feria de ganados en el término de Sanxenxo, contra el que reclaman varios vecinos, cuyo expediente se sirve remitir a informe de esta Comisión el sr gobernador. Vistas las certificaciones de la sesión celebrada por el ayuntamiento de aquel pueblo en 9 de agosto último de las que resulta que en la citada sesión, celebrada en virtud de lo resuelto por esta COMISIÓN EN 17 DE JULIO DEL CORRIENTE Ano, ACORDARON 6 CONCEJALES REEMPLAZAR LA FERIA DE GANADOS EN EL ROBLEDO DE LA CANDELARIA, sito en al parroquia de Vilalonga de la propiedad de Gonzalo Patiño designando los lunes 2º y 4º de cada mes para su celebración y señalando premios para las mejores clases de ganados que se presenten. QUE EL AYUNTAMIENTO YA FUERA CONVOCADO en sesión EXTRAORDINARIA PARA EL 2 DE AGOSTO QUE NO SE Celebró POR FALTA DE NÚMERO LEGAL de CONCEJALES, POR CUYO MOTIVO EN LA SUPLETORIA del 5 se acordó nuevamente fuesen convocados para la referida del 9 a fin de tratar del asunto de la feria, en la cual los concejales que han concurrido tomaron el acuerdo en cuestión. Vista otra certificación de la sesión supletoria del 19 del referido mes de agosto correspondiente a la ordinaria del 17 de la que al darse lectura del acta de la anterior manifestaron varios concejales no la aprobaban, mediante a que, siendo 15 los de que se compone la Corporación, sólo asistieron 6 por lo que declaran nula la sesión del 9; y pidiendo la misma nulidad se acompaña una instancia dirigida al sr gobernador suscrita por 4 vecinos de la parroquia de Padriñán en el mismo distrito. Visto el repetido acuerdo del Ayuntamiento de Sanxenxo de 9 de agosto; y Considerando que esa sesión extraordinaria fue la 2ª convocada para el objeto ya citado, en virtud de no haberse reunido número suficiente en la primera, y por lo tanto en armonía con lo preceptuado con el párrafo 2º del art. 104 de la ley municipal, cualquiera que fuese el número de concejales podían tomar acuerdo, y por lo tanto, no siendo impugnados dicha sesión y acuerdos en ella tomados por ningún otro vicio ni defecto legal, no cabe declarar la nulidad que se pretende; La Comisión acuerda informar al señor gobernador que el referido acuerdo de 9 de agosto del ayuntamiento de Sanxenxo ha sido tomado con arreglo a derecho y procede por lo tanto su confirmación. ------ Folla: 209 3. Vista la cuenta producida por el vocal esta Comisión Antonio Aguiar de los efectos que por encargo de la misma adquirió con destino a la casa habitación del sr gobernador civil para el servicio de cocina y comedor, importante 656´03 pts; y hallándose debidamente justificada según se comprueba con los recibos que la acompañan, se acuerda aprobarla y que se satisfaga su importe con cargo a la partida aprobada en el presupuesto para material extraordinario de secretaría ------ Folla: 208,209 4. Vista la cuenta extraordinaria que rinde el secretario de la Corporación, autorizado al efecto por esta Comisión, correspondiente al gasto de material de oficina hecho desde 1º de julio de 1888 a fin de junio del año actual y que dejó de satisfacerse por no alcanzar la partida de material ordinario consignado en el presupuesto, importante en junto 783 pts; y hallándose justificada debidamente a medio de los comprobantes que la acompaña, se acuerda aprobarla y que su importe se satisfaga con cargo a la partida consignada en le presupuesto de 1888-89 para material extraordinario de secretaría. ------ Folla: 208,209 5. Visto que si bien por Real Orden de 3 de agosto próximo pasado se autorizan las partidas consignadas en el capitulo 6º Beneficencia del presupuesto adicional de esta provincia para 1888-89, en cambio se dejan en tal estado las demás partidas que se eliminaron por RO de 13 de abril último hasta tanto no se forme un presupuesto extraordinario; y como quiera que si se ha de atender a diversos servicios y obligaciones se hace preciso la reunión de la Diputación para que tenga lugar la formación del referido presupuesto, se acuerda rogar el sr gobernador se sirva convocar a la Corporación provincial al objeto seleccionado. Se levantó la sesión. ------
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