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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1889-10-10_Ordinaria. Acta de sesión 1889/10/10_Ordinaria
Acta de sesión 1889/10/10_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/1.1889-10-10_Ordinaria
Título Acta de sesión 1889/10/10_Ordinaria
Data(s) 1889-10-10 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 227 (Otero, vicepresidente. Aguiar, Álvarez Giménez, Ruza, Alfaya, Casares.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 227,228 2. Vista la instancia de alzada interpuesta por José Mayo Verde, vecino de Cuntis, contra el acuerdo del ayuntamiento que no atendió en todas sus partes su reclamación sobre inclusión y exclusión de electores en las listas para cargo municipal, manifestando en la misma que el elector José Rivas Caldas, si bien figurará como contribuyente lo será en el actual año económico y no en los anteriores y que Manuel Ameigeiras Villar, cuya inclusión solicita. Vista la certificación del acuerdo del Ayuntamiento resolviendo las reclamaciones por dicho Mayo propuestas, por el que, si bien las atención en parte no la hizo extensivas a los sujetos que cita el séptimo considerado de dicho acuerdo, porque sino aparecen en el repartimiento de contribución, no figuran el el admón de vecinos y viceversa y si otros en este, no se hallan en aquel, y aún algunos en ninguno de los expresados documentos. Considerando : que según demuestra la certificación expedida por el secretario del Ayuntamiento con fecha 19 de septiembre último, obrante al folio 10 del expediente que a los antecedentes se acompañan, no constan empadroamento debieron habérsele facilitado también a dichos sujetos, y en este caso, cubrirlas, y devolverlas al que se las dio o entregarlas al secretario del Ayuntamiento Considerando QUE SI ASÍ NO LO HICIERON, DEBIÓ OBLIGARLES EL ALCALDE A QUE NO EFECTUASEN, EN VISTA DE LO que dispone el art. 22 del reglamento publicado en le BOP de 9 de mayo último, lo que se supone no verificó, por cuya falta figuran de menos en el padrón 58 vecinos; se acuerda: 1º Que se incluya como elector y figure como tal en las listas en el lugar que le corresponda José Rivas Caldas por cuanto se acredita su condición de vecino y contribuyente. 2º Que el Manuel Ameigeiras conste en las listas electorales con el segundo apellido de "Villar". 3º Aprobar la inclusión en las listas electorales de los once individuos de que hace mérito el sexto considerado el acuerdo del ayuntamiento, mediante se hallan inscritos en el padrón de vecinos y figuran como contribuyentes; y 4º Que una vez los citados 58 vecinos a quienes se refiere el 7º considerando el repetido acuerdo, no figuran en el padrón por no haberse cumplido con lo que dispone el art. 22 del reglamento citado; que el ayuntamiento, previo examen del anterior padrón y las listas electorales ultimadas PARA VERIFICAR LA ELECCIÓN DE CONCEJALES EN EL MES DE MAYO ULTIMO, QUE DEBEN CONSTAR EN LAS ACTAS DEL ayuntamiento según previenes las disposiciones 2º, 3º Y 4º DE LA Real orden DE 14 DE ENERO DE ESTE AÑO, LES INCLUYA EN LAS ACTUALES EN EL LUGAR QUE RESPECTIVAMENTE LES CORRESPONDA, SI HA DE EVITAR LOS EFECTOS DEL art. 167 DE LA LEY ELECTORAL DE 20 DE AGOSTO DE 1870. ------ Folla: 228 3. Visto el presupuesto carcelario del Partido Judicial de Ponte Caldelas correspondiente al actual ejercicio económico importante 4.470´63 pts; y habiéndose llenado todos los requisitos determinados en el Real Decreto de 11 de marzo de 1886 sin que contra el mismo se hubiese impuesto reclamación alguna, se acuerda proponer al Sr. Gobernador su aprobación definitiva. Se levantó la sesión. ------
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