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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1889-11-25_Ordinaria. Acta de sesión 1889/11/25_Ordinaria
Acta de sesión 1889/11/25_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/1.1889-11-25_Ordinaria
Título Acta de sesión 1889/11/25_Ordinaria
Data(s) 1889-11-25 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 264 (Álvarez Giménez, vicepresidente. González Besada, Ruza, Limeses.) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 264 2. Vista la consulta que hace el Ayuntamiento de A Guarda por consecuencia de la imposibilidad de que el alcalde (que se halla suspenso de sus funciones) pueda presidir el 1º colegio electoral, cuyo particular remite el sr gobernador a informe de esta Comisión. Visto que el nombramiento de presidentes de colegio o sección es atributivo del Ayuntamiento, según el párrafo 2º del art. 51 de la Ley Electoral de 20 de agosto de 1870. Considerando que, dada la imposibilidad del alcalde para presidir el 1º colegio, es forzoso buscar un medio que subsane dicha falta y éste lo indica el Ayuntamiento, conciliando el que los 1º y 2º tenientes presidan las mesas de los colegios en que son electores, hecho que no limita ni cohibe el derecho de los electores, ni se opone a lo que prescribe el párrafo 2º del art. 63 de la ley electoral de 28 de diciembre de 1878, se acuerda informar al sr gobernador que a juicio de esta Comisión procede confirmar el caso consultado por el Ayuntamiento de A Guarda, si como es de suponer, confiere a un concejal la providencia del 3º colegio. ------ Folla: 264 3. Se dio cuenta de la comunicación del director del Hospital de Santiago , fecha 19 del actual, remitiendo relaciones duplicadas de las estancias causadas en aquel establecimiento por los enfermos pobres de esta Provincia durante el 1º trimestre del año económico corriente, importantes después de subsanados los errores padecidos en la liquidación de 4 de aquellos enfermos, la cantidad de 4.305´50 pts; y hallándose conformes con los antecedentes que existen en la Contaduría, se acuerda, según lo propone la misma, expedir el libramiento por valor de la citada suma de 4.305´50 pts con cargo a la cantidad consignada en presupuesto para esta atención. Se levantó la sesión. ------
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