ATOPO
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Acta de sesión 1890/01/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/2.1890-01-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1890/01/08_Ordinaria

  • Data(s) 1890-01-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 25 ( Álvarez Giménez vicepresidente, González Besada, Limeses, Ruza). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 25 2. Se dio cuenta de una comunicación del señor gobernador reclamando el expediente original instruido en el año de 1876 por el Ayuntamiento del Carril para la subasta de solares contiguos a la estación del ferrocarril, que el Alcalde de dicho pueblo dice debe obrar en el archivo provincial. Y se acuerda manifestar a dicho Sr. Gobernador que mandados buscar los antecedentes sobre tal asunto no se encontró el referido expediente y si el extracto de uno instruido en esta Comisión, cuyo último trámite lo ha sido el de proponer en dictamen razonado, a SS la declaración de nulidad de la subasta de solares acordada y llevada a cabo con incompetencia manifiesta por el Ayuntamiento de Carril con otros particulares de menor importancia según debe constar por dicho dictamen emitido en 26 de agosto de 1878; y además otros dos extractos de expedientes relativos, el uno al requerimiento de inhibición al Juez de Cambados sobre conocer de la venta de los referidos solares y el otro sobre proyecto de edificación en los terrenos llamados de la "Area", iniciados, él 1º en 1888 y en 2º en 1875. ------ Folla: 25 3. Se dio cuenta del recurso de alzada interpuesto por D. Gumersindo Queimadelos Bugallo, vecino de Salvaterra de Miño, para ante el excmo. señor Ministro de la Gobernación contra el acuerdo de esta Comisión provincial de 25 de diciembre próximo pasado referente a la nulidad de las elecciones municipales celebradas en aquel distrito el día 1º del referido mes; y se acuerda que se dé el curso correspondiente a la referida alzada elevándola a la superioridad a la que se acompañe certificación de la resolución apelada y todos los demás antecedentes relativos al particular. ------ Folla: 25 4. Se dio cuenta así mismo del recurso de alzada interpuesto para ante el excmo. sr. Ministro de la Gobernación por Don Manuel Outerelo González, vecino de Ponteareas, contra el acuerdo de esta Comisión, fecha 24 de diciembre próximo pasado por el cual declaró válidas las elecciones verificadas últimamente en aquel distrito y se acuerda se curse la referida alzada y se eleve a la superioridad con certificación de la resolución apelada acompañándose todos los antecedentes relativos al particular. ------ Folla: 25,26 5. Vista la comunicación del médico encargado del examen de los expedientes de enfermos pobres de la provincia que solicitan pasar al hospital por cuenta de los fondos de la misma llamando la atención de que los enfermos Jacinta Otero, de Tui y Livania de Penas de esta ciudad, pasa de 6 meses se hallan respectivamente en el hospital de Pontevedra y Santiago pendiente de considerarse sus enfermedades como incurables; Se acuerda oficiar respectivamente a los Alcaldes de Tui y de esta capital a fin de que recojan y se encarguen de la asistencia de las dos desgraciadas de que queda hecho mérito toda vez que siendo sus enfermedades de la clase de incurables, según el profesor referido, no se está en el caso de atenderse con fondos provinciales al pago de las estancias que causen, privando a otros enfermos curables de que sean asistidos y curados por la beneficencia provincial. ------ Folla: 26 6. Visto el testimonio de un auto dictado por el señor Juez de 1ª instancia de A Cañiza que decreta la reclusión en un manicomio del presunto alienado Juan Antonio Fernández Moure; y no hallándose suficientemente probada la pobreza de ese enfermo para que las estancias que cause en el manicomio puedan ser costeados por los fondos de la provincia; Se acuerda oficiar al Alcalde de A Cañiza a fin de que adquiera noticia de si el Juan Antonio Fernández Moure vecino del barrio de Nogueiró en aquella villa, y casado con Francisca Vázquez, tiene hijos, hermanos o viven sus padres, y en caso afirmativo manifieste el estado de sus fortunas lo mismo que el de la Francisca Vázquez, remitiendo a la vez certificación de las cuotas de contribución con que cada uno de ellos figuren en los repartimientos de territorial y matrículas de subsidio en los 3 últimos años económicos, y venidos estos datos se resolverá. ------

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