ATOPO
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Acta de sesión 1890/03/18_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/2.1890-03-18_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1890/03/18_Ordinaria

  • Data(s) 1890-03-18 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 69 ( Álvarez Jiménez vicepresidente, González Besada, Limeses, Ruza) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 69 2. Visto el informe de la contaduría provincial relativo a las cuentas municipales del Ayuntamiento de Forcarei correspondientes al año económico de 1887-88; y de conformidad con el mismo; se acuerda que se le hagan los reparos que la contaduría propone, a cuyo efecto se le formule y remita al Alcalde el pliego correspondiente con prevención de que sea solventado por los cuentadantes en el plazo de 10 días. ------ Folla: 69,70 3. Dado cuenta del expediente instruido por virtud de gestión del señor gobernador civil de Cádiz, relativo al pago de estancias causadas en aquel manicomio provincial por el alienado José Erosa Ferreiro, natural de la parroquia de Briallos del Ayuntamiento de Portas; Se acuerda para resolver definitivamente dicha reclamación se oficie al Alcalde de aquel distrito a fin de que con urgencia proceda a instruir expediente en averiguación de sí el citado José Erosa tiene allí bienes de fortuna y caso negativo si los tienen sus hijos, padres, abuelos o hermanos, y en que cuantía, a fin de juzgar si las personas llamadas por la ley a cuidar y dar alimentos a dicho alienado cuentan con medios para ello. ------ Folla: 70 4. Visto el expediente instruido en averiguación de si el demente Juan Comesaña Rouco, del Ayuntamiento de Bouzas, mandado recluir en un manicomio por sentencia de la Audiencia de lo criminal de esta provincia; y Considerando: que la simple justificación de que dicho alienado y sus hermanos no figuren en los repartimientos de inmuebles con cuota alguna y si su padre con una pequeña cantidad, no basta por si sola para acreditar la pobreza de los mismos; se acuerda que se prevenga al citado alcalde de Bouzas proceda a instruir diligencias en averiguación de sí los llamados por la ley a dar alimentos al indicado demente tienen signos de riqueza o medios de fortuna para cumplir con aquella obligación, reclamándose también el informe del cura párroco sobre dicho particular. ------ Folla: 70 5. Vista la solicitud producida por D. Francisco Barral, ex-comisionado de apremio contra el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, quejándose de que dicho Ayuntamiento no le ha satisfecho todavía sus dietas liquidadas importantes 302 pesetas 90 céntimos a pesar de las repetidas prevenciones que se le hicieron al efecto; y Considerando: que por mas que el citado Ayuntamiento ha pasado por diferentes vicisitudes, que si bien no disculpan, atenúan la falta de respecto y consideración que debe esta Comisión provincial convenir aplazando indefinidamente el justo pago de las referidas dietas a que es acreedor el reclamante Barral; se acuerda que se le prevenga al citado Ayuntamiento que a término de 8 días de cuenta de tener satisfecho lo que al citado comisionado de apremio adeuda, bajo apercibimiento de que, si trascurriese dicho plazo sin verificarlo, no solamente se expedirá nuevo apremio para hacer efectivas dichas dietas, sino que se le exigirá también la debida responsabilidad por su desobediencia a los mandatos de esta Comisión. Se levantó la sesión. ------

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