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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1890-07-16_Ordinaria. Acta de sesión 1890/07/16_Ordinaria
Acta de sesión 1890/07/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/2.1890-07-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1890/07/16_Ordinaria
Data(s) 1890-07-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 138 ( Álvarez Jiménez vicepresidente, González Besada, Limeses, Ruza, Pardo) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 138,139 2. Visto el expediente relativo a la demencia y pobreza de José Castro Gamallo, natural de Silleda, y el acuerdo de esta Comisión, de 29 de mayo próximo pasado, en el que se dispuso que por cuenta de los fondos provinciales se abonen las estancias que dicho demente ocasione en un manicomio, así como los gastos que origine su traslación desde Santander en cuyo hospital se hallaba acogido. Visto que la Comisión de esta última provincia remite la nota de gastos ocasionados por la traslación al manicomio de Valladolid del demente José Castro Gamallo; se acuerda que se expida libramiento a favor del depositario de los fondos de esta provincia por la cantidad de 143,82 pesetas a que ascienden, según la citada nota los gastos de traslación y el 2% de giro mutuo al tesoro, y que se oficie al director de Valladolid, manifestándole que le serán abonadas las estancias del citado demente José Castro, por trimestres, a la vez y en la misma forma que las que cause el demente José Picallo Folgar asilado en dicho manicomio, por cuenta de los fondos de esta provincia. ------ Folla: 139 3. Dado cuenta de la comunicación de la Diputación provincial de Murcia ofreciendo a la de Pontevedra la reciprocidad de sostener las estancias de los dementes procedentes de esta provincia, a cambio de que esta lo haga con los que sean naturales de aquella, procedimiento que indicó a otras y ha sido aceptado; Y la Comisión acuerda se le manifieste a dicha Corporación, que no le es posible aceptar la reciprocidad propuesta por aquella, a causa de no poseer establecimiento alguno dedicado a la curación de aquellos enfermos, por cuanto los dementes de esta provincia tiene que recluirlos en los manicomios particulares de Conxo y San Bandilio de Llobregat; Y se acuerda asimismo rogarle que cuando recoja en su manicomio algún demente de esta provincia se sirva notificarlo, a fin de que esta Comisión pueda indicar el manicomio en que le convenga asilarlo, siendo de su cuenta así el abono de estancias como los gastos de traslación que se ocasionen. ------ Folla: 139 4. Dada cuenta de una comunicación del arquitecto provincial en la que trascribe otra del contratista de las obras del Palacio de esta provincia manifestando este último que ha terminado el plazo para la entrega y recepción en la forma debida y que no obstante faltan algunas pequeñas e indispensables reparaciones en todas las construcciones, barnices y limpiezas correspondientes que hacen necesario que para este objeto se alargue algunos días mas la entrega y recepción de las obras; La Comisión acuerda que el arquitecto se sirva participar a esta Comisión los días que considere indispensables para la ultimación definitiva de las obras para en su vista resolver esta Comisión lo que corresponda. ------ Folla: 139 5. Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa, solicitando autorización para la imposición del recargo extraordinario sobre varias especias que figuran en la tarifa 2ª del vigente reglamento de consumos; y habiéndose cubierto y llenado todos los requisitos legales en la tramitación de dicho expediente, sin que contra la imposición de nuevos arbitrios que se intenta, se produjese reclamación alguna; se acuerda manifiesta al señor gobernador que a juicio de esta Comisión procede que se eleve con informe favorable al Excmo. señor Ministro de la Gobernación la solicitud del Ayuntamiento de Vilanova de Arousa con el expediente que la acompaña. ------ Folla: 139,140 6. Vista la relación duplicada de las estancias causadas en el mes de mayo último por los dementes pobres de esta provincia, asilados en el manicomio de Conxo, importante 2.320,50, y hallándose conforme con los asientos que se llevan en las dependencias de esta Corporación; se acuerda que se satisfaga la referida cantidad con cargo a la partida incluida al objeto en el presupuesto vigente. Se acuerda asimismo que se indique al director del referido manicomio que en las relaciones sucesivas que remita se procure fijar la fecha de ingreso en aquel establecimiento de los dementes que en las mismas figuren. ------ Folla: 140 7. Visto lo manifestado por la contaduría de haber examinado los balances y cuentas municipales del Ayuntamiento de Meaño, correspondientes al mes de julio de 1888 y siguientes hasta fin de marzo último, modificadas con arreglo a lo acordado por esta Comisión en 16 de enero de este año, y de conformidad con la referida contaduría; se acuerda haberlas por arregladas a las instrucciones vigentes y que remitan al señor gobernador para su definitiva aprobación. Se levantó la sesión. ------
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Nota