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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1892-05-07_Ordinaria. Acta de sesión 1892/05/07_Ordinaria
Acta de sesión 1892/05/07_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-05-07_Ordinaria
Título Acta de sesión 1892/05/07_Ordinaria
Data(s) 1892-05-07 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 101 (Sres. G. Vidal-Vicep., Limeses, M. Casal, López Pérez, Otero D.P.). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 101 2. Visto el informe pericial emitido sobre el estado en que se halla la fachada de la casa de D. Justo Valdivieso, vecino de A Guarda cuyo dato se interesó por acuerdo de esta Comisión de 24 de Febrero último como ampliación al expediente instruido por consecuencia del recurso de alzada promovido por dicho Sr. Valdivieso contra el cuerdo de aquel Ayuntamiento por hallarse en estado de ruina. Visto que lo mismo el perito designado por el Ayuntamiento que el del apelante, declaran que la fachada de la casa en cuestión se halla desplomada y próxima a derrumbe, y considerando: que dada la conformidad de los peritos que practicaron el reconocimiento, así como las atribuciones que la ley concede a los Aytos en asuntos de esta naturaleza, no cabe en manera alguna admitir las razones expuestas por el D. Justo Valdivieso al resistirse a cumplimentar la resolución dictada por el Ayuntamiento, se acuerda informar al Sr. Gobernador que a juicio de esta Comisión procede la confirmación del acuerdo apelado, desestimando en consecuencia el recurso de alzada interpuesto por dicho reclamante. ------ Folla: 101 3. Vista la consulta hecha por el Ayuntamiento de Soutomaior acerca de quien debe satisfacer los gastos que ocasione el derribo de varios muros construidos para el cierre de terrenos cedidos en concepto de sobrantes de la vía pública, cuyas ventas fueron declaradas nulas por resolución del Sr. Gobernador; y Considerando que cualquiera que fuese la solución que a tal consulta se le diese vendría a imposibilitar a esta Comisión de informar y al Sr. Gobernador de resolver una cuestión de antemano prejuzgada, en el caso probable de que se formulase alzada por quien se considerase lesionado en sus intereses con lo resuelto por el Ayuntamiento, se acuerda manifestar al Sr. Gobernador por vía de informe que en sentir de esta Comisión pudiera servirse declarar que no ha lugar a resolver la consulta formulada. ------ Folla: 101,102 4. Visto que ha resultado desierta la subasta anunciada para el día de hoy a fin de contratar el servicio de bagajes en esta provincia para el próximo año económico de 1892-93; La Comisión, teniendo en cuenta la urgencia de dicho servicio, y usando de la facultad que le concede el párrafo 4º del art. 6 del R.D. de 4 de Enero de 1883, acuerda que se proceda a nueva subasta que tendrá lugar en el término de 10 días y por el mismo tipo y condiciones señaladas para la anterior. Se levantó la sesión. ------
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Nota