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Acta de sesión 1892/06/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-06-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1892/06/06_Ordinaria

  • Data(s) 1892-06-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 119 (Sres. G.Vidal-Vicep., Limeses, López Pérez, Otero D.P., M. Casal, Otero D.G.). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 119,120 2. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Francisco Solleiro de la ciudad de Vigo contra acuerdo de aquel Ayuntamiento que reconoció a D. Francisco Nuñez de la misma vecindad el derecho exclusivo a adquirir un sobrante del terreno que ocupa la casa nº 4 de la calle del Placer, cuya extensión es de 48 m. con 24 cm. Resultando que la citada casa nº 4.de la calle del Placer fue expropiada por el Municipio resultando por virtud de las necesidades que fueron causa de la expropiación, un sobrante de 48 m con 24. Resultando que el Ayuntamiento de Vigo acordó reconocer a D. Francisco Nuñez el derecho exclusivo a la adquisición del referido sobrante, a pretexto de que es propietario del solar colindante, y señalando un precio más bajo que el señalado para la expropiación de la casa nº 4. Considerando que no puede aceptarse como fundamento serio de tal adjudicación el hecho de que el D. Francisco Nuñez sea propietario de las tierras colindantes al sobrante de que se trata, porque sería establecer un retracto que la ley le concede. Considerando que según las afirmaciones del apelante confirmadas por la Alcaldía en su informe el referido sobrante, constituye por su extensión un verdadero solar, y no una parcela como el Ayuntamiento declara en su acuerdo apelado, y que en tal concepto no puede prescindir el municipio del trámite de la subasta que la ley determina: Se acuerda manifestarlo así, por vía de informe al Sr. Gobernador civil por si se digna estimar el recurso de alzada interpuesto por el D. Francisco Solleiro, revocando en consecuencia el acuerdo que lo motiva. ------ Folla: 120 3. A fin de poder atender a las repetidas reclamaciones de linfa vacuna que hacen los Ayuntamientos de esta provincia a causa de las enfermedades varilosas, se acuerda la adquisición de 50 tubos de vacuna suiza que se encargarán al farmaceútico de esta ciudad D. Perfecto Feijoo. ------ Folla: 120 4. Visto que la subasta anunciada para el servicio de bagajes de esta provincia en el próximo año económico que tuvo lugar el día 3 de este mes ha resultado negativo respecto a los grupos 1º, 3º, 4º, 5º y 6º habiendo tan solo obtenido remate el 2º que comprende los puntos de etapa de Pontevedra, Ponte Caldelas y Cangas cuyo servicio se obliga a desempeñar D. Eugenio Silva vecino de esta Ciudad, por la cantidad de 2.700 ptas., único postor presentado, se acuerda adjudicar definitivamente esta subasta por la indicada cantidad de 2.700 ptas. al D. Eugenio Silva, que se realice nueva subasta en la que se reunirán en uno solo comprendiéndose todos los puntos de etapa indicados en los mismos que no obtuvieron remate, cuya subasta se celebrará en el término de 10 días debiendo aumentarse el 25% a las 7.300 ptas. de dichos grupos resto de las 10.000 del tipo general anterior, que resulta hoy de 9.125 ptas. el tipo de lo pendiente de remate. ------ Folla: 120 5. Visto lo informado por la Contaduría, llamando la atención de que en la factura de objetos adquiridos por la Sociedad del alumbrado eléctrico con destino a las instalaciones hechas en este Palacio, se carga el 10% de comisión no ya sobre el importe de los aparatos adquiridos sino también sobre el importe de 20% de giro, por lo que indica la conveniencia de que se rectifique ese error en dicha factura cuya diferencia de 17,26 ptas. deben rebajarse de las 1.650,05 que la misma importa, indicando también que por esa misma sociedad se reintegre a fondos provinciales 25,64 ptas. que por igual concepto cobró de más al satisfacérsele en 18 de Mayo pp.do. la suma de 1.598,40 sobre la cual giró el 10% que se le abonó de comisión debiendo ser sobre la cantidad de 1.332.- ptas. Y la comisión de conformidad con dicha contaduría, acuerda se rectifique la adjunta factura con la rebaja de las 17,26 ptas. indicadas y que se reintegren las 26,64 percibidas de más en 18 de Mayo último. Se levantó la sesión. ------

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