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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1892-08-31_Ordinaria. Acta de sesión 1892/08/31_Ordinaria
Acta de sesión 1892/08/31_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-08-31_Ordinaria
Título Acta de sesión 1892/08/31_Ordinaria
Data(s) 1892-08-31 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 188 (Sres. G. Vidal-Vicep., López Pérez, Otero D.P., M. Casal, Limeses, Otero D.G.). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 188 2. La Comisión provincial se ha enterado del expediente de alzada entablada por nueve concejales del Ayuntamiento de O Rosal contra providencia de aquella Alcaldía que les impuso la multa de una peseta a cada uno por falta de asistencia a las sesiones, y en su vista informa: 1º Que si bien en el expediente de referencia no aparece prueba documental ni de otro género bastante a comprobar las razones expuesta en su alzada por los recurrentes, es fuerza admitirlas toda vez que aparecen suscritas por una respetable mayoría de la Corporación municipal, y que por otra parte, no se acompaña tampoco prueba alguna de las rotundas negaciones formuladas por la Alcaldía en su informe. 2º Que descartando el hecho de los insultos y ofensas que se dicen dirigidos por el Alcalde a los Concejales y que motivó la falta de estos a las sesiones de la Corporación, es un hecho innegable que por la Alcaldía de O Rosal se impuso a nueve Sres. Concejales la multa de una peseta a cada uno en la primera sesión a la que dejaron de concurrir, y que esta providencia revela prevenciones y parcialidades contrarias a la mayoría del Ayto toda vez que una prudente gestión amistosa y hasta la amonestación en su caso serían medios bastantes de compeler a los Concejales recurrentes al deber de la asistencia si hubiesen faltado a él, y 3º Que en consecuencia de las consideraciones expuestas anteriormente entiende esta Comisión que procede revocar la providencia de la Alcaldía de O Rosal de la que se recurre, previniéndole que en lo sucesivo se abstenga de molestar a los Concejales con agresiones no justificadas hasta el presente. Se levantó la sesión. ------
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