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Acta de sesión 1893/01/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/1.1893-01-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1893/01/19_Ordinaria

  • Data(s) 1893-01-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 30 (Matos vicepresidente, Alfaya, A. Besada, Millán, G. Otero) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 30 2. Vista la diligencia de tasación practicada en virtud de lo resuelto por esta Comisión en 17 del corriente, por el maestro de ebanistería de Pontevedra, Agustín Somoza Cadilla, respecto a la diferencia de precio que existe en la construcción de 11 divanes, realizada por esta Diputación por los señores Sanchez Puga hermanos, con relación a los que la contrata del mobiliario que han tenido a su cargo especifica, cuya diferencia vienen repetidamente reclamando por cuanto se excedieron en la mejora de dicha construcción en virtud de mandato expreso de los señores que al tiempo que la misma tuvo lugar constituían la Comisión provincial. Visto que dicho perito, después de un minucioso reconocimiento de los indicados muebles y teniendo en consideración el aumento mayor en su tamaño, rizo, fleco y trabajo fija el precio de cada diván en 140 pesetas, resultando por lo tanto un aumento de precio sobre los de la contrata, de pesetas 58,75 que dan el total de 646,25; la Comisión teniendo en cuenta que la reclamación de José R. Sanchez Puga hermanos, es evidentemente justa; acuerda que las 646,25 pesetas a que asciende dicha diferencia de precio, se consigne en el próximo presupuesto adicional y se satisfaga tan luego esta sea firme. ------ Folla: 30 3. Vista la relación de estancias causadas por los dementes de esta provincia asilados en el Manicomio de Conxo, en el mes de diciembre último importantes 3.321,50 pesetas, se acuerda, de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, se satisfaga esta cantidad con las 2.519,50 que solo existe de remanente para esta atención y el resto por cuenta de las 3.741,25 existentes para estancias de dementes de Valladolid, toda vez el importe de estas no excederá de 776,15 durante el actual año económico, a juzgar por el número de las mismas, todo ello sin perjuicio de que se incluya en el presupuesto adicional próximo la cantidad necesaria para satisfacer las estancias que se causen en Conxo, desde el presente mes al de junio. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

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