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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1893-09-16_Ordinaria. Acta de sesión 1893/09/16_Ordinaria
Acta de sesión 1893/09/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/1.1893-09-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1893/09/16_Ordinaria
Data(s) 1893-09-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 201 (Sres. Matos Vicepr., Alfaya, Nine, Millán , Besada). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 201 2. Diose cuenta de la comunicación del Sr. Gobernador civil de esta provincia en la que se sirve participar que eleva a la superioridad con todos sus antecedentes la alzada interpuesta contra el acuerdo de esta Comisión de fecha 7 del mes actual anulado por otro de fecha 11, y ambos adoptados en el expediente sobre incapacidad de D. Manuel Iglesias Lorenzo y D. Manuel Castellano, Concejales del Ayuntamiento de Soutomaior y esta Comisión acuerda abstenerse de resolver en el fondo el expediente de referencia hasta tanto que la superioridad no resuelva la alzada entablada. ------ Folla: 201 3. La Comisión se ha enterado de la comunicación del Director de la cárcel de esta capital [Pontevedra] manifestando la necesidad de provistar de nuevo calzado a los penados de prisión correccional existentes en aquel establecimiento, por hallarse en muy mal estado el que vienen usando, acompañando nota del número de dichos presos con expresión de sus edades. Y visto lo informado por la Contaduría, se acuerda, de conformidad con la misma, oficiar con dicho funcionario a fin de que procure formar y remitir un prespuesto del calzado que deba adquirirse para los indicados penados, informándose al efecto de un maestro de obra prima de su confianza. ------ Folla: 201,202 4. Visto que para satisfacer las estancias devengadas en el manicomio de San Bandilio de Llobregat por el demente José do Pazo Corugeira importantes 247,50 pesetas, que reclama la administración de aquel establecimiento, no existe consignación para tal objeto, se acuerda que dicho pago se verifique por cuenta del remanente existente en el presupuesto de 1892-93 para atenciones del manicomio de Conxo. Se levantó la sesión. ------
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