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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1895-07-19_Ordinaria. Acta de sesión 1895/07/19_Ordinaria
Acta de sesión 1895/07/19_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-07-19_Ordinaria
Título Acta de sesión 1895/07/19_Ordinaria
Data(s) 1895-07-19 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 162 (Sres. Guerra, Limeses, Nine, Alfaya, Gil). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 162 2. Visto que según informa la Contaduría no existe más que un remanente de 202´50 pts en el presupuesto de 1894-1895 para adquisición de obras de la Biblioteca Provincial, lo cual dificulta el pago de las 250 a que ascienden los 100 ejemplares de la "Guía general de esta provincia" adquiridos por esta Comisión en sesión de 23 de junio, proponiendo se transfiera la cantidad necesaria al completo de aquel pago del remanente de 577 pts que existe en el mismo capítulo del presupuesto para conservación del referido establecimiento, se cuerda de conformidad con dicha Contaduría se satisfagan a D. Hipolito Codesido las 250 pts a medio de la transferencia que propone. ------ Folla: 162 3. Vista la comunicación del Sr. Presidente de la Sociedad Económica de Amigos del País de esta capital interesando el pago de las 500 pts resto de la subvención concedida para el mantenimiento de las escuelas establecidas por la misma, se acuerda que se satisfaga dicha suma con cargo al remanente de 1.833´28 que existe en el presupuesto de 1894-1895 por lo incluido para subvenciones. ------ Folla: 162 4. Examinada por esta Comisión la distribución de fondos formada por la Contaduría para satisfacer las obligaciones correspondientes a la provincia en el próximo mes de agosto y, hallándola arreglada a las disposiciones de la ley, acuerda aprobarla y que se devuelva a la referida dependencia a los efectos indicados. ------ Folla: 162 5. Se dio cuenta de la relación de los Ayuntamientos que están en descubierto con la provincia por contingente provincial de 1894-1895 y anteriores que remite la Contaduría; y se acuerda que por la Ordenación de pagos se dirijan cartas a dichas Corporaciones, previniéndoles que si no ingresan sus descubiertos en el plazo de 15 días, se harían efectivos por el procedimiento de apremio que les serán expedidos. ------ Folla: 162,163 6. Se dio cuenta del recurso de alzada interpuesto por Juan Sestelo contra el acuerdo de Ayuntamiento de Arbo que adjudicó el remanente para la exacción de puesto públicos a favor de Manuel Alvarez Rodríguez. Resulta de los antecedentes. Que el Ayuntamiento fijó como condición que los licitadores a la subasta habían de presentar el resguardo de haber constituido previamente como depósito el 5% del tipo etc. Que después de adjudicado el arriendo lo mejoraba el reclamante en 25 pesetas. Ahora bien: la simple lectura de los documentos que se acompañan y el informe de la Alcaldía es lo suficiente para convencerse que el recurso de alzada interpuesto por Juan Sestelo no procede prosperar. Una de las condiciones para presentarse licitador era acreditar, con el oportuno resguardo de la caja municipal, haber hecho el depósito del 5% del tipo de la subasta. Es así que el Sr. Sestelo no cumplió con este requisito, luego no podía admitírsele como tal licitador. Esta sola consideración basta para demostrar la legalidad del acuerdo apelado; y en consecuencia de ello, acuerda esta Comisión informar al Sr. Gobernador en el sentido de que sea conformado. ------ Folla: 163,164 7. Enterada esta Comisión de que por iniciativa de S.M. Reina Regente (que Dios guarde) proyecta la sociedad de la Cruz Roja el establecimiento de un sanatorio militar en la provincia de Santander para los individuos del Ejercito y Armada que regresen de las colonias ultramarinas; y teniendo en cuenta que esta provincia es como otra ninguna rica en establecimientos balnearios especialmente indicados para los frecuentes padecimientos que en la isla de Cuba y Filipinas contraen muchos soldados; y teniendo en cuenta por otra parte las condiciones climatológicas de esta provincia, se acuerda dirigir respetuosa exposición a S.M. la Reina Regente en la que se manifiesten estas favorables condiciones de la provincia de Pontevedra por si en su inagotable espíritu de caridad hallarse modo de utilizarlas en gracia y favor de los individuos del ejercito que sostienen la integridad de la patria en nuestras posesiones ultramarinas; y se acuerda asimismo que de este acuerdo se dé conocimiento oficial al Excmo. Sr. Presidente de la sociedad de la Cruz Roja y que el Sr. Vicepresidente de esta Comisión solicite particularmente el apoyo de los Señores Senadores y Diputados de la provincia para que las ventajas que con la realización del proyecto habrían de obtener los convalecientes de la Guerra de Cuba no serían menores los que podría reportar a las prosperidades de esta provincia. Se levantó la sesión. ------
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