ATOPO
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Acta de sesión 1895/07/23_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-07-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1895/07/23_Ordinaria

  • Data(s) 1895-07-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 164 Sres. José Salgado Vicepresidente, Limeses, Guerra, Alfaya, Nine, Gil). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 164 2. Examinada por esta Comisión la cuenta de caudales de fondos provinciales correspondiente al 4º trimestre del ejercicio último de 1894-1895, la cual se halla arreglada a instrucción, se acuerda de prestarle favorablemente censura y que se remita a la Dirección General de Administración para los efectos correspondientes. ------ Folla: 164 3. Vistas las cuentas municipales del Ayuntamiento de Borbén correspondientes al año económico de 1890-1891, así como el informe de Contaduría proponiendo la solvencia de varios reparos que los mismos ofrecen, se acuerda de conformidad con dicha Contaduría que se remita al alcalde un pliego de dichos reparos a fin de que se disponga sean solventados por los respectivos cuentadantes en el plazo de 15 días, encargándole que de hecho devuelva todo con dicho pliego, contestado al margen, para la resolución que proceda. ------ Folla: 164 4. Visto lo informado por el Arquitecto provincial respecto a la construcción de las obras de fabrica del Asilo de ancianos desamparados de Tui, se acuerda el pago de la primera mitad de las 5.000 pts que constituyen la subvención que concedió para dichas obras la Diputación en sesión de 2 de abril último con cargo al presupuesto vigente, sin perjuicio de que en su día se verifique el de la 2ª mitad con cargo al presupuesto de 1896-1897, conforme a lo determinado en el citado acuerdo de la Diputación. ------ Folla: 165 5. Vista la reclamación de 298´65 pts formulada por la Junta administrativa del Manicomio de San Baudilio de Llobregar por las estancias devengadas durante el 2º semestre del último ejercicio económico por el demente pobre de esta provincia asilado en aquel establecimiento José Dopazo Corugeira, se acuerda satisfacer dicha suma con cargo a lo consignado en el presupuesto de aquel ejercicio para esta atención. ------ Folla: 165 6. Visto que en virtud de lo resuelto por esta Comisión en 4 de noviembre de 1894 remite ahora el alcalde de [Ayuntamiento de] Barro el presupuesto de las obras verificadas en el camino vecinal de Perdecanai, a la vez que la cuenta de jornales invertidos en las mismas, para las cuales se concedió una subvención de 250 pts por la Diputación en 3 de abril de dicho año, se acuerda que por el Sr. Director Jefe de caminos provinciales y empleados facultativos a sus órdenes se reconozcan las obras de referencia y se informe lo procedente, a cuyo efecto remitan solo los documentos indicados, y en su vista se resolverá. ------ Folla: 165 7. La Comisión acuerda conceder a su instancia al Secretario de esta Corporación D. Moisés G. Besada una licencia de 15 días para atender a asuntos propios. ------ Folla: 165 8. Vista la nota de precios medios a que han de satisfacerse las especies de suministros que los pueblos de la provincia facilitaron a tropas del ejercito y Guardia Civil durante el mes de junio y, hallándose arreglada al estado del precio medio que han tenido en esta expresada provincia en el mes de mayo pasado los artículos de consumo, se acuerda aprobarla y que se publique en la forma de costumbre. ------ Folla: 165,166 9. Visto que la Contaduría informa a esta Comisión que no existe crédito alguno consignado en el presupuesto vigente para satisfacer la indemnización de 350 pts mensuales señalada por la Diputación al Sr. Diputado Inspector de Beneficencia Provincial, indemnización que en el año económico de 1894-1895 se satisfacía con lo incluido expresamente para esta atención, por lo que termina a que se designe la partida a que ha de aplicarse aquel gasto, se acuerda fijar para tal objeto así en el presente ejercicio como en los sucesivos la partida consignada para pago de estancias de dementes asilados en el manicomio de Conxo o en los Hospitales. ------ Folla: 166 10. Se dio cuenta de la comunicación del Sr. Gobernador trasladando otra del Alcalde [Ayuntamiento] de Redondela por la que, en virtud de providencia del Juzgado de aquel partido, se interesa la reclusión provisional en un manicomio del presunto demente procesado por lesiones, Pelayo Ramón Míguez Taboas; y Visto que no se acompaña copia del auto judicial de reclusión de este demente, y que además se trata de uno de los casos en que deben ingresar en el manicomio general que el Estado sostiene para los sentenciados por los Tribunales, se acuerda manifestarlo así al Sr. Gobernador para que, reclamando si lo estima oportuno la copia del auto de la Audiencia, el Director de la cárcel gestione el ingreso de este alienado en la forma que está prevenido. Se levantó la sesión. ------

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