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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1895-10-30_Ordinaria. Acta de sesión 1895/10/30_Ordinaria
Acta de sesión 1895/10/30_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/1.1895-10-30_Ordinaria
Título Acta de sesión 1895/10/30_Ordinaria
Data(s) 1895-10-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 219 (Sres. Salgado Vicepresidente, Guerra, Limeses, Nine, Alfaya, Gil). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 219 2. Habiendo manifestado el vocal de esta Comisión Sr. D. Miguel Nine, la necesidad de que se proceda a formar la liquidación de las obras nuevas y de reparación de mobiliario de la Casa Audiencia, incluyendo en ella como obra adicional las alfombras, divanes y demás ultimamente ordenador, se acuerda oficiar al Arquitecto provincial a fin de que con la mayor urgencia practique la indicada liquidación. ------ Folla: 219 3. Visto que las obras de reconstrucción el puente Santo sobre el río Verdugo en el distrito de Ponte Caldelas se hallan en condiciones suficientes para que pueda el alcalde obtener el pago de la subvención de 750 pts que para dicho objeto ha concedido la Diputación en 2 de abril último, según informa el Sr. Director Jefe de caminos provinciales, se acuerda que se satisfaga cantidad. ------ Folla: 219 4. Vistas las cuentas municipales y circularais del Ayuntamiento y partido judicial de Estrada correspondientes a los años económicos de 1890-91, 1891-92, 1892-93 y 1893-94, y hallándose arregladas a las prescripciones de la ley, unas y otras, sin que respecto a las primeras se hubiese producido reclamación alguna no obstante el tiempo que han estado expuestas al público y habiendo sido las segundas o sea las circularais censuradas y aprobadas por la Junta del partido con arreglo al artículo 7º del Real Decreto de 11 de marzo de 1886; se acuerda: 1º- Proponer al Sr. Gobernador la aprobación de las referidas cuentas municipales; y 2º- Que este cuerpo provincial preste su aprobación a los fondos carcelarios con arreglo al citado art. 7 del RD de 11 de marzo de 1886. Se levantó la sesión. ------
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