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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1896-01-20_Ordinaria. Acta de sesión 1896/01/20_Ordinaria
Acta de sesión 1896/01/20_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/2.1896-01-20_Ordinaria
Título Acta de sesión 1896/01/20_Ordinaria
Data(s) 1896-01-20 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 49 Señores: Álvarez Vicepresidente, P. Otero, Iglesias, Garrido, Pereira, Méndez. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 49 2. Diose cuenta de la instancia que eleva a esta Comisión el Ayudante de caminos provinciales D. Antonio Sanjurjo Varela, con fecha 15 de los corrientes, en la que manifiesta que por la Jefatura de Caminos provinciales se le releva del servicio de conservación a que se halla afecto y súplica a la Comisión provincial se sirva revocar la providencia del Sr. Jefe de caminos, que motiva su instancia. 3. Diose cuenta asimismo del oficio de la Jefatura de caminos, fecha 16 del actual, en el que denuncia a esta Comisión que el Ayudante D. Antonio Sanjurjo Varela se resistió a cumplimentar órdenes concretas, emanadas de aquella Jefatura, y referentes a los servicios propios de su cargo, produciéndose en formas descorteses y revistiendo su resistencia el carácter de una meditada insubordinación. Y esta Comisión, considerando que a los jefes de las dependencias corresponde como una de sus indiscutibles atribuciones, la distribución del trabajo entre los empleados a sus órdenes y que en tal sentido la providencia de que se recurre no puede revocarse si, como parece, ha sido adoptada por razones y necesidades del servicio; y Considerando: que la denuncia que de la insubordinación del D. Antonio Sanjurjo formula el Director de caminos, constituye un grave cargo contra dicho funcionario y que a esta Comisión toca sostener las atribuciones de la mencionada jefatura, en tanto no se nieguen por el denunciado y se pruebe por el mismo la falsedad de los hechos en que se funda la denuncia. Acuerda: 1º Desestimar la instancia presentada por el D. Antonio Sanjurjo Varela, declarando la validez de la providencia de la Jefatura de caminos, contra que se recurre; y 2º Prevenir al referido D. Antonio Sanjurjo, ayudante 2º de caminos provinciales, que en lo sucesivo, acate y cumplimente las órdenes del Director Jefe, en lo que al servicio de caminos se refiere, sin perjuicio de que, si estimase tales órdenes como improcedentes, recurra a esta Comisión en súplica de que se revoquen. ------ Folla: 50 4. Esta Comisión se ha enterado del oficio que con fecha 20 de diciembre último, dirige a esta Cuerpo provincial el Capitán Juez Instructor de la zona de Ourense, D. Domingo González, y en el que, con ocasión de comunicaciones cruzadas entre esta Comisión y aquel Juzgado, en el expediente de corto de talla del mozo Manuel Estévez Martínez, se expresa con tonos tan duros y formas tan incorrectas, que esta Comisión Provincial juzga el referido oficio como un acto ofensivo a los prestigios de esta Corporación superior, aún cuando en distinto orden, a la categoría del Juzgado instructor de que se trata. Y, en su vista, y porque altas razones de decoro oficial le obligan a ello, acuerda: interesar del Sr. Gobernador civil de esta provincia, se digne hacer presente al Excmo. Sr. Comandante general del 7º Cuerpo de Ejército, el profundo disgusto con que esta Comisión ha visto en este caso interrumpidas sus cordiales relaciones con las autoridades militares, afectas a los servicios de reclutamiento, suplicando del Excmo. Sr. Comandante general la resolución que estimase pertinente; y que a este acuerdo se acompañen copias selladas de los oficios del Juzgado militar de la Zona de Ourense de fecha 20 de octubre, 7 de noviembre y 20 de diciembre del año último, y de las minutas de los que por esta Comisión fueron dirigidas al referido Juzgado con fecha 4 y 26 de noviembre del referido año. Se levantó la sesión. ------
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