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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1896-02-18_Ordinaria. Acta de sesión 1896/02/18_Ordinaria
Acta de sesión 1896/02/18_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/2.1896-02-18_Ordinaria
Título Acta de sesión 1896/02/18_Ordinaria
Data(s) 1896-02-18 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 66 Señores: Álvarez, Iglesias, Garrido, P. Otero, Pereira, Neira. 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 66 2. Habiendo recibido en la Secretaría de esta Corporación los tomos apéndices 1º y 2º de la obra "Complemento de las Instituciones políticas y jurídicas de los pueblos modernos" correspondientes al año de 1894, su autor el Excmo. Sr. D. Vicente Romero Giron, se acuerda que se satisfaga el importe de ambos, de 32 pesetas, con cargo a lo consignado para adquisición de obras para la Biblioteca Provincial, cuya suma se librará a favor del Sr. Director del Instituto de 2ª Enseñanza de esta Ciudad D. Emilio Álvarez Gimenez, y que se remitan a dicha Biblioteca los indicados libros. ------ Folla: 66 3. Vista la factura presentada por D. Ángel Pedreira, Director del Instituto de Vacunación de Santiago, importante 100 pesetas, por igual número de tubos de linfa vacuna que le fueron encargados por acuerdo de esta Comisión de 4 de diciembre último, se acuerda su pago con cargo a lo consignado para calamidades. ------ Folla: 66 4. La Comisión, accediendo a lo solicitado por Jesusa Paramo Solato y Generosa Rey, esposas de los reservistas Antonio Silva Rodríguez y Manuel Vázquez González respectivamente, del Ayuntamiento de A Estrada, por haber justificado hallarse en las condiciones determinadas en la Real Orden de 7 de agosto último, acuerda conceder a cada una la pensión de 50 céntimos de peseta diarios, igual a lo que les otorgó también el Estado que les será abonada por fondos provinciales desde el 10 de agosto último con cargo al Capítulo de imprevistos, lo que se comunique al Sr. Gobernador a los efectos de la regla y Circular de 13 de dicho mes, para conocimiento de la Ordenación de pagos e interesadas a las que se les dará traslado, por conducto del Alcalde, del presente acuerdo de concesión, a fin de que les sirva de justificante al presentarse al cobro de sus pensiones, a tenor de lo dispuesto en la regla 7ª de la citada RO de 7 de agosto [1895]. Se levantó la sesión. ------
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