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Acta de sesión 1896/06/16_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.010/2.1896-06-16_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1896/06/16_Ordinaria

  • Data(s) 1896-06-16 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 163 Señores: Neira, Iglesias, Garrido, Otero, Pereira. 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 163 2. Visto el proyecto, presupuesto, planos y memoria relativas a las obras del pedestal de la estatua que ha de exigirse en Vigo al Excmo. Sr. Marqués del Pazo de la Merced, importante dicho presupuesto la cantidad de 51.140 pts. Visto que se acordó por la Diputación en 5 de septiembre de 1895, contribuir a costear dicho pedestal con fondos provinciales: y teniendo en cuenta que con dicho objeto se han ejecutado ya obras por valor de 34.515 pts, según certificación que también se acompaña, expedida por el Director facultativo de las obras municipales de la referida Ciudad, se acuerda que toda vez hoy puede sólo disponerse de un corto remanente que existe en el presupuesto adicional para subvenciones, se abonen por el pronto con cargo a dicha partida la cantidad de 15.000 pts por cuenta de la subvención de que se trata, expidiéndose el oportuno libramiento a favor del alcalde de Vigo D. Marcelino Astray Caneda. ------ Folla: 163 3. Visto que por la Contaduría se propone que así las 3.878 pts que importan las estancias devengadas durante el mes de marzo último por los dementes pobres de esta provincia recluidos en el Manicomio de Conxo, como las que se devenguen en los meses siguientes, se satisfagan con cargo al crédito destinado al pago de las que se causasen en el Manicomio de Cádiz, toda vez existe tan sólo para los de Conxo, sin remanente de 2.996´75; se acuerda, de conformidad con la misma dependencia, que después de librar esta suma, se pague el resto de las 881´25, con cargo al otro remanente que se indica y las que se devenguen en los meses siguientes. ------ Folla: 163,164 4. Visto que en el presupuesto adicional se incluyó la cantidad necesaria para pago del 30% del crédito de 250.000 pts que el Estado anticipó a la Provincia en 1853 para remediar los efectos de la miseria entonces reinante en la misma, acogiéndose para ello a los beneficios de bonificación de un 70% en el pago de los créditos anteriores a 1º de julio de 1878, según la Ley de 16 de 1895, teniendo por lo tanto que satisfacerse a la Hacienda la suma de 75.000 pts, se acuerda de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 21 de la Instrucción de la referida fecha se solicite de la Delegación de Hacienda la admisión del pago de referencia que se efectuará ingresando 41.744´57 pts en metálico, y 33.255´43 en una certificación en que consta reconocida por aquella Intervención un crédito por esa cantidad a favor de la Provincia y de hecho se formalicen las operaciones de cargo y data que corresponden. ------ Folla: 164 5. Vista la consulta formulada por la Contaduría sobre si el conserje del Palacio provincial D. Emilio Arias, ha de seguir percibiendo, además del sueldo anual de 875 pts que antes disfrutaba, le fue aumentado a 999 por el reglamento últimamente formado, la gratificación de 135 que también se le concedió por razón de vigilancia de la Caja provincial en 20 de octubre de 1891 rebajándosele la de 273´75 que por tal concepto tenía, manifestando la misma que dicho servicio es hoy mucho menos molesto, dadas las condiciones de seguridad del local destinado a dicha caja. Considerando que por más que esa custodia no sea hoy tan indispensable y rigurosa como antes, no por ello debe dejar de ejercerse una vigilancia que requiere celo y cuidado especiales; cuyo servicio no cree esta Comisión excesivo sea remunerado con la indicada suma anual de las 135 pts; se acuerda que dicho empleado perciba la cantidad íntegra de las 1.134 pts anuales a que asciende su haber y gratificación, si bien con la obligación de no descuidar el referido servicio en la medida que hoy se haga necesario, lo que se comunique a la indicada dependencia. Se levantó la sesión. ------

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