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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1898-02-12_Ordinaria. Acta de sesión 1898/02/12_Ordinaria
Acta de sesión 1898/02/12_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/2.1898-02-12_Ordinaria
Título Acta de sesión 1898/02/12_Ordinaria
Data(s) 1898-02-12 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 49 Señores: G. Otero vicepresidente, Limeses, Vidal, Álvarez, Vázquez, Lema. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 49 2. Visto el proyecto de construcción de una plaza de abastos [mercado] en la villa de Carril. Esta Comisión, en vista de lo que dispone el art. 95 del Reglamento de 6 de julio de 1877 para la ejecución de la Ley General de Obras Públicas; Acuerda que se devuelva dicho proyecto al Sr. Gobernador con favorable censura, por si se digna prestarle su aprobación. ------ Folla: 49 3. Visto el expediente instruido e incoado en el año de 1860, que se hallaba en el Archivo de esta Diputación, sobre la excepción de venta de los montes comunales de Laceiras y Cabalo en el distrito de Vilaboa. Visto el informe que respecto al mismo ha emitido la Excma. Diputación en sesión de 16 de marzo de 1862, obrante al folio 89, que de una manera palmaria demuestra ser necesarios a los vecinos los montes de referencia, habiendo acreditado todos los extremos que la legislación entonces vigente, exigía para declarar la excepción de venta de que se trata. Se acuerda remitir dicho expediente al Sr. Gobernador para que él tenga a bien hacerlo a la Delegación de Hacienda, a fin de que en dichas oficinas conste la petición del Ayuntamiento de Vilaboa. ------ Folla: 49 4. Visto el expediente incoado en el año de 1861 que se hallaba en el Archivo de esta Diputación, sobre la declaración de excepción de venta de los montes de aprovechamiento comunal del Ayuntamiento de A Lama; y Considerando: que del mismo constan acreditados los extremos que la entonces vigente legislación exigía para poder aspirar a la declaración de excepción de venta pretendida. Se acuerda remitir dicho expediente al Sr. Gobernador para que él tenga a bien hacerlo a la Delegación de Hacienda, a fin de que en dichas oficinas conste la petición de dicho ayuntamiento. ------ Folla: 49 5. Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Soutomaior sobre la excepción de venta de los montes de aprovechamiento común de dicho distrito que el Sr. Gobernador remite nuevamente a informe de esta Comisión; Considerando: que ya este cuerpo provincial lo tiene emitido en sesión de 21 de octubre del año [1897] último, que consta unido al referido expediente. Se acuerda tenerlo por reproducido devolviéndole el referido expediente para que él tenga a bien remitirlo a la Delegación de Hacienda. ------ Folla: 49,50 6. Visto el expediente instruido en el Ayuntamiento de Redondela sobre excepción de venta de los montes comunales, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión a los efectos de los art. 25 y 27 de la Instrucción de 21 de junio de 1888 para aplicación de la Ley de 8 de mayo del propio año; y Considerando: que resulta plenamente probado que los montes que se relacionan en el referido expediente son de aprovechamiento comunal estando, por lo tanto, exentos de desamortización. Se acuerda informar favorablemente al Sr. Gobernador la pretensión de los vecinos del término municipal de Redondela, incluyéndole el mencionado expediente, para que él tenga a bien hacerlo a la Delegación de Hacienda. ------ Folla: 50 7. Visto el expediente instruido en el ayuntamiento de Vilaxoán sobre excepción de venta de los montes comunales de dicho distrito, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión a los efectos de los art. 25 y 27 de la Instrucción de 21 de junio de 1888 para aplicación de la Ley de 8 de mayo del propio año; y Considerando: que resulta plenamente probado que los montes que se relacionan en el referido expediente son de aprovechamiento comunal, estando, por lo tanto, exentos de desamortización. Se acuerda informar favorablemente al Sr. Gobernador, la pretensión de los vecinos del término municipal de Vilaxoán, incluyéndole el mencionado expediente para que él tenga a bien hacerlo a la Delegación de Hacienda. Se levantó la sesión. ------
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