ATOPO
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Acta de sesión 1898/04/27_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/2.1898-04-27_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1898/04/27_Ordinaria

  • Data(s) 1898-04-27 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 79 Señores: Otero Vicepresidente, Limeses, Álvarez, Lema, Vidal, Vázquez. 1. [*] acta anterior, fue aprobada. [* Nota: Falta texto por haber sido cortado el sello] ------ Folla: 79 2. [* ....]se presentado ante esta Comisión María Se [......] hijos Gabriel, Ramón y Baldomero Serantes Segade, de Vilanova de Arousa, que aparecen mordidos, según manifiesta, por un perro hidrófobo, se acuerda ponerlos a disposición del Sr. Director del Instituto antirrábico de esta ciudad para que proceda a su curación. [* Nota: falta texto por haber sido cortado un sello] ------ Folla: 79 3. Vista la cuenta de 1.260´35 pesetas por material y jornales invertidos en la reparación de las 18 ventanas de la fachada sur de este Palacio, se acuerda aprobarla y que se realice su pago con cargo a lo consignado en presupuesto para reparación de este Palacio. ------ Folla: 79 4. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Ricardo Ozores contra acuerdo del Ayuntamiento de [Pontevedra] esta capital que le obliga a construir unos muros de sostenimiento en su finca contigua a la calle de Andrés Muruais, y no acompañándose a los antecedentes el informe que la Alcaldía debiera emitir con arreglo al art. 140 de la Ley Municipal, y considerando ser asunto de trascendental importancia, se acuerda interesar del Sr. Gobernador reclame del Sr. alcalde de esta capital el informe referido, para emitir luego el suyo esta Comisión. ------ Folla: 79,80 5. El Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión el expediente de alzada entablada por varios vecinos del Ayuntamiento de Moaña, contra acuerdo de la corporación municipal estableciendo una feria que habrá de celebrarse 2 veces al mes en la parroquia de Santa Eulalia de Meira y punto denominado Xunqueira. Se acompaña informe de la Alcaldía y otro emitido por el arquitecto provincial en el cual se hace constar que el terreno en donde se pretende emplazar la feria, por la circunstancia de ser un arenal, carecer de arbolado y ser invadido por las mareas, no tiene condiciones para el objeto a que se destina. Y esta Comisión, teniendo en cuenta que los fundamentos en que apoyan su alzada los recurrentes, hallan cumplida confirmación en el informe emitido por el arquitecto provincial, sin que por otra parte deban ser respetadas en el presente caso las atribuciones que la ley municipal confiere a los ayuntamientos en la materia de que se trata, toda vez que el interés de las ferias, base importante de la riqueza en esta provincia, exige todas aquellas garantías de seguridad, comodidad e higiene, que no reúne el punto denominado Xunqueira, acuerda manifestar al Sr. Gobernador que en su sentir procede revocar el acuerdo del Ayuntamiento de Moaña que dio lugar a la alzada de que es objeto este expediente. Se levantó la sesión. ------

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