Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1898-04-23_Ordinaria. Acta de sesión 1898/04/23_Ordinaria
Acta de sesión 1898/04/23_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/2.1898-04-23_Ordinaria
Título Acta de sesión 1898/04/23_Ordinaria
Data(s) 1898-04-23 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 81 Señores: G. Otero vicepresidente, Limeses, Álvarez, Lema, Vidal, Vázquez. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 81 2. Visto el expediente instruido en la Alcaldía de Vigo y que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión, a consecuencia de haberse negado el representante del contratista de bagajes a prestar el que le reclamó la Comisaría de Guerra para transportar fuerzas del Regimiento de Murcia y pide a la Comisión devuelva dicho expediente con su informe. Y no comprende esta Comisión la razón por qué se exigió por la Alcaldía de Vigo al representante del contratista de bagajes, el abono de una cuenta presentada por la viuda de Sebastián Domínguez y de la cual resulta que ésta alquiló un caballo para un bagaje a esta capital desde dicha ciudad; y no la comprende por dos razones: por que dicha Alcaldía ya sabe que los bagajes de Vigo a Pontevedra y viceversa se prestan siempre por ferrocarril, evitándose las molestias a las tropas y los gastos considerables a las provincias siendo buena prueba de ello que el bagaje de que se trata, que es de los llamados mayores, o sea de caballería mayor, importa 28´50 pesetas. Es fuera de toda duda que el representante del contratista de bagajes está en un error muy notable al creer que las fuerzas del Ejército no tienen derecho a bagaje, y si las de Carabineros y Guardia Civil, siendo así que estas últimas lo obtuvieron por concedérsele como asimilación con las primeras. Lo que esta Comisión cree causa de este error, es que desde las ciudades de Vigo y Pontevedra se hallan enlazadas por una vía férrea, por esa se realiza el movimiento de fuerzas militares. Del informe de la Alcaldía de Vigo resulta que el contratista o su representante se negó al suministro de un bagaje de carro, siendo así que en la cuenta que encabeza el expediente el alquiler que se reclama es el de un caballo. Tampoco explica la Alcaldía en su informe la razón por qué el caballo que prestó el bagaje cuyo pago se reclama, traspasó la etapa de Redondela, que es la más próxima a Vigo, en la línea de Pontevedra. En vista de lo expuesto, esta Comisión opina que la Alcaldía de Vigo informe sobre las causas que le hayan obligado a facilitar bagaje de caballería mayor para esta capital, prescindiendo de cumplimentar este servicio por la línea férrea que enlaza a dicha ciudad con la de Pontevedra, y ya en el caso de haberlo hecho así, por que se prescindió de la etapa más inmediata a la de Vigo, como es Redondela, en la línea de esta capital. Conviene también que se llame la atención de la Alcaldía sobre la circunstancia de que por la misma se dice haberse suministrado un bagaje de carro, siendo así que en la cuenta consta ser de un caballo, y, en vista de lo que conteste, se propondrá por esta Comisión al Sr. Gobernador, lo que sea procedente. ------ Folla: 81,82 3. Vista la distribución de fondos hecha por la Contaduría para atender a las obligaciones del corriente mes de abril, se acuerda aprobarla. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota