ATOPO
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Acta de sesión 1899/01/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/1.1899-01-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1899/01/30_Ordinaria

  • Data(s) 1899-01-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 37 Señores: Iglesias Vicepresidente; Alvarez; Boente; Otero; Fernández; Nine. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 37,38 2. Vista la [recurso de] alzada interpuesta por José Vicente Rodríguez, vecino de Vilaxoan, contra acuerdo del ayuntamiento que le obliga a dejar expedito el camino ó servidumbre pública que desde el lugar de Vilaboa y otros puntos conduce a la playa llamada de Canelas y que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión; y Considerando: que por los solos antecedentes que se tienen a la vista, no puede formarse juicio exacto de si el acuerdo del Ayuntamiento de Vilaxoán y las providencias que el alcalde hubiese dictado para su ejecución se atemperan a las prescripciones legales pues falta ver lo esencial, cual es el expediente que necesariamente tuvo que instruirse en virtud de la denuncia de los vecinos Buceta, Silva y Vidal, el informe de la Comisión de policía y el acuerdo del ayuntamiento para deducir si hubo varón legal para adoptar las medidas que son objeto de la alzada interpuesta. Se acuerda proponer al Sr. Gobernador ordene al alcalde de Vilaxoan, la remisión de los antecedentes referidos para en su vista emitir razonado informe en este asunto. ------ Folla: 38 3. Visto el presupuesto de las obras [Palacio Provincial] que son necesarias para variar el piso de la caja provincial importante 672 pesetas, se acuerda que bajo la dirección del Arquitecto provincial se ejecuten dichas obras por administración. ------ Folla: 38 4. Visto el recurso de alzada interpuesto por el vecino de Caldas de Reis, D. Adolfo Mosquera contra acuerdo del alcalde denegándole la admisión de una solicitud y planos para la construcción de una casa, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. De los antecedentes resulta que D. Adolfo Mosquera presentó en 17 de junio del año próximo pasado una solicitud pidiendo se procediese al deslinde de un terreno sito en el barrio de San Roque para poder construir en él una casa que el Ayuntamiento en sesión de agosto siguiente, acordó no resolver lo solicitado, hasta que D. Adolfo Mosquera presentase los títulos de propiedad del terreno para saber la superficie del mismo, que el recurrente en vez de llenar este requisito, presentó solicitud y planos para llevar a cabo dicha construcción, que el alcalde en su informe manifiesta que al Mosquera y sus ascendientes no se les conoció nunca más terreno en el barrio de San Roque que el ocupado por un banco de herrador siendo comunal el resto, pues si bien el ayuntamiento había cedido en 1896 el terreno sobrante a D. José Busto, y éste a su vez, lo cedió en 1862 a D. Manuel Piñeiro, el Ayuntamiento a fin de evitar litigios costosos, acordó revocar el acuerdo, pasando de nuevo el terreno a ser propiedad del Ayuntamiento. La alineación de calles y plazas y todas las cuestiones de policía urbana y rural son de la exclusiva competencia de los ayuntamientos (arts. 72 y 73 de la Ley Municipal). El señalar línea para la construcción de una casa es atribución de las corporaciones municipales y no de los alcaldes que para estos casos no son más que ejecutores de los acuerdos de los ayuntamientos. Bajo este punto de vista, le asiste razón legal al apelante y por eso esta Comisión acuerda informar al Sr. Gobernador que procede que por la Alcaldía de Caldas de Reis se dé cuenta al Ayuntamiento de la pretensión que motiva este expediente, notificando al interesado el acuerdo que se tome, para los efectos que crea conveniente a su derecho. Se levantó la sesión. ------

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