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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1899-02-01_Ordinaria. Acta de sesión 1899/02/01_Ordinaria
Acta de sesión 1899/02/01_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/1.1899-02-01_Ordinaria
Título Acta de sesión 1899/02/01_Ordinaria
Data(s) 1899-02-01 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 39 Señores: Nine Vicepresidente accidental; Alvarez; Boente; Fernández; Otero. 1. Leída el acta anterior fue aprobada. Habiéndose excusado de asistir a la sesión de hoy el Sr. Vicepresidente D. Eduardo Iglesias Añino, ocupa su lugar el vocal de mayor edad D. Miguel Nine Novais. Esta Comisión acuerda designar para el despacho de asuntos ordinarios en el presente mes los días 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27 y 28. Publiquese la oportuna circular. ------ Folla: 39 2. Visto el expediente instruido en la Alcaldía de [Pontevedra] esta capital a instancia de D. José Rey Gosende, mayor de 60 años, casado, empleado cesante, vecino de esta ciudad, por el cual a medio de certificación expedida por dos licenciados en Medicina, visada en forma y por declaración de testigos se justifica que la joven Cristina Rey Mouriño, hija de D. José y de Dª Amalia, de 21 años, soltera, natural y vecina de esta ciudad, tiene perturbadas sus facultades intelectuales con carácter histeriforme y con accesos furiosos y tendencias a la acometividad. Visto que se halla justificada la pobreza de D. José Rey y de la presente demente. Se acuerda que la sobredicha Cristina Rey Mouriño sea recluida de observación por cuenta de fondos provinciales en el Manicomio de Conxo, encargándose al Sr. Director de dicho establecimiento benéfico que en el término prefijado por el Real Decreto de 19 de mayo de 1889, remita al Sr. Juez de 1ª Instancia de esta capital, el correspondiente certificado informativo por si hay méritos para acordar la reclusión definitiva. Comuníquese al Sr. Gobernador para su conocimiento, el de la Ordenación de pagos y Dirección de dicho manicomio, significándole que el padre de la presente demente se halla dispuesto a sufragar por su cuenta los gastos de conducción de la misma, obligándose a entregarla en el manicomio según manifestación que hizo en el expediente y a quien pudiera serle entregada la comunicación del traslado de este acuerdo para el referido Sr. Director. Se levantó la sesión. ------
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