Fondos
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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1899-08-11_Ordinaria. Acta de sesión 1899/08/11_Ordinaria
Acta de sesión 1899/08/11_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/1.1899-08-11_Ordinaria
Título Acta de sesión 1899/08/11_Ordinaria
Data(s) 1899-08-11 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 138 Señores: Iglesias, Vicepresidente. Boente. Otero. Fernández. Nine. Garrido. 1- Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 138 2- Vista la cuenta de estancias causadas por el demente pobre de esta provincia José Castro Gamallo acogido en el Hospital de dementes [Manicomio] de Valladolid correspondiente al 4º trimestre del año económico próximo pasado e importante 113´75 pesetas, se acuerda aprobarlas y realízese su pago con cargo a lo consignado en el presupuesto correspondiente. ------ Folla: 138 3- Vista la cuenta de estancias causadas por el demente pobre de esta provincia José Dopazo Corugeira, acogido en el Manicomio de S. Baudilio de Llobregat correspondiente al 4º trimestre del año económico próximo pasado e importante 150,15 pesetas se acuerda aprobarla y realízese su pago con cargo a lo consignado al objeto en el presupuesto correspondiente. ------ Folla: 138 4- Vista la cuenta de estancias devengadas por los alienados pobres que la Excma. Diputación costea en el Manicomio de Conxo, correspondiente al mes del corriente año, e importante 4.446 pesetas 75 céntimos; se acuerda aprobarla y realícese su pago con cargo a lo consignado al objeto en el presupuesto correspondiente. ------ Folla: 138 5- Vista la distribución de fondos formada por la Contaduría provincial para satisfacer las obligaciones del corriente mes de agosto, se acuerda aprobarla. ------ Folla: 138,139 6- Visto el testimonio de la sentencia dictada por el superior Tribunal de lo Contencioso en el pleito que ha sostenido la Excma. Diputación con el contratista de las obras de este Palacio Provincial sobre el abono de intereses establecido en la condición 12ª que ha regido en la subasta y la consulta que respecto al particular hace la Contaduría de fondos provinciales; se acuerda de conformidd con dicha sentencia que el abono de intereses del 3 próximo pasado es a partir desde el 28 de agosto de 1891 por los créditos reconocidos y no satisfechos hasta el saldo definitivo. Se levantó la sesión. ------
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