ATOPO
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Acta de sesión 1900/03/21_Extraordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-03-21_Extraordinaria

  • Título Acta de sesión 1900/03/21_Extraordinaria

  • Data(s) 1900-03-21 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 49 Señores: Martínez Vicepresidente, Fraga, Areal, Garrido. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 49,50 2. Convocados por el Sr. Gobernador los señores vocales designados al margen, se dio cuenta del recurso de alzada interpuesto por Manuel Rodríguez Millán, contra acuerdo del Ayuntamiento de Moaña que le obliga a derribar una caseta construida con destino a secadero de redes. Resulta que en virtud de denuncia hecha por el Regidor síndico, el Ayuntamiento ordenó al Manuel Rodríguez Millán que derribase la caseta que había construido por no reunir condiciones higiénicas y haber sido construida sin la debida autorización. Funda su alzada el recurrente en que pasa mucho de año y día que efectuó tal construcción con licencia de la autoridad competente, no perjudicando al ornato, al tránsito, ni a la salud pública. Ahora bien. Sería justa y meritoria la resolución del Ayuntamiento de Moaña mandando derribar la caseta en cuestión, si de sus malas condiciones pudiera depender la alteración de la salud pública, pero como esto no se comprueba y por otra parte el recurrente demuestra clara y terminantemente que la edificación data del año de 1896, queda sólo a resolver si el Ayuntamiento puede interrumpir ese derecho posesorio. Es jurisprudencia que los ayuntamientos sólo pueden reivindicar por la vía administrativa toda usurpación o intrusión en los bienes comunales del pueblo que no daten de más de año y día y que la atención de ese derecho posesorio sólo incumbe a las autoridades del orden judicial después del lapso del plazo indicado. Esta Comisión, pues, acuerda informar al Sr. Gobernador que a la administración activa no cabe entender en el asunto debiendo por lo tanto en tal sentido estimarse la alzada interpuesta. Se levantó la sesión. ------

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