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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1900-05-09_Extraordinaria. Acta de sesión 1900/05/09_Extraordinaria
Acta de sesión 1900/05/09_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-05-09_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1900/05/09_Extraordinaria
Data(s) 1900-05-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 74 Señores: Martínez Vicepresidente, Fraga, Estévez, Pereira, Garrido. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. Convocados por el Sr. Gobernador a sesión extraordinaria los señores designados, se despacharon los asuntos siguientes: ------ Folla: 74,75 2. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Ramón Rodríguez Fernández, ex - sindico del Ayuntamiento de Crecente, contra acuerdo de éste negándose a satisfacerle las cantidades que anticipó para pago de gastos originados por un pleito sostenido por él a nombre de dicho Ayuntamiento, y que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. De los antecedentes resulta: Que demandado el Ayuntamiento de Crecente ante el Juzgado de 1ª Instancia de A Cañiza, por el marqués de la Granja de Samaniego, sobre mejor derecho de propiedad al monte a labradío y pinar, nombrado Miranzo, de una extensión superficial de 179 hectáreas, el Ayuntamiento acordó personarse al pleito y, al efecto, en sesión extraordinaria de 23 de junio de 1896, autorizó al regidor síndico D. Ramón Rodríguez para representante, facultándole para nombrar abogado y procurador; que recaída sentencia definitiva concedió al Ayuntamiento 148 hectáreas y la de 31 al marqués de la Granja. Que en el transcurso del pleito se suscitó un incidente que fue fallado contra la corporación, con costas, sin que hubiese fondos disponibles para su pago. Que el juzgado de 1ª Instancia procedió ejecutivamente contra los bienes propios de los concejales, y la corporación en sesión de 8 de julio de 1897 acordó que los concejales anticiparan a prorrata la cantidad de 5.378´71 pts, a cuyo efecto se vieron obligados a recurrir al préstamo, habiendo facilitado la cantidad bajo documento judicial D. Laureano Alejandro de Alveos. Que presentada por el recurrente la cuenta de gastos, el Ayuntamiento en sesión de 7 de febrero de 1900, acordó satisfacerle la cantidad de 3.708 pts, únicas que la corporación considera reintegrables añadiendo que de esta suma debe deducirse la cantidad de 680 pts que el Rodríguez percibió de la depositaría municipal, por lo cuál resulta a su favor un saldo de 3.028´29 pts que la corporación acuerda incluir en el presupuesto extraordinario, no haciéndolo de las demás cantidades hasta la suma total de 5.378´71, por considerarlas improcedentes y antilegales. Que el Rodríguez acudió de nuevo al Ayuntamiento en 23 de febrero manifestando que debían serle satisfechas todas las cantidades y que la de 680 ya percibidas, procede de gastos no incluidos en la cuenta que acompañaba a su instancia de 3 de enero. Que el Ayuntamiento en sesión de 28 de febrero último acordó que era también de abono la cantidad de 680 pts deducida anteriormente por error de cálculo, debiendo incluirse por lo tanto en el presupuesto adicional, insistiendo en no considerar de abono las 1.670´42 pesetas restantes. El Rodríguez recurre contra este acuerdo fundándose en que el Ayuntamiento debe abonarle todas las cantidades que anticipó como representante del mismo. Ahora bien; el ex - regidor síndico del Ayuntamiento de Crecente ha tenido la representación de éste en un pleito sostenido con el marquesado de la Granja de Samaniego - Presentó su cuenta justificada de los gastos a que ha tenido que subvenir, y la corporación municipal declara que no son de abono algunas partidas sin exponer los fundamentos legales en que pudiera apoyarse su negativa. Decía que 680 pts ya las había percibido el apelante y luego la misma corporación reconoce su error y acuerda que se le abonen. Como el Ayuntamiento no cita disposición legal alguna para que su acuerdo pueda prevalecer y el recurrente acompaña los justificantes de los gastos ocasionados con motivo del litigio y por la representación que del municipio ostentaba. Esta Comisión acuerda informar al Sr. Gobernador que procede estimar el recurso de alzada interpuesto. ------ Folla: 75 3. Vistas las cuentas municipales del ayuntamiento de Cuntis, correspondientes al ejercicio económico de 1897-98, que se hallan arregladas a las prescripciones legales, sin que durante el tiempo que estuvieron expuestas al público se hubiese interpuesto reclamación; se acuerda proponer al Sr. Gobernador su aprobación. ------ Folla: 75,76 4. Examinadas las cuentas municipales del ayuntamiento de Portas, correspondientes al ejercicio de 1897-98; y Considerando: que están arregladas a las prescripciones legales, sin que durante el tiempo que estuvieron expuestas al público se hubiese interpuesto reclamación alguna, se acuerda proponer al Sr. Gobernador su aprobación. Se levantó la sesión. ------
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