ATOPO
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Acta de sesión 1888/02/24_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/2.1888-02-24_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1888/02/24_Ordinaria

  • Data(s) 1888-02-24 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 63 (Lois vicepresidente, Guerra, Nine, Mucientes, Otero) 1. Leída el acta anterior fue aprobado. ------ Folla: 63,64 2. El gobernador traslada una comunicación del alcalde de esta capital [Pontevedra] con fecha 14 de enero próximo pasado en la que manifiesta: que enterado el Ayuntamiento del acuerdo de esta Comisión de 31 de diciembre anterior sobre si podrían admitirse y cuidar de su curación en el Hospital de esta ciudad algunos enfermos pobres de la provincia que se admitiesen al mismo abonándose por cada estancia una pesetas 50 céntimos la Corporación municipal acordó acceder a la admisión de dichos enfermos por la cantidad expresada facultando al efecto a la Comisión de Beneficencia para hacer las obras y adquisición del mobiliario necesario. En vista, pues, de lo manifestado por el Ayuntamiento de esta capital accediendo a lo propuesto por esta Comisión; se acuerda pasen al Hospital municipal aquellos enfermos que a juicio del profesor encargado del examen de los expedientes puedan ser atendidos en su curación, dada la clase de enfermedad que padezcan, y teniendo en cuenta que algunos han ingresado ya por hallarse en esta circunstancias y en virtud de orden de esta Comisión, le serían de abono a dicho establecimiento las estancias que hayan causado y causen al tipo de 1 peseta 50 céntimos previa relación trimestral que se presentará en la forma que lo hace el hospital de Santiago y después de hechas las oportunas confrontaciones se satisfarán con cargo a la partida consignada en presupuesto para este servicio. Comuníquese a la ordenación de pagos y al alcalde de esta capital. ------ Folla: 63,64 3. El ingeniero jefe de caminos provinciales en vista de lo expuesto en la proposición de varios diputados sobre la sección de la carretera comprendida entre Ponteareas y Mondaríz que está pendiente de entrega al Estado como perteneciente a su plan, relativa a que mientras dicha entrega no tenga lugar, se provea a su conservación y además se disponga la plantación de árboles en las orillas del trayecto que media entre el manantial de aguas medicinales que existe en A Gándara y el de Troncoso, manifiesta aquel funcionario, que dicha carretera lejos de hallarse abandonada, están al cuidado de su conservación 2 peones camineros y se hicieron ya en la misma varias reparaciones en el último verano, que se consideraron de más urgencia; y que en cuanto a la plantación de árboles que se pide, aunque no es conveniente en carreteras de poco ancho, podrá sin embargo hacerse en la parte nueva comprendida entre el arranque de esta en Troncoso y el Puente Xebriña, pero no en la parte del camino antiguo en que hay casas a uno y otro lado y en que el ancho de la explanación es menor de 6 metros. Que dicha plantación puede hacerse en este mes y en el siguiente y costará unas 1.000 pesetas y que si este gasto se autoriza en razón de no saberse si el Estado querrá o no incautarse de dicha sección, pudiera cargarse a la partida del presupuesto destinada a obras de conservación; y por último, que considera necesario presupuestar y emplear acopios para la conservación de la mencionada carretera mientras el Estado no se incaute de ella. Y esta Comisión en virtud de la autorización que le concedió la Diputación en 4 de noviembre último, aceptando todas las consideraciones expuestas por el citado ingeniero jefe, acuerda que en cuanto a la plantación de árboles se haga en la forma que indica teniendo en cuenta que la cantidad que se destina para este objeto no exceda de 500 pesetas con aplicación a la partida consignada para obras de conservación autorizándole a la vez para la formación del presupuesto de acopios de piedra machacada que sea necesario para la conservación de la sección citada mientras tanto no tenga lugar su incautación por parte del Estado. Se levantó la sesión. ------

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