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Acta de sesión 1888/09/11_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/2.1888-09-11_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1888/09/11_Ordinaria

  • Data(s) 1888-09-11 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 225 (Guerra vicepresidente, Mucientes, Nine, Otero) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 225,226 2. Se dio cuenta de la instancia dirigida al gobernador por el ex-secretario del ayuntamientos de Ponte Sampaio José Carballo Barreiro, manifestando que acaba de saber con sorpresa que por providencia de dicho gobernador se le imponía una multa de 100 pesetas a pretesto de que ha sido el causante de que no hubiesen sido rendidas las cuentas municipales de dicho distrito correspondientes al ejercicio de 1886-87 con motivo de haber retenido en su poder 2 libramientos que debieran figurar en aquella, según malévolamente expuso al repetido gobernador el ex-depositario Manuel Barreiro, y con semejante subterfugio eximirse de la multa que a él se le exigía y de la que solo es él culpable. Que el que dice no recogió ningún libramiento y si conserva en su poder no 2, sino más de 6, expedidos a su favor por su sueldo de secretario y lo consignado para repartos y material que todo fue supliendo y aún se le debe sin que le fuese posible hacerlos efectivos; y como esos libramientos sin que se le satisfagan no puede desprenderse de ellos y sin que esto sea obstáculo para que el ex-depositario rinde su cuenta, súplica se le alce la multa impuesta, se le exija al depositario Barreiro por su mala fe en la narración de los hechos. Por lo manifestado antes de ahora al gobernador; esta Comisión ha resuelto que la multa impuesta al ex-depositario de Ponte Sampaio, Manuel Barreiro Otero, debía exigírsele al ex-secretario José Carballo por negarse a entregar unos libramientos que dice obraban en su poder, lo cual confirmó hasta cierto punto el alcalde al evacuar su informe. Hoy Carballo acude en alzada al gobernador exponiendo que, efectivamente existen en su poder no solo 2 libramientos a que alude el ex-depositario Barreiro, sino otros varios, por cuanto se le han expedido a su favor por sueldos devengados como tal secretario y además por otros servicios que ha ejecutado como ha sido la confección de repartimientos y por gastos para material de secretaría. Si estos libramientos no están satisfechos dicho se está no constituyen obligación y por consiguiente no son documentos justificativos para formar la cuenta que en otro caso no podría prescindirse de ellos si se hubiesen pagado. Siendo cierto el hecho que expone el secretario Carballo, lo que se desprende por parte del ex-depositario Barreiro, apeló a una evasiva para eludir la responsabilidad apoyándose en lo que dice el alcalde que efectivamente existían en su poder aquellos libramientos pero guardándose reserva por parte de éste si dichos libramientos eran o no documentos justificativos que no podían serlo desde el momento que no se habían hecho efectivos. Aclaradas así las cosas debe de quedar subsistente la responsabilidad hacia el ex-depositario Barreiro exigiéndole la multa impuesta mientras tanto no se compruebe si efectivamente los libramientos que Carballo retiene en su poder se hallan o no pagados, declarando por consiguiente en suspenso lo que se le impuso a éste, que en otro caso podría alcanzarle si la retención de los libramientos que el mismo se denuncia revestía carácter legal, es decir si estaban pagados y por consiguiente documentos a justificar la cuenta. Fundada en estas consideraciones, la Comisión acuerda informar del ex-secretario José Carballo, declarando en suspenso la multa impuesta al mismo, y exigiéndola al ex-depositario Manuel Barreiro Otero que lo era en el año económico de 1886-1887, por su abandono en el cumplimiento de este servicio, tan recomendado por diferentes circulares del gobernador. Se levantó la sesión. ------

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