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Acta de sesión 1884/07/24_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/2.1884-07-24_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1884/07/24_Ordinaria

  • Data(s) 1884-07-24 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 234 1. Vicepresidente Fraga. Sequeiros, Dominguez, Guerra, Lois. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 234 2. Se dio cuenta del expediente sobre concesión de una subvención para la reparación del frontis del templo parroquial de Moneixas [Ayuntamiento de Lalín]. Visto lo acordado por esta Comisión en sesión de 4 del rige. Visto lo manifestado por el párroco de Moneixas en su comunicación del 14. Considerando además de lo expuesto en la anterior resolución, que cuando la Diputación subvenciona una obra tiene el derecho y la Comisión, ejecutora de sus acuerdos, el deber, de exigir que la cantidad por ella concedida se invierta en el objeto para que ha sido destinada. Considerando que toda subvención se otorga siempre previa presentación de planos y presupuestos, y después de reconocer que la obra es por lomenos de utilidad, por que no está autorizada la DP para distraer sus fondos en limosnas ni en donaciones gratuitas, como parece presumir el párroco de Moneixas. Considerando que toda obra costeada con fondos del Estado, de la provincia o del municipio está sujeta a la legislación de Obras Públicas que se ha citado en el anterior acuerdo, y con fondos de la provincia se recompuso en parte la Iglesia de Moneixas en el hechos de haber sido subvencionada por la DP. Se acuerda decirle al expresado párroco que cumpla lo dispuesto en 4 del corriente, y en otro caso se le tendrá por desistido del derecho a percibir la subvención otorgada. ------ Folla: 234,235 3. Se dio cuenta del expediente sobre construcción de varias obras de la casa establo de la Escuela Práctica de Agricultura. Visto lo acordado por la Diputación en sesión de 2-4-1884, disponiendo se abone la 3ª parte del coste de dichas obras con arreglo al contrato de arriendo de la expresada Granja hecho con los herederos de Francisco Antonio Riestra. Vista la comunicación de 30 del pasado junio que dirige a esta Comisión el apoderado de la viuda e hijos de Riestra, manifestando que terminadas las referidas obras consistentes en el piso que se destina a habitación de los capataces, alumnos, laboratorio y otros usos de la Escuela Práctica, procede tenga efecto la recepción y liquidación de las mismas. Se acuerda que el director facultativo, autor del proyecto que motiva este expediente, practique y remita la liquidación de las obras realizadas, pasando luego los antecedentes a la ordenación de pagos para los efectos correspondientes. ------ Folla: 235 4. Dado cuenta del expediente sobre débitos de los ayuntamientos a la Caja Provincial. Vista la relación formada por Contaduría de los ayuntamientos deudores y del descubierto en que se halla cada uno. Vista la nota en la que se hace expresión especial de los débitos correspondientes a los ayuntamientos de Meaño y Sanxenxo el 1º que no ha satisfecho cantidad alguna por cuenta del ejercicio actual, estando en descubierto por dicho ejercicio y atrasos de la cantidad de 16.648 pesetas 64 céntimos y el 2º que tampoco entregó cantidad alguna por cuenta del ejercicio corriente, respecto de cuyos débitos existen según noticias antecedentes en el Gobierno de provincia. Se acuerda: 1º oficiar con el gobernador para que, por lo que se refiere al Ayuntamiento de Meaño se sirva manifestar el estado que tenga las cuentas pendientes de aprobación, en la parte que tengan relación con los débitos atrasados de este ayto; y por lo que se refiere al de Sanxenxo, si han desaparecido las causas que motivaron la suspensión de toda medida coercitiva a que se refiere su comunicación de 10 del pasado mayo. 2º oficiar a los mismos aytos recordándoles el descubierto en que se hallan del cupo del año corriente y por débitos de años anteriores, apercibiéndoles de que su morosidad dará lugar a adoptar en su contra medidas coercitivas y 3º oficiar igualmente a todos los Ayuntamientos deudores, con apercibimiento a los que lo sean por más de 2 trimestres y como recuerdo a los demás. Se levantó la sesión. ------

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