ATOPO
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Acta de sesión 1884/11/07_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.004/2.1884-11-07_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1884/11/07_Ordinaria

  • Data(s) 1884-11-07 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 317 (Vicepresidente Losada. Guerra, Taboada, Sanchez) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 317 2. Se dio cuenta del expediente de inhibición solicitada por Casimiro Barrera, en el juicio verbal celebrado en el Juzgado Municipal de Redondela y pendiente de apelación ante el juez de 1ª Instancia del partido y viniendo por 2ª vez a informe de esta Comisión por el gobernador. El mencionado juez de 1ª Instancia de acuerdo con el fiscal persiste en conocer del asunto alejando razones que no combaten las aducidas por esta Comisión en su informe de 28 de mayo último, y si estrivándose en el art. 5 de la Instrucción de 25-2- 1867 referente a la redención de cargas puramente eclesiásticas y como quiera que la cuestión de decidir si la Hacienda carecía de facultades para la redención [de foros] que otorgó a Manuela Vidal y Barrera de la parte que satisfacían al foral del "Cocho y Chan" pertenecientes a la capilla del Rosario, es atribución exclusiva de la Administración con arreglo al art. 84, párrafo 3º de la Ley de 25 de septiembre de 1863 y jurisprudencia del Consejo de Estado, en decisión de 24 de febrero de 1864, la Comisión opina, debe el gobernador insistir en la inhibitoria declarando competencia a la Administración. ------ Folla: 317 3. Se dio igualmente cuenta del dictamen de la Contaduría en lo referente al presupuesto de gastos de presos puestos a disposición de la Audiencia en la cárcel de este partido [Pontevedra]. Y, en la necesidad de adquirir nuevos datos que puedan ilustrar más esta cuestión, se acuerda que antes de resolver se dirija atenta comunicación a los alcaldes de los ayuntamientos cabezas de partido para que se sirvan manifestar las cantidades que hayan satisfecho a los fondos del presupuesto carcelario del de esta capital, por socorros facilitados a presos pobres de sus respectivos partidos puestos a disposición de la Audiencia de lo criminal de esta provincia desde su creación, haciendo constar a la vez la fecha en que las hayan satisfecho encareciéndoles la mayor brevedad en el cumplimiento de este servicio. Se levantó la sesión. ------

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