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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1880-03-24_Ordinaria. Acta de sesión 1880/03/24_Ordinaria
Acta de sesión 1880/03/24_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.003/1.1880-03-24_Ordinaria
Título Acta de sesión 1880/03/24_Ordinaria
Data(s) 1880-03-24 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 105 1. Vicepresidente González Besada. Matos, Guerra, Patiño. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. ------ Folla: 105 2. Considerando, que las razones en que el ayuntamiento de Sanxenxo se apoya para negar el derecho de elector elegible por aquel distrito a Candido Mendez Lis, son la de aparecer la cuota de contribución pagándola otros por él en los ayuntamientos de Boqueixón y Tordoia, sin que se acredite que es pagador allí como forastero vecino de Sanxenxo y que las certificaciones expedidas por los señores de dichos ayuntamientos, visadas por los alcaldes respectivos, determinando el capital imponible y contribución impuesta a Mendez Lis, no está legalizadas por notario público; y considerando que ninguna otra circunstancia le niega el ayuntamiento, no siendo bastantes las razones en que se apoya para negar la cualidad de elector elegible, se revoca su providencia y que se le incluya en las listas electorales en el lugar que le corresponda, comunicándolo al gobernador civil para los efectos de la ley. ------ Folla: 105,106 3. Visto el presupuesto y repartimiento de los gastos carcelarios del partido de Redondela y resultando que dicho presupuesto está formado por el alcalde nada más sin intervención, ni de la Junta de partido, ni el ayuntamiento, se acuerda que se devuelva al alcalde para que subsane este defecto, previniéndole que a lo sucesivo convoque a la Junta de partido para discutir los expresados presupuestos y repartimiento, como lo propone el Negociado. ------ Folla: 106 4. Dado cuenta de la alzada interpuesta por Venancio Lorenzo contra un acuerdo del ayuntamiento de Tui que le deniega la representación del concejal Ricardo Blanco Cicerón en un asunto que gubernativo en el que sale este complicado por más que presentó con poder, que le confiere dicha representación tanto para lo judicial como para lo administrativo o gubernativo. Visto el expediente y resultando que el Ayuntamiento no funda en providencia en razones atendibles, opina la Comisión que se le devuelva el expediente al gobernador informándole que en sentir de esta Corporación procede estimar la alzada y revocar en su consecuencia la providencia del Ayuntamiento Se levantó la sesión. ------
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