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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1882-04-28_Ordinaria. Acta de sesión 1882/04/28_Ordinaria
Acta de sesión 1882/04/28_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.003/3.1882-04-28_Ordinaria
Título Acta de sesión 1882/04/28_Ordinaria
Data(s) 1882-04-28 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 144 1. Vicepresidente Romero. Fraga, Salgado, Patiña. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 144 2. La Comisión ha examinado la cuenta municipal del ayuntamiento de Tui, correspondiente al año económico de 1869-1870 y observa que habiéndose calculado los ingresos del capítulo 4º Beneficencia en 6.367 escudos 500 milésimas contando sin duda con la renta de los establecimientos benéficos que dependen del municipio, de la cuenta rendida, aparece haberse recaudado únicamente los 1.000 escudos con que la Diputación subvencionó dichos establecimientos; y que de esta cantidad se han invertido 599 escudos 800 milésimas en socorrer a pobres transeúntes y 49 escudos o 79 milésimas en pagar la contribución territorial del 2º trimestre correspondiente a los bienes del Santo Hospital; resultando por consiguiente que no solo la parte invertida de la subvención que dio la Diputación para las casas de beneficencia según consta de las relaciones números 1 y 3 no se aplicó al objeto para que fue concedida, sino que ni se sabe en que se gastó el resto ni las demás rentas que dichas casas tienen por no haberse acompañado como debían sus cuentas. En su consecuencia, se está en el caso de reclamar al Ayuntamiento las cuentas de los establecimientos municipales de beneficencia correspondientes al expresado ejercicio económico, y manda se reintegren por quien corresponda a las mismas casas los 599 escudos 800 milésimas gastados en socorrer a pobres transeúntes, por que dicha subvención tiene su aplicación determinada por la referida Corporación provincial y no puede distraerse para otro objeto. ------ Folla: 144,145 3. Dado cuenta de la solicitud del ayuntamiento de Pontevedra pidiendo que el ministro de la Gobernación se digne aprobar la venta de los terrenos sobrantes que el gobernador pasó a informe de esta Comisión, se acuerda evacuarlo, manifestándole que cuanto el Ayuntamiento adquirió los predios necesarios para ensanchar el campo de la feria, ya suponía que regularizado dicho terreno, había de sobrar alguno para plantear en él algunas edificaciones, como así resultó, y efectivamente es conveniente que se destinen a construcciones para embellecer la población en esa parte, dando de este modo ocupación a la clase jornalera harto necesitada de trabajo, y al mismo tiempo ensanche del campo de la feria, y por lo tanto opina esta Corporación procede que el gobernador se sirva elevar la adjunta solicitud al ministro de la Gobernación, encareciéndole la conveniencia de que se digne en el adjunto proyecto, cuya enajenación, hasta cierto punto, lo ha tenido ya en cuenta la Real Orden de 14 de Julio de 1881 al aprobar la compra hecha por el municipio a Antonia Munaiz y Ramona Martínez Arregui. ------ Folla: 145 4. Visto el presupuesto de gastos carcelarios del partido de A Cañiza correspondiente al ejercicio de 1882-1883, se acuerda devolverlo al alcalde de dicho pueblo como presidente de la Junta del partido para que este le reforme eliminando de él la partida de 365 pesetas consignada para alquiler de la casa que haya de ocupar la estación telegráfica, gasto que no debe figurar en este presupuesto por ser completamente ajeno a los de la cárcel de partido. ------ Folla: 145 5. Diose cuenta del presupuesto de gastos carcelarios del partido de Vigo correspondiente al ejercicio de 1882-83 y hallándole arreglado a lo dispuesto en el Real Decreto de 13 de abril de 1875, se acuerda aprobarlo, dejando el oportuno duplicado archivándose en las dependencias de esta Comisión. ------ Folla: 145 6. Visto el presupuesto de gastos carcelarios del partido de Lalín correspondiente al ejercicio de 1882-83, se acuerda devolverlo al alcalde de dicho pueblo como presidente de la Junta del partido para que este lo reforme, eliminando de él la partida de 1.500 ptas. consignada para la construcción de un cementerio municipal, gasto que, por ser puramente de localidad, no debe figurar entre los carcelarios del partido. ------ Folla: 145,146 8. Vista la alzada interpuesta ante el gobernador por Angel Losada contra el acuerdo adoptado por el ayuntamiento de Pontevedra en 27 de marzo último disponiéndose que aquel reponga el crucero de Mogos en Cerponzóns prohibiéndoles sacar del terreno de donde está piedra alguna cruzando en firme el muro que tiene de tierra y que en un breve plazo derribe los árboles que plantó en sus cercanías por ser terreno comunal el que ocupan, se acuerda informar que en el expediente de que se trata, dejaron de consignarse por la Comisión las declaraciones de los testigos que la informaron y no se ha reclamado del Losada el documento o documentos justificativos de la propiedad que alega en su favor, por cuya razón es de sentir esta Comisión, se sirva el gobernador devolver el expediente al Ayuntamiento de Pontevedra para que se cubran dichas formalidades así como la de remitir un croquis o plano del terreno y crucero de que va hecho mención. Con lo cual Se levantó la sesión. ------ Folla: 145 7. Diose cuenta del presupuesto de gastos carcelarios del Partido Judicial de Pontevedra que debe regir en el año 1882 a 1883; y visto lo que dispone el Real Decreto de 13 de abril de 1875 y lo acordado por esta Comisión en 30 de marzo último, SE ACUERDA aprobarlo, advirtiendo al Alcalde que a lo sucesivo se fije la base, o sea la contribución directa con que figuren en los repartimientos los municipios llamados a sostener el establecimiento de que se trata, pues en otro caso no serán aprobados los presupuestos sucesivos mientras no se cubra dicha formalidad. Indíquesele también la conveniencia de que se ponga en conocimiento de los Ayuntamientos el resultado del repartimiento para que les conste lo hecho en un asunto que como este afecta sus intereses. ------
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