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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1885-06-12_Ordinaria. Acta de sesión 1885/06/12_Ordinaria
Acta de sesión 1885/06/12_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/1.1885-06-12_Ordinaria
Título Acta de sesión 1885/06/12_Ordinaria
Data(s) 1885-06-12 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 212 ( vicepresidente Losada. Taboada, Rodríguez cadabal, Massó). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 212 2. En el justo deseo de adoptar medidas que en lo posible eviten la propagación de la epidemia que desgraciadamente ha invadido el territorio de Valencia, el Sr. Gobernador secundando las instrucciones de la Dirección General de Beneficencia y Sanidad, insta a esta Comisión para que contribuya a los gastos de instalación de almacenes de expurgo y fumigación y tinglados para el ventilo que deben establecerse en los puertos de Vigo, Carril y Marín. No desconoce la Dirección que es gasto que directamente pesa sobre el presupuesto general y por eso reclama el concurso de las Diputaciones, Ayuntamientos y comerciantes para la realización de esas obras para las que el Tesoro carece de cantidad bastante y a las cuales presume no negaran su auxilio por el interés que le reportan esos lazaretos de observación. Esta Comisión así lo reconoce, pero dado no existe en el presupuesto provincial capítulo para gastos de sanidad y el de calamidades públicas a que por cierta relación con el pudiera apelarse, está en el vigente reducido a 2.100 ptas. y en el venidero sólo se destinaron 7.000, cifra mezquina dado su objeto y tal vez la necesidad de invertirla sino se logra atajar los progresos de la epidemia, cree de su deber y así lo acuerda, manifestar al Sr. Gobernador que dentro de la escasez de sus recursos se halla dispuesto a coadyuvar el planteamiento de los citados lazaretos de observación, precisando antes de fijar cantidades saber a lo que asciende cada uno y la parte con que contribuyen los Ayuntamientos y el comercio. ------ Folla: 212,213 3. Nombrados una junta de jefes de oficina y CP de la Diputación, los señores Massó y Pardo, para proponer las medidas conducentes a la desaparición de los focos de infección que la incuria y el tiempo han formado en el edificio en que se hallan instalados las dependencias del Estado y de la Provincia y que pueden comprometer la salud pública, en cumplimiento de su encargo presentan un pliego de las que a su juicio son urgentes para precaver el desarrollo de enfermedades contagiosas en una época tan propicia para ello por el calor y el estado sanitario de varios pueblos del reino. En su virtud se acuerda aprobar las que se proponen y que se ejecuten bajo la inspección y dirección de los mencionados señores, abonándose el importe con cargo al fondo de calamidades públicas siempre que no exceda de las 375 pesetas que se calculan. Comuníquese al Sr. Gobernador y delegado de Hacienda con copia del citado pliego para que si lo estiman oportuno den las órdenes necesarias para su cumplimiento y a la Diputación cuando se reúna. Prevéngase al conserje cuide del caso de las dependencias que ocupa la Diputación y vigile las de las otras oficinas, dando cuenta de la negligencia y descuido que en este punto observe por parte de los encargados de su aseo para ponerlo en conocimiento de sus respectivos jefes bajo su responsabilidad. ------ Folla: 213 4. D. Rogelio Quintáns a quien se había adjudicado la impresión del BOP y listas electorales para el ejercicio del año económico venidero solicita en unión con D. Eugenio Silva se ceda a este la mencionada impresión. Y mediante no se ha formalizado el contrato se acuerda acceder a dicha cesión subrogándose el D. Eugenio Silva en el lugar de D. Rogelio Quintáns con todas las obligaciones anexas al referido contrato constituyendo la fianza definitiva en el término de cinco días sin perjuicio de las responsabilidades que pesen sobre el Quintáns hasta que se haya legalizado la cesión con todos los requisitos debidos. Se levantó la sesión. ------
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