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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1885-10-12_Ordinaria. Acta de sesión 1885/10/12_Ordinaria
Acta de sesión 1885/10/12_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/1.1885-10-12_Ordinaria
Título Acta de sesión 1885/10/12_Ordinaria
Data(s) 1885-10-12 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 350 Vicepresidente Losada. Taboada, Guerra, Massó. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 350 2. D. Francisco Alcarráz, ingeniero agrónomo fundado en la resolución de la Dirección General de Instrucción Pública pide se deje sin efecto el acuerdo de 23 de mayo último, por el que se declaró incompatible la gratificación que percibía como director de la Escuela de Agricultura de esta provincia, con los haberes que disfruta como secretario de la Junta Provincial de Agricultura, Industria y Comercio y catedrático del Instituto. La Dirección se funda en que siendo interino este último cargo, no está comprendido en los casos de incompatibilidad con la dirección de la escuela práctica. La referencia que se hizo al citado acuerdo evidencia que la declaración hecha por la Comisión, no es acerca de los sueldos y gratificaciones de catedrático de Instituto y director de la Escuela Práctica de agricultura sino más bien de esta con el cargo de secretario de la junta de Agricultura que desempeña. No ha resuelto pues la Dirección el caso de incompatibilidad que hoy pende en apelación de lo que resuelva el Excmo. Sr. ministro de la Gobernación. Por estas razones apuntadas y porque el superior jerárquico de la comisión es el Sr. Ministro; se acuerda no haber forma posible para cumplimentar lo dispuesto por la Dirección General de Instrucción Pública, y a lo solicitado por el interesado a la vez. ------ Folla: 350 3. No habiendo presentado oposición alguna a la ocupación de los terrenos que el ingeniero señaló como necesarios para la construcción de la nueva carretera de 3º orden de Ponte de As Poldras a Pontevedra, sección de río Miño y A Cañiza, se acuerda informar se declare la necesidad de la ocupación de esos terrenos, a los efectos de la Ley de Expropiación Forzosa. ------ Folla: 350 4. El Sr. Gobernador presenta la cuenta de los gastos ocasionados en la adopción de medidas sanitarias, con motivo de un caso de cólera ocurrido en Filgueira [Ayuntamiento de Crecente], importante 358 pesetas 20 céntimos. Examinada y apareciendo justificadas todas las partidas de la misma, de conformidad con lo propuesto por la Contaduría, se acuerda aprobarla y se una al libramiento de su razón. ------ Folla: 350 5. Se dio cuenta de la distribución de fondos formada por la Contaduría para el próximo mes de noviembre, importante 172.036 ptas. 10 céntimos y hallándose arreglada a las prescripciones legales; Se acuerda aprobarla y se devuelva a la referida dependencia para los efectos correspondientes. ------ Folla: 350,352 6. En sesión de 15 de septiembre último, contestando la cuenta presentada por el gobernador de la provincia de Lugo de los gastos originados en la creación y sostenimiento de las inspecciones facultativas establecidas en virtud del acuerdo de la conferencia sanitaria [sobre cólera morbo] celebrada en dicha ciudad, la CP resolvió que, respecto a la asignación del médico nombrado por esta Provincia y asignado a la estación sanitaria de Quereño como con motivo de las dimisiones presentadas y nombramientos efectuados, ofrecía dificultades por la falta de conformidad que en este punto se observaba en las diferentes provincias, ésta satisfaría directamente los haberes que los facultativos nombrados por la misma hubiesen devengado. Nombrado en 30 de julio, el médico d. Bernardo López Suárez Cobián, con las dietas de 25 ptas. diarias empezó a desempeñar su cargo el 1 de agosto, según consta de la citada cuenta, y en virtud de dimisión presentada por el mismo, se acordó en sesión de 14 de agosto, nombrar en su reemplazo, al médico d. Felipe Buendía, con orden de presentarse al gobernador de Lugo a fin de recibir instrucciones, lo que efectuó en 16, según comunicación del citado gobernador. Como hubiesen surgido dificultades para posesionarse de la inspección sanitaria de Quereño en 21, visto que no obtuviera contestación a un telegrama dirigido, regresó a esta capital a dar cuenta de todo ello, y a recibir las órdenes oportunas. La carencia completa de noticias por parte de los gobernadores de Ourense y Lugo a pesar de saber fueran pedidas por el Sr. Gobernador de esta provincia en virtud de indicaciones verbales de esta CP, motivó quedara sin resolución el oficio del médico Buendía, surgiendo de aquí dificultades y confusiones para poder aclarar los días que realmente debiesen abonarse a cada uno de esos 2 facultativos, porque si bien es cierto que el primeramente nombrado continuo prestando sus servicios en Quereño, también lo es que el seguido no se posesionó de su cargo por causas que no le son imputables; que hizo gastos al trasladarse a Lugo y al punto designado, con el perjuicio consiguiente al abandono de su clientela. En la imposibilidad de resolver el problema con sujeción a los principios estrictos de la contabilidad hay que acudir a los de la equidad, sin gravar en lo mas mínimo el presupuesto. Así tomando en consideración los días invertidos por el Buendía, hasta el siguiente de su regreso, deben serle abonados, y el resto al que continuo al frente de la estación sanitaria, prestando los servicios correspondientes; y en congruencia con las consideraciones expuestas, la CP acuerda se abone a d. Bernardo López las dietas de 25 ptas. diarias desde 1 de agosto, hasta el 15 de septiembre últimos ambos inclusives con deducción de las correspondientes a 8 días que deben entregársele al d. Felipe Buendía, y de las correspondientes a la 2ª quincena de agosto que el d. Bernardo López, declara en oficio de esta fecha haber cobrado de la CP de Ourense, oficiando a ésta y al centro directivo sanitario de Lugo, se abstengan de expedir libramiento a dicho facultativo, toda vez percibe sus haberes por la Caja de esta provincia. Se acuerda así bien que por la Ordenación de pagos se abonen a d. José Portas, en concepto de practicante nombrado para la inspección de Quereño, las dietas de 7,50 ptas. desde 1 de agosto hasta el 15 de septiembre últimos con deducción de la 2ª quincena de agosto que, según manifestación del medico d. Bernardo López, percibió de la CP de Ourense, oficiándose a ésta y al centro directivo sanitario de Lugo para los efectos correspondientes. Se levantó la sesión. ------
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