ATOPO
Rexistros actuais: 1.618.965
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.660

Acta de sesión 1878/12/13_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.002/3.1878-12-13_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1878/12/13_Ordinaria

  • Data(s) 1878-12-13 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 125 1. Visto el expediente instruido en el Ayuntamiento de Portas, con motivo de la construcción de un muro de cerramiento hecho por D. José Rodríguez Pérez en un terreno colindante a su propiedad, quien se alzó de la providencia del Ayuntamiento que se lo mandó derribar a consecuencia de reclamación de varios vecinos, la Comisión es de dictamen que, con devolución del expediente, se informe a SE el Sr. Gobernador que está en el caso declararse incompetente para resolver la alzada contra un acuerdo ejecutivo del Ayuntamiento, sin perjuicio del derecho que el apelante se crea asistido para que use de el ante quien viere convenirle. ------ Folla: 125 2. Dado cuenta de la alzada interpuesta por el perito D. Isidro Otero Dios contra un acuerdo del Ayuntamiento de Xeve que no le paga los trabajos estadísticos que le contrató y que fueron aprobados por dicho Ayuntamiento en sesiones de 19 y 31 de mayo último y después desvirtuados por los acuerdos de dos de agosto y 23 de octubre últimos, se acuerda informar al excmo. Sr. Gobernador que, en opinión de esta Comisión, no procede la alzada para ante SE, y que si el apelante se cree lesionado en sus derechos civiles, debe acudir a la vía contenciosa a tenor de lo dispuesto en la regla 2ª del art. 66 de la Ley Provincial vigente y art. 83 y 84 de la de 25 de septiembre de 1863. ------ Folla: 125 3. Remitida a informe de esta Comisión por SE el Sr. Gobernador la alzada interpuesta por D. Benito García vecino de [Pontevedra] esta capital contra un acuerdo del Ayuntamiento que le obliga a demoler la fachada de una casa de la propiedad de aquel por estar ruinosa y hallando faltoso de datos el expediente, se acuerda informar a SE que procede sean reclamados al Ayuntamiento. ------ Folla: 125 4. También ha remitido el excmo. Sr. Gobernador a informe de esta Corporación la alzada que interpuso D. Ramón Mantilla vecino de Vilagarcía de Arousa contra un acuerdo del Ayuntamiento que no estimo la reclamación que le había hecho para que obligase a D. Ramón Reigada a retirar del barrio de la Arena una herrería con depósito de carbón, y se acordó informar a SE que, en su opinión, debe confirmarse el acuerdo apelado. ------ Folla: 125,126 5. Del propio modo ha pasado SE a informe de la Comisión Provincial la alzada interpuesta por José Benito Dios y otros coheteros de esta capital contra un acuerdo de la alcaldía que les obliga a trasladar a otro local sus establecimientos. Y resultando que el Ayuntamiento ha resuelto este expediente y si la alcaldía, se acuerda informar a SE que procede se sirva devolver el expediente para que sea resuelto por el Ayuntamiento y entere de la providencia a los interesados, para que puedan usar del derecho de la ley municipal les concede. ------ Folla: 126 6. Dado cuenta de otra alzada interpuesta por D. Juan R. Nuñell vecino de Vigo, contra un acuerdo del Ayuntamiento que desestimó una reclamación del mismo para que obligase a D. Manuel González a trasladar unos talleres mecánicos a otro punto, se acuerda informar a SE que en la opinión de esta Comisión, procede la confirmación de la providencia del Ayuntamiento. ------ Folla: 126 7. Vista una alzada que interpuso Ramona García contra el acuerdo del Ayuntamiento de A Lama por el que se le obliga a demoler un cercado de reciente construcción, se acuerda informar a SE que esta Comisión entiende que debe desestimarse la alzada y confirmar el acuerdo del Ayuntamiento. ------ Folla: 126 8. Enterada esta Comisión del expediente promovido por D. Miguel Amoedo Millos, vecino de Lavadores, oponiéndose a la extracción de materiales de una cantera que está dentro de una finca de su propiedad y resultando que de la misma cantera se ha extraído piedra con el propio objeto que ahora para utilizarlos materiales en servicio de una carretera del Estado; opina que SE está en el caso de desestimar la reclamación como con copia de datos la propone el ingeniero jefe de obras públicas. ------ Folla: 126 9. Dado cuenta de la alzada que ha interpuesto Dª Lucrecia Llinás, vecina de Beluso en el término de Bueu, contra el acuerdo del Ayuntamiento que elevó una vía pública a una altura que inutiliza el cercado de una finca de su propiedad, dejándola insegura y además porque la casa de habitación que aquella señora sufre también perjuicios con la elevación que se dio a la vía, y resultando que efectivamente son ciertos dichos perjuicios, se acuerda informar a SE diciéndole que en sentir de esta Corporación, debe prevenirse al Alcalde de Bueu que ambos perjuicios deben ser apreciados por peritos nombrados por las dos partes a fin de que tenga efecto la indemnización correspondiente, reformando es este sentido la providencia del Ayuntamiento. ------ Folla: 126 10. Vista la nota de precios medios para valorar las especies de suministros que se faciliten a las tropas durante el mes actual se acuerda aprobarla. ------ Folla: 126 11. Dado cuenta del expediente instruido en el Ayuntamiento de Catoira sobre el establecimiento de un arbitrio municipal por el que se impone a cada carro de piedra que se extraiga de los terrenos comunales adoleciendo el expediente de algunas omisiones de importancia, se acuerda informar a SE el Sr. Gobernador, manifestándole que procede que el Alcalde de Catoira convoque a la Junta de Asociados para que ratifique el acuerdo objeto del establecimiento de dicho arbitrio. ------ Folla: 126 12. Visto el presupuesto adicional al ordinario de 1877 - 1878 del Ayuntamiento de [Pontevedra] esta capital, que el excmo. Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión y resultando que no hace cumplido los requisitos prevenidos en el art. 141? de la ley municipal, y que no consta que el proyecto de presupuesto se haya expuesto al público, ni el motivo por el que solo trece vocales de la Junta municipal lo hayan aprobado, se acuerda remitirlo a SE informando que en su concepto debe devolverse al Ayuntamiento para que subsanase estos defectos. ------ Folla: 125 González Besada: vicepresidente. Diputados: Matos, Sanmartín Cea. Leída el acta anterior, ha sido aprobada. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición