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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1878-12-31_Ordinaria. Acta de sesión 1878/12/31_Ordinaria
Acta de sesión 1878/12/31_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.002/3.1878-12-31_Ordinaria
Título Acta de sesión 1878/12/31_Ordinaria
Data(s) 1878-12-31 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 128 1. Dado nuevamente cuenta del presupuesto adicional de [Pontevedra] esta capital correspondiente al año de 1877-1878 que SE el Sr. Gobernador paso a informe es posible evacuar fundadamente dicho informe sin tener a la vista las liquidaciones a que se refiere el art. 141 de la ley municipal vigente, observándose además que figuran cantidades en concepto de ingresos, de origen desconocido. ------ Folla: 128 2. Visto el expediente instruido a instancia de D. Antonio Conde Bouzas en queja del Ayuntamiento de Catoira por que le obliga a la devolución de los sueldos que percibió en concepto de secretario del Ayuntamiento, cuyo expediente se sirvió remitir a informe de esta Comisión el Excmo. Sr. Gobernador, se acuerda manifestarle que, dado el estado de este expediente, opina esta Corporación que la providencia de SE de 21 de febrero último solo es reformable por el excmo. sr. Ministro de la Gobernación al resolver la alzada interpuesta por Conde; y por lo tanto que procede se sirva dar curso a dicha alzada. ------ Folla: 128 3. La Comisión Provincial ha examinado el expediente que devuelve a SE el Sr. Gobernador, referente a la compensación de atrasos del Ayuntamiento de [Pontevedra] esta capital con las mismas del 80 % de propios, y entiende que la ley de presupuestos vigente y el Real Decreto de 12/06/1875, hacen impracticable el propósito del Ayuntamiento, por que aun en el supuesto de que por el Ministerio de la Gobernación se le otorgue la autorización que solicita, la Hacienda no recibirá ni pueden recibir las inscripciones de que se trata en compensación de los débitos que tiene con el Estado. Lo único que en concepto de esta Corporación cabe es solicitar la conversión de las láminas intransferibles en títulos al portador a fin de poder aplicar su importe a los objetos mencionados; ello no obstante, no ve inconveniente en que SE se sirva dar curso al expediente. ------ Folla: 128 Vicepresidente: González Besada. Diputados: Matos y Guerra. Leída el acta de la sesión última, ha sido aprobada. ------
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