Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1933-10-26_Ordinaria. Acta de sesión 1933/10/26_Ordinaria
Acta de sesión 1933/10/26_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.159/1.1933-10-26_Ordinaria
Título Acta de sesión 1933/10/26_Ordinaria
Data(s) 1933-10-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 141 1. Presidencia del Sr. Maquiera Fernández, con asistencia de los Vocales Sres. Casasnovas Rodríguez, Puig Llamas, Pousada Pérez, Ferreiro Panadeiro y Santiago Graña. Abierta la sesión a las doce de este día, por orden de la Presidencia, se dio lectura por el Secretario autorizante al acta de la anterior siendo aprobada. Y usando la Comisión Gestora de las facultades de que se halla revestida adoptó los siguientes acuerdos. ------ Folla: 141,142 2. Suministros de Octubre. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º de la Instrucción de 9 de Agosto de 1877, de acuerdo con D. Manuel González Robató, Capitán de Intendencia de la 8ª División; se fijan los precios de los suministros que se hayan facilitado y faciliten en el presente mes, a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil por los pueblos de la provincia en las siguientes proposiciones y cuantías: Pan, 0,630 kg, 0,46 ptas; Cebada para caballos del Ejército, 4,50 kg, 2,13 ptas; Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil, 1,90 ptas, 4 kgs; Centeno, 4 kg, 1,74 ptas; Maíz, 4 kg, 1,56 ptas; Paja, 6 kg, 0,96 ptas; Herba seca o heno, 1 kg, 0,15 ptas; Aceite, 1 litro, 1,91 pesetas; Carbón, 1 kg, 0,31 pesetas; Leña, 1 kg, 0,30 ptas; Petróleo, 1 litro, 0,90 ptas. Prestar aprobación a las tres cuentas justificadas que presenta el Sr. Ingeniero Director del Servicio de Repoblación de esta Diputación, correspondientes a la segunda quincena del mes de Septiembre próximo pasado por jornales y varios, apicultura y gastos de locomoción de todo el mes, importantes respectivamente 4.478,34 - 78,75 y 895,64 pesetas, y cuyos trabajos vienen realizándose con arreglo al R.D. de 12 de Diciembre de 1926, R.O. del Ministerio de Fomento de 10 de Abril de 1928 y acuerdos de la Comisión provincial y Diputación de 27 y 31 de Diciembre del expresado año de 1926, detallándose a continuación sus conceptos y cuantías por el siguiente orden: 1ª relación. Jornales y varios. De la 2ª quincena de Septiembre Pesetas Cts 1. Vivero Jornales .................................................................................. 615 " 2. Vivero. Transportes de herramientas y adquisición de materiales ........... 485,29 3. Zona 1ª. Vigilantes de incendios .......................................................... 60 " 4. Zona 1ª. Vigilantes de pastoreo ............................................................. 120 " 5. Zona 1ª. Capataces ............................................................................... 150 " 6. Zona 1ª. Cortafuegos de los perímetros 1º y 2º ........................................ 321 " 7. Zona 2ª. Jornales ................................................................................. 65 " 8. Zona 2ª. Jornales de un pajarero en el vivero volante del perímetro 2º, sección 1ª 37,50 9. Zona 2ª. Idem de arreglo de un camino en el perímetro 3º, sección 1ª ........ 12 " 10. Zona 2ª. Idem de rareo y poda en el perímetro 4º de la sección 1ª ............... 130 " 11. Zona 6ª. Idem de cortafuegos en los perímetros 4º de las secciones 1ª y 2ª ... 302,50 12. Zona 6ª. Idem de vigilantes de incendios y cortafuegos ................................... 514 " 13. Idem 2ª y 9ª. Idem de encargados de viveros volantes .................................... 120 " 14. Id 2ª, 6ª y 9ª. Vigilantes de pastoreo ............................................................ 600 " 15. Id 2ª, 6ª y 9ª. Vigilantes de incendios. ........................................................ 476 " 16. Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Construcción de una caseta y varios .............................. 79,05 17. Zona 3ª (Santa Tecla) Jornales de vigilancia ............................................. 105 " 18. Trabajos topográficos - Auxiliares ............................................................... 127 " 19. Guardería. Adquisición de ropas y portafusiles ........................................ 159 " Total ....................... 4.478,34 Importan estas cuentas la cantidad de cuatro mil cuatrocientas setenta y ocho pesetas treinta y cuatro céntimos. 2ª relación. Apicultura. De la 2ª quincena de Septiembre Pesetas Cts Jornales de un apicultor ................................................................. 78,75 Importa esta cuenta de apicultura la cantidad de setenta y cinco céntimos. 3ª relación. Locomoción. De la segunda quincena de Septiembre Pesetas Cts Vivero Locomoción de todo el mes .................................................. 80,44 Zona 1ª. id id id ...................................................... 107,26 Zonas 2ª, 6ª y 9ª id id id ........................................................ 602,64 Zona 3ª (Santa Tecla) id id ........................................................ 105,30 Total ............................ 895,64 Importan estas cuentas la cantidad de ochocientas noventa y cinco pesetas con sesenta y cuatro céntimos. ------ Folla: 142 3. Resoluciones de cédulas de 1932. Desestimando las de los vecinos de Cangas que se citan en número de 28. Vistas las reclamaciones formuladas contra la clasificación del padrón de cédulas personales del padrón de 1932 del Ayuntamiento de Cangas de los siguientes vecinos de aquel término, D. Tomás Coya Rial, Antonio Varela Álvarez, Manuel García Díaz, Rosario Núñez Mallo, Juan José Priego Martínez, Antonio Fernández Costas, Juan Núñez Núñez, Peregrina Freije Germade, Modesto Gil Iglesias, Francisco Santos Soliño, Balbina Santomé Piñeiro, Román Cerviño Martínez, Manuel Fernández Avila, Santiago González Pazos, Evaristo Bernárdez García, Camilo Maquieira Solla, Joaquín Gargamala, José Oliveira González, Justo García Rivero, Francisca Rodal Fernández, Antonio Cordeiro Santomé, José Soto Domínguez, Sofía Montes Graña, Rosendo Novo Castro, Esteban Alcalde Abeijón, José Aguela Estévez y Emilio Lorenzo Bastos. Examinados los informes de cada una de dichas reclamaciones la Instrucción de 4 de Noviembre de 1925; se acuerda desestimarlas confirmando las clasificaciones con que figuran en dicho padrón de 1932, lo mismo que la de Francisco Fernández Costas, de Cangas. ------ Folla: 142 4. Reclamación de D. Manuel Carreira, de Cangas. Se acuerda desestimar la reclamación de D. Manuel Carreira Camiña de Cangas, confirmando la clasificación de su cédula en el padrón de 1932, no obstante se se justificaba la desintegridad de la familia en la fecha de la reclamación de aquellos a quienes se refiere esta, deberán ser excluidos en la forma que proceda, según formen casa aparte conservando su vecindad o que hubiere perdido esta. ------ Folla: 142 5. Estimando en parte otra de D. Manuel Núñez, de Cangas. Se acuerda estimar en parte la de D. Manuel Núñez Médico Titular de Cangas, contra su clasificación en el padrón de 1932, y declarar nula la cédula que se le fija y se le expida otra de la clase 12ª de la misma tarifa 1ª. ------ Folla: 142 6. Estimando en parte otra de Dª. María Barreiro, de Marín. Se acuerda estimar la reclamación de Dª. María Barreiro González de Marín, contra su clasificación en el padrón de 1932, y que se anule la cédula que se le asigna en el padrón citado, expidiéndole otra de la tarifa 1ª, clase 15ª. ------ Folla: 142 7. Desestimando otra de D. José Pérez y Manuel Grela, Vigo. Se desestiman las de D. José Pérez Vaamonde y Don Manuel Grela Fernández, vecino de Vigo, confirmando sus respectivas clasificaciones asignadas en el padrón de cédulas de 1932 de aquel Ayuntamiento. ------ Folla: 142 8. Desestimando otra de D. David de Ante, de Vigo fuera de plazo. Vista la de D. David de Ante, vecino de Vigo relativa a su cédula en período ejecutivo, se acuerda que no procede entrar a conocer en ella, por haber finalizado todos los plazos reglamentarios y los concedidos con exceso por esta Diputación, teniendo que ajustarse al procedimiento de apremio, conforme al articulo 34 de la Instrucción. ------ Folla: 143 9. Reclamación de Dª. Clotilde Martínez de Cangas, desestimada. Las precedentes resoluciones, se notificaron individualmente en la forma reglamentaria a los reclamantes por mediación de las respectivas Alcaldías, como así bien la de Dª. Clotilde Martínez Troncoso, vecina de Cangas, que se acuerda desestimarla, confirmando la clasificación impuesta en el padrón de 1932. ------ Folla: 143 10. Ingreso en la Inclusa de Carmen Araújo. Decretar el ingreso en la Inclusa provincial por cuenta de fondos provinciales, de la niña Carmen Araújo Álvarez, hija de Benito y María, que nació en esta capital el día 28 de Septiembre último, de cuyo expediente informado favorablemente por el Administrado de dicho establecimiento resulta probada la pobreza de su madre y abuelos maternos y la carencia de recursos para su sostenimiento. ------ Folla: 143 11. A informe del Delegado del Hospital instancia de D. Luis Vilariño. Pasar a informe del Sr. Delegado Administrativo de esta Diputación en el Gran Hospital la instancia de don Luis Vilariño Ramírez, que solicita efectuar prácticas de Practicante de Cirugía menor en aquel establecimiento, a fin de acordar en su vista lo procedente. ------ Folla: 143 12. Abono a D. José Bermúdez, cuenta de leñas para la calefacción. Prestar aprobación y declarar de abono a D. José Bermúdez, la cuenta justificada de la adquisición de leña con destino a la caldera de la calefacción central de este palacio importante en junto noventa y nueve pesetas para que fue autorizado, librándose dicha suma con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 143 13. A informe de la Presidencia y otros, proposición para arreglo de la Audiencia. Dado cuenta de la única proposición para el concurso de alquiler y obras de reparación del edificio para la audiencia provincial que fue anunciado en el Boletín Oficial de 6 del actual presentada por Don Vicente Riestra Calderón de esta ciudad en el día de ayer; se acuerda pasarla con sus antecedentes a estudio de la Presidencia, Vocal Diputado Sr. Puig Llamas y Arquitecto provincial para acordar en su día lo procedente. ------ Folla: 143 14. Aprobando padrones de cédulas de 1933 de Marín, Poio y Baiona. Prestar aprobación a los padrones de cédulas personales correspondientes a los Ayuntamientos de Marín - Poio y Baiona del año actual de 1933, formados por el Gestor D. Ramiro Prieto, que ofrecen el siguiente resultado: El de Marín, asciende a 25.241,54 pesetas con un 53% de su población empadronada y un aumento sobre el anterior de pesetas 770,86. El de Poio, importa pesetas 7.902,22 con el 55% de su población empadronada y un aumento con relación al del pasado año de pesetas 14,46. El de Baiona, importante 10.091,34 pesetas, el 50% de su población empadronada y un aumento sobre el del último año de 826,66 pesetas. Y pasarlos a la Jefatura del Servicio para continuar su tramitación reglamentaria hasta dejarlos en disposición de su cobro. ------ Folla: 143 15. Sobre la Mesa cuentas de cédulas de 1931 de Cerdedo y Campo Lameiro. Dejar sobre la Mesa para su mejor estudio las cuentas rendidas por el padrón de cédulas de 1931 de los Ayuntamientos de Cerdedo y Campo Lameiro en su período ejecutivo que presenta a estos efectos el encargado de la cobranza y Recaudador. ------ Folla: 143 16. Denegando petición de la Alcaldía de Pontevedra sobre cambio de exposición en el local designado del padrón de cédulas de 1933. Dado cuenta de oficios de la Alcaldía de Pontevedra y otro del Sr. Gobernador en que traslada el que le dirija aquella autoridad, interesando que el padrón confeccionado para la exacción en el corriente año del impuesto de cédulas personales esté expuesto al público en la dependencia de este servicio en la Diputación o en otro caso en el Ayuntamiento y no en otra oficina distinta como se acordó. Visto el informe de la Jefatura del servicio de conformidad con el mismo, se acuerda que no procede acceder a lo que interesa dicha Corporación por que el período de exposición que de nuevo se concediere sería una demora sin ventaja alguna y daría lugar a un aplazamiento en la apertura de la cobranza en perjuicio de las obligaciones del presupuesto de esta Diputación, aparte de que la exposición del mismo fue anunciada convenientemente en una oficina público que tiene relación directa a medio de su Gestor con esta Corporación. ------ Folla: 143 17. Aprobando liquidación de cédulas período voluntario de 1932 de Cotobade, Vilanova, Bueu y Xeve. Vistas las liquidaciones de los padrones de cédulas personales en período voluntario correspondientes al año de 1932 de los Ayuntamientos de Cotobade, Vilanova de Arousa, Bueu y Xeve, presentadas por los Gestores respectivos que ofrecen el siguiente resultado. Cotobade: recaudado durante en período 11.822,10 pesetas de las 10.584,48 que debía ingresar como mínimo resultando por lo tanto una recaudación en más de 1.237,62 pesetas. Vilanova de Arousa: recaudó 7.051,58 pesetas, siendo el mínimo obligado a ingresar 7.981,04, apareciendo una recaudación en menos de 839,46 pesetas. Bueu: recaudó 7.914,64 pesetas, debía ingresar como mínimo 8.54,69, existiendo una recaudación en menos de 940,05 pesetas y Xeve: recaudó 3.940,06 pesetas debía ingresar como mínimo 3.849,17, existiendo un aumento de pesetas 90,89. Y como las anteriores sumas recaudadas, fueron ingresadas en la Caja provincial, según las cartas de pago que se reseñan en las respectivas liquidaciones de conformidad con el informe favorable de la Jefatura del servicio de cédulas; se acuerda prestarles su aprobación y pasarlas a Intervención a los efectos correspondientes. ------ Folla: 143 18. Recepción del camino vecinal nº 206. De conformidad con lo propuesto por el Director de Obras y Vías provinciales, se acuerda proceder a la recepción del camino vecinal número 206 de Ponteareas a Guillade en la parte que el mismo indica, comunicándolo a la Jefatura de Obras Públicas y Ayuntamiento de Ponteareas, para que se señale el día en que habrá de tener efecto y se designa para representar en este acto a esta Diputación al Vocal Señor, D. Benito Casasnovas Rodríguez, al que se le participará cuando se celebrará. ------ Folla: 144 19. Abono factura a Hijo de Saturnino Varela. Declarar de abono al comerciante de esta plaza, Hijo de Saturnino Varela, la factura de efectos adquiridos para las habitaciones particulares del Sr. Gobernador civil que presenta el Sr. Arquitecto provincial importante pesetas ciento dos con sesenta y cinco céntimos, librándose tal suma con cargo al capitulo 1º, articulo 1º del presupuesto vigente. ------ Folla: 144 20. Abono estancias de Septiembre al Asilo de Tui. Declarar de abono la relación justificada de estancias en el asilo de Hermanitas de los padres de Tui, correspondiente al mes de Septiembre último importante mil ciento setenta y cuatro pesetas cincuenta céntimos, debiendo librarse dicha suma como propone la Intervención con cargo al articulo 4º, capitulo 8º del presupuesto vigente a la Sra. Superiora de aquel establecimiento. ------ Folla: 144 21. Que se haga un proyecto de rampa en Carballedo por Vías y Obras, abonando su importe. Dado cuenta de la comunicación del Ayuntamiento de Cotobade, en la que transcribe un acuerdo de la Corporación municipal accediendo a petición de varios vecinos del lugar de la Espiriña, parroquia de Carballedo y suplicando a la Corporación provincial que coopere a la construcción de una rampa o camino vecinal de unos 300 metros de longitud a la carretera en construcción del Campo a Carballedo, ordenando al personal dependiente de la Diputación formule el oportuno proyecto y que sirva de base para la declaración de utilidad pública de la rampa indicada; la Comisión acuerda autorizar, al Director de Obras y Vías provinciales para que lleve a cabo tal proyecto, cuyo importe total ascenderá a ciento veintidós pesetas, cuya cantidad deberá abonarse por la Diputación con cargo a la consignación que figura en presupuesto. ------ Folla: 144 22. Desestimando petición de la Alcaldía de Dozón sobre cédulas de 1932. De conformidad con el informe de la Jefatura del Servicio de cédulas, se acuerda desestimar la pretensión de la Alcaldía de Dozón, interesada por vecinos de aquella localidad, señalando un nuevo día de cobranza voluntaria para las cédulas de 1932, por que sería un precedente que perturbaría la marcha de la recaudación y el cierre de la cuenta del período voluntario. ------ Folla: 144 23. Gestionar por la Presidencia y Asesoría se entable recurso contra sentencia reponiendo al Depositario interino Sr. Pita. Se acuerda que por la Presidencia y Asesor jurídico, se realicen las gestiones que consideren convenientes para que por el Sr. Fiscal de lo Contencioso, se entable el recurso procedente contra la Sentencia de este Tribunal ordenando la reposición en el cargo de Depositario interino de D. José Pita S. Cobián, que fue separado por acuerdo de la Comisión Gestora de 15 de Julio de 1932, y que si hubiese dificultades para ello, que se persone el Asesor jurídico, Don José García Vidal, nombrando al Procurador D. Celestino López de Castro y García para promover la apelación indicada a nombre de este organismo provincial. Y se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota