ATOPO
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Acta de sesión 1933/12/29_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.160/1.1933-12-29_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1933/12/29_Ordinaria

  • Data(s) 1933-12-29 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 20 1 - Sesión de 29 de Diciembre de 1.933 - Presidencia Sr. Maquieira Fernández con asistencia de los Vocales Sres. Villaverde Rey, vicepresidente, Casasnovas Rodríguez, Pousada Pérez y Santiago Graña. Abierta la sesión, siendo las doce de este día, se dio lectura por el Secretario autorizando el acta de la anterior, que fue aprobada. Y haciendo uso la Comisión Gestora de las facultades que le están atribuidas, adoptó los siguientes acuerdos: ------ Folla: 20 2 - Dimisión del Vocal Sr. Puig. Se da cuenta de la atenta carta del Vocal Diputado Sr. Puig Llamas, que dice así: "Sr. D. Joaquín Maquieira, mi distinguido amigo, por tener en asunto en esta Audiencia, me es imposible ir personalmente a despedirme de usted y de los demás compañeros. Le ruego les exprese, como ya lo hice a Vd., que el dejarles no es por motivo alguno que pueda afectarles, pues por de lo contrario, reconozco que me han tratado lo mismo que Vd. con una consideración extraordinaria propia de su caballerosidad, a la que desearía corresponder y que no olvidaré nunca. En la discrepancia que surgió entre el Sr. Gobernador y la Corporación, nuestra posición es distinta, pues Vds. tienen un partido y una disciplina no pueden actuar personalmente con la libertad que yo puedo hacerlo, por eso mi actitud nada tiene que ver con la de Vds. Al decir esto, me adelanto a cualquiera interpretación maliciosa que por fuera pudiera hacerse. Quedo pues a sus órdenes, muy agradecido y afectuoso amigo seguro servidor, que estrecha su mano. Javier Puig, 29 de Diciembre de 1.933" La Comisión acuerda quedar enterada y lamentar la ausencia de tan competente y distinguido compañero de Corporación. ------ Folla: 20-21 3 - Suspensión de oposiciones de plazas de la Diputación. Se dio igualmente cuenta del oficio que dirige a esta Presidencia el Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia, número 872, con fecha veintiséis del actual que dice: "Encarezco a V.E. que a la mayor brevedad se sirva remitir a este Gobierno los expedientes incoados por ese Organismo provincial, con motivo de abrir oposiciones para dos plazas vacantes de Practicantes del Gran Hospital, oposiciones suspendidas por V.E. por no haberse constituido el Tribunal, y con motivo de esta reclamación de los expresados expedientes, deberán continuar en suspenso, así como cualquiera otra oposición pendiente y ya anunciada." Se acuerda acatar desde luego la orden preinserta, ya que es la primera interesada en demostrar el cumplimiento de las disposiciones esta Comisión Gestora y gustosa hace constar que los acuerdos se ajusta a los preceptos legales, entro de sus facultades. ------ Folla: 21 4 - Repoblación forestal, aprobación de cuentas de la 1ª y 2ª quincena de Noviembre. Prestar aprobación a las cuatro cuentas justificadas presentadas por el Sr. Ingeniero Director de Repoblación forestal de esta Diputación, correspondientes dos a la 1ª quincena de Noviembre último, por jornales y varios y apicultura y las 3ª y 4ª a la 2ª del mismo mes por iguales conceptos, importantes respectivamente 2.567'85, 78'75, 2.545'25 y 78'75 pesetas; cuyos trabajos vienen ejecutándose con arreglo a lo dispuesto en el R.D. de 12 de Diciembre de 1.926, R.O. del Ministerio de Fomento de 10 de Abril de 1.928 y acuerdos de la Comisión y Diputación de 27 y 31 de Diciembre de dicho año de 1.926, detallándose a continuación sus conceptos y cuantías, por el siguiente orden: 1ª - De la primera quincena de Noviembre de 1.933 Pesetas /Cts. 1 Vivero, jornales 498'05 2 Zona 1ª, id. vigilantes de pastoreo 120'00 3 Zona 1ª, id. de un capataz 75'00 4 Zona 1ª, Id. de un vigilante 60'00 5 Zona 2ª, un jornalero 65'00 6 Zona 2ª, jornales de arreglo de un camino en el perímetro 3º de la sección 1ª 8'00 7 Zona 9ª, id. de construcción de una caseta en el perímetro de la sección 1ª 237'60 8 Zona 9ª, id. de arreglo de un camino en el perímetro 3º de la sección 1ª 28'00 9 Zona 9ª, id. de arreglo de un camino en el perímetro 3º de la sección 2ª 78'20 10 Zonas 2ª y 9ª, encargados de viveros volantes 120'00 11 Zonas 2ª, 6ª y 9ª, jornales de vigilantes 456'00 12 Zonas 2ª, 6ª y 9ª, vigilantes de pastoreo 600'00 13 Zona 3ª (Sta. Tegra), id. de vigilantes 105'00 14 Trabajos topográficos, jornales de auxiliares 117'00 Total .......... 2.567'85 Importan las anteriores cuentas, la cantidad de dos mil quinientas sesenta y siete pesetas ochenta y cinco céntimos. 2ª De la primera quincena de Noviembre de 1.933 Pesetas/Cts. Jornales de un apicultor 78'75 Total ............. 78'75 Importa esta cuenta la cantidad de setenta y ocho pesetas setenta y cinco céntimos. 3ª De la segunda quincena de Noviembre de 1.933 Pesetas/Cts. 1 Vivero, jornales 519'85 2 Zona 1ª, jornales de un capataz 75'00 3 Zona 1ª, id. de vigilantes de pastoreo 120'00 4 Zona 1ª, id. de un vigilante 60'00 5 Zona 2ª, un jornalero 65'00 6 Zona 2ª, Jornales de un vivero volante 30'60 7 Zona 2ª, id. de arreglo de un camino en el perímetro 3º de la sección 2ª 68'00 8 Zona 9ª, id. de arreglo de un camino en el perímetro 3º de la sección 1ª 40'00 9 Zona 9ª, id. de construcción de una caseta en el perímetro 1º sección 1ª 324'80 10 Zonas 2ª, 6ª y 9ª, encargados de viveros volantes 120'00 11 Zonas 2ª, 6ª y 9ª, vigilantes de pastoreo 600'00 12 Zonas 2ª, 6ª y 9ª, vigilantes 300'00 13 Zona 3ª (Sta. Tegra), jornales de vigilantes 105'00 14 Trabajos topográficos. Jornales de Auxiliares 117'00 Total .......... 2.545'25 Importa las adjuntas cuentas, la cantidad de dos mil quinientas cuarenta y cinco pesetas veinticinco céntimos. 4ª De la segunda quincena de Noviembre de 1.933 Pesetas/Cts. Jornales de un apicultor 78'75 Total ............. 78'75 Importa esta cuenta la cantidad de setenta y ocho pesetas setenta y cinco céntimos. ------ Folla: 21 5 - Repoblación. Autorización para explotar cantera a D. José Amoedo. Dado cuenta de la instancia de D. José Amoedo Cerqueiro, vecino de Moscoso, en el Ayuntamiento de Pazos de Borbén, informada favorablemente por la Alcaldía, solicitando autorización para explotar una cantera en el Monte "Chan de Lamas" enclavada en la Zona 6ª, sección 2ª, del perímetro 1º de la Repoblación forestal y de las condiciones que impone el Sr. Ingeniero Director de este Servicio; se acuerda conceder dicha autorización, siempre y cuando el solicitante se someta desde luego a las siete condiciones que en su informe impone la referida Dirección, la cual habrá de comunicarse al peticionario este acuerdo en forma y estará a su cuidado el cumplimiento de las obligaciones a que queda sometido. ------ Folla: 21 6 - Cuenta de gastos en el escrutinio de las elecciones. Dada cuenta de la relación justificada de gastos ocasionados con motivo del escrutinio celebrado para la proclamación de Diputados a Cortes en las últimas elecciones, se acuerda declarar de abono el importe de las mismas, que asciende a pesetas, sesenta con sesenta y cinco céntimos, que será librados con cargo al capítulo 18, artículo único del presupuesto en vigor. ------ Folla: 21-22 7 - Abono del recibo de incendios de las casas forestales. Dado cuenta de oficio del Sr. Ingeniero Jefe del Servicio de Repoblación, comunicando que el recibo anual del seguro de incendios de las casas forestales de la zona 1ª, de dicha Repoblación que se paga anualmente a la compañía "La Urbana", que importa noventa y dos pesetas ochenta céntimos ha vencido ya en 25 de Octubre último, y que debe ser satisfecho al representante de Pontevedra; se acuerda declarar de abono dicha suma, con cargo al capítulo 13, artículo 2º del vigente presupuesto. ------ Folla: 22 8 - Abono facturas a D. Joaquín M. González. Declarar de abono al industrial de esta plaza, D. Joaquín M. González, las facturas importantes 41'25 y 64'18 pesetas, por reparaciones en las habitaciones del Gobierno Civil y cristales y pequeños arreglos en esta Diputación, que fueron intervenidos por el Sr. Ingeniero provincial, debiendo librarse ambas sumas en cuantía total de ciento cinco pesetas cuarenta céntimos, con cargo al capítulo 11, artículo 10 del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 22 9 - Abono lunch, a la casa B. Ureta. Declarar de abono a la Pastelería y Repostería "B. Ureta", de esta capital, la factura importante seiscientas ochenta y siete pesetas con cincuenta céntimos a que ascendió el lunch compuesto de 125 cubiertos servido en el Sanatorio Marítimo Miguel Gil Casares de A Lanzada el 18 del actual a los Sres. Médicos y demás Sres. que asistieron al Cursillo de Tuberculosis y para que fue autorizado por acuerdo de la Comisión, la Presidencia, en sesión del corriente debiendo librarse dicha suma con cargo al capítulo 2º artículo 1º el presupuesto vigente. ------ Folla: 22 10 - Aprobación pliego condiciones del camino vecinal 75-35. Prestar aprobación al pliego de condiciones particulares y económicas, que además de las generales han de regir en la ejecución de las obras del camino vecinal número 75-35 de la Devesa por Tamonde, Figueroa a Cerdedo del trozo 2º entre los perfiles 83 al 316 en una longitud de 2.561'19 metros, con un presupuesto total de 60.257 pesetas 47 céntimos, toda vez que el Ayuntamiento de Cerdedo ha ingresado la mitad de su aportación en Depositaría que asciende a pesetas 12.050 con 10 céntimos, y que por la Dirección de Obras y Vías se provea con arreglo a dichas condiciones a anunciar la correspondiente subasta, comunicándolo al citado Ayuntamiento. ------ Folla: 22 11 - Denegando usos a D. Manuel Fariña. Dado cuenta de instancia de D. Manuel Fariña Fonseca, de esta Ciudad que solicita hacer prácticas de escritura en las máquinas de esta Diputación, se acuerda desestimarla en atención a que no existen aparatos disponibles para tales menesteres. ------ Folla: 22 12 - Desestimando otra de D. Félix Carbó. Dada cuenta del escrito presentado en esta Diputación por el Notario Sr. Castiñeiras a requerimiento de D. Félix Carbó, interesando la reposición del acuerdo que dice adoptado en 14 de Diciembre corriente, sobre las oposiciones de Practicantes del Gran Hospital y Sanatorio Marítimo Miguel Gil Casares. La Comisión acuerda de conformidad con la Asesoría desestimar la instancia añadiendo que el 14 de Diciembre no aparece acuerdo alguno relacionado con las oposiciones indicadas y que ese día solo se publicó un anuncio citación de los aspirantes para realizar las oposiciones el día 26, citación que realiza el Tribunal como de su competencia. ------ Folla: 22 13 - Suministros al Ejército de Diciembre. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 3º de la Instrucción de 9 e Agosto de 1.877 por que se regula este servicio, recomienda fijar los precios a los suministros que por los pueblos de la Provincia se faciliten en el actual mes a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil con las siguientes cuantías: Pan 630 kilogramos, 0'43 pesetas; cebada para caballos del ejército, 450 kilogramos, 2'95 pesetas; id. para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kilogramos 1'97 ptas.; centeno, 4 kilogramos 1'18 ptas.; maíz, 4 kilogramos, 1'64 pesetas; paja, 6 kilogramos, 1 peseta; hierba seca o heno, 1 kilogramo, 0'23 pesetas; aceite, 1 litro, 1'98 pesetas; carbón, 1 kilogramo, 0'34 pesetas; leña, 1 kilogramo, 0'16 pesetas; petróleo, 1 libro, 0'88 pesetas. ------ Folla: 22 14 - Reclamación de cédulas personales de D. Juan M. Mera de Pontevedra. Se acuerda estimar la reclamación de D. Juan Manuel Mera, de Pontevedra, anulando la cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª, del padrón de 1.932, y que se le expida de 3ª, clase 11, dejando sin efecto el acuerdo de 9 de Noviembre último. ------ Folla: 22 15 - De Sor Micaela Cencunique de Marín. Se acuerda desestimar la (cédula personal) de Sor Micaela Cencunique, de las Religiosas Hermanas de la Caridad con residencia en Marín, por si y en representación de la Comunidad contra su clasificación en el padrón de 1.932, confirmando su clasificación, con la variante de la de Dña. Getrudis que equivocadamente se tomó como cabeza de familia a la que se clasificó en la tarifa 3ª clase 8ª y debe ser en la misma tarifa, clase 13 y a Sor Micaela que debe ser la cabeza de familia con cédula de la tarifa 3ª, clase 8ª y anulando la de esta asignada en el padrón, o sea de la tarifa 3ª, clase 13ª. ------ Folla: 22 16 - De D. Isidoro Abal de Vigo. También se acuerda estimar en parte la de D. Isidoro Abal Rivademar, vecino de Vigo, declarando anulada la cédula del padrón relativa al interesado y su esposa y se les expida cédula de la tarifa 1ª, clase 4ª de 350 pesetas y a su esposa la de 3ª clase 13, de 1'50 pesetas. Notifíquense las resoluciones por conducto de las Alcaldías a los reclamantes en la forma y plazos reglamentarios. ------ Folla: 22-24 17 - Sanatorio Marítimo "Miguel Gil Casares" de A Lanzada. Cesión a la Diputación de los edificios y terrenos por el Patronato. Se dio cuenta del acta de la cesión del Patronato del Sanatorio marítimo "Miguel Gil Casares" de A Lanzada, celebrada el 29 de Enero de 1.933 en el Palacio de esta Diputación, que dice: "Reunidos en el Palacio de la Diputación Provincial de Pontevedra, los señores que constituyen el Patronato del Sanatorio Marítimo del "Dr. D. Miguel Gil Casares", situado en A Lanzada, para citación y con la presidencia de Don Felipe Gil Casares, los Vocales Sres. D. Daniel Pimentel, D. Manuel Otero Barcena, D. Daniel de la Sota, D. Juan Trapote; D. Teodosio Domínguez, D. Leoncio Bescansa Casares; D. José Besada, Alcalde de O Grove. La Presidencia declara abierta la sesión, habiendo constar que tiene la representación de las Señoras Dña. Angela Santamarina, viuda de Temes, Dña. Socorro Gil Casares, viuda de Hargundey y Dña. Isabel García Blanco, viuda de Saenz Díez, la Junta acepta la representación. El Sr. Presidente hace historia de las conversaciones celebradas con el Sr. Maquieira Fernández, Presidente de la Comisión provincial y de su Comisión Gestora para que este Patronato ceda el Sanatorio a la Diputación Provincial de Pontevedra en la plenitud de derechos sobre el edificio, terrenos que lo circunda y aprovechamiento de las aguas del arroyo "Pantoeira de Lonxa o Agriudos" y las que puedan alumbrarse, abriendo discusión para que lo para los vocales expresen su parecer. Todos los señores que se hallan presentes mostraron su conformidad, acordando en su consecuencia, por unanimidad, que el Patronato cede todos los derechos que tiene sobre los edificios, monte y aguas a la Excma. Diputación Provincial de Pontevedra, estableciendo como únicas condiciones la de que el establecimiento se denomine "Sanatorio Marítimo Miguel Gil Casares" y que en él se dé tratamiento a los que padezcan tuberculosis no pulmonar, conservando por lo tanto los fines para que fue creado. En la parte económica, también se acuerda por unanimidad, que este Patronato liquidará con los contratistas, abonando todos los descubiertos con los fondos que existan en la Caja y que perciba de la Diputación provincial, reintegrando a este Patronato el anticipo que le hizo para la construcción del camino desde la carretera de Pontevedra a O Grove a la Playa de A Lanzada y si después de satisfechas el total de las obligaciones contraídas quedase algún numerario, el Patronato lo invertirá en beneficio del Sanatorio. Todos los señores que se hallan presentes desean que esta cesión en favor de la Diputación provincial sea la iniciación para que se resuelva en la provincia de Pontevedra la protección y auxilio a los pre-tuberculosos. De esta acta se extenderá la certificación para remitir a la Excma. Diputación provincial y al propio tiempo se le entregará la certificación que obrará en poder de Patronato extendida por D. Servando Martínez Leiro, Secretario del Ayuntamiento de O Grove y visada por su Alcalde, con el sello de la Alcaldía, transcribiendo el acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria de 15 de Mayo de 1.927, por el que se concede para la instalación del Sanatorio Marítimo, dependencias y parques, terreno en una extensión de cuarenta hectáreas, cuya limitación está detallada en el acuerdo; y también el acta extendida en el Ayuntamiento de O Grove en 6 de Noviembre de 1.927, de cuya reunión celebrada bajo la Presidencia del Sr. Delegado Gubernativo D. Balbino Vázquez, con asistencia de los Sres. D. Joaquín Alvarez Lores, alcalde; del Presidente de la Junta del Sanatorio y del Director de Vías y Obras provinciales y de la representación de los vecinos de los lugares de Reboredo y Balea, de la parroquia de San Vicente, asistiendo como Delegados de los mismos, Juan Muñiz Otero, Francisco Castro González, Benito Otero Novoa, Bernardo Vidal Vidal y Ramón Vidal Leiro, constando en dicha acta la autorización para recoger, conducir y utilizar en los servicios y dependencias el Sanatorio las aguas del arroyo "Pantoeira de Lonxe y Agriudos" y las que previos los trabajos que en la misma se indican, puedan encontrarse. Los documentos indicados pasarán a poder de la Diputación provincial, por que esta se subraya en todos los derechos y obligaciones que el Patronato tiene hasta el momento de la cesión. Felipe Gil Casares, Leoncio Bacariza, Teodoro Domínguez, Daniel Pimentel. Manuel Otero Barcena. Juan Trapote. Daniel de la Sota. José Besada." "Dña. Socorro Gil Casares, viuda de Hargundey, secretaria del Sanatorio Marítimo de A Lanzada Miguel Gil Casares: Certifico: Que el acta que antecede es la original firmada por los señores que componen la mayoría del Patronato y que se entrega al Sr. Presidente de la Diputación Provincial con los documentos a que en ella se hace referencia. Y para que conste se extiende esta certificación, de orden y con el Vº Bº del Sr. Presidente del Patronato, en Santiago de Compostela a nueve de Septiembre de mil novecientos treinta y tres. Socorro Gil Casares. Vda. de Hargundey. VºBº S. Gil." También se leyó el acta de la sesión que tuvo lugar el seis de Noviembre de mil novecientos veintisiete en el Ayuntamiento de O Grove, que se muestra a continuación. "Acta. En la Consistorial de O Grove a seis de Noviembre de mil novecientos veintisiete, previa convocatoria al efecto, y siendo la hora de diez, se reunieron bajo la presidencia del Sr. Delegado Gubernativo D. Balbino Vázquez, de una parte, el Sr. Alcalde, D. Joaquín Alvarez López, el Sr. Presidente de la Junta del Patronato del Sanatorio Marítimo "Príncipe de Asturias" y el Sr. Director de Vías y Obras provinciales, D. Teodosio Domínguez, y de otra parte, los vecinos de los lugares de Reboredo y Balea, de la parroquia de San Vicente, en este término municipal, los cuales han delegado en sus convecinos Juan Muñiz Otero, Francisco Castro González, Benito Otero Novoa, Bernardo Vidal y Vidal y Ramón Vidal Leiro." "Después de exponer el Sr. Presidente el objeto de la reunión, cual es la cesión voluntaria por parte de los vecinos de sus derechos sobre las aguas necesarias para el abastecimiento del referido Sanatorio, evitando los inconvenientes de la expropiación forzosa tras breve deliberación, se llegó a un acuerdo amistoso sobre las siguientes bases: 1ª.- Los vecinos presentes, a petición del Ilmo. Sr. Presidente del Patronato del Sanatorio Marítimo Príncipe de Asturias, acuerdan conceder autorización a dicho Patronato para que se haga en la parte alta del arroyo "Pantoeira de Lonxe", los trabajos convenientes para el aumento, en lo posible, del caudal de aguas de dicho arroyo. 2ª.- Si en dicho trabajos se causaren perjuicios en propiedades particulares, a causa de construir minas en ellas, con la previa autorización del dueño, el Patronato indemnizará metálicamente esos perjuicios en la cuantía y forma que con el dueño acuerde. 3ª.- Los vecinos acuerdan conceder autorización al referido Patronato del Sanatorio Marítimo Príncipe de Asturias, para que recoja, conduzca y utilice, en todos los servicios de dicho Sanatorio, las aguas del arroyo Pantoeira de Lonxe o Agruidos, y las que puedan encontrarse, como consecuencia de los trabajos a que se refiere la primera condición, y ninguna que el mencionado Patronato, construya al mismo tiempo y ponga a disposición del pueblo, sin posterior intervención suya un lavadero para el vecindario y uno para el Sanatorio, y una fuente de caño libre cuya agua sobrante, por no ser utilizada por el público, será la que alimentará el lavadero y de este pasará al arroyo para que el público lo utilice como venía haciéndolo hasta la fecha. 4ª.- El Patronato del Sanatorio Marítimo de Asturias se compromete a que mientras tenga agua su depósito colector también la tenga la fuente pública y como consecuencia el lavadero. 5ª.- También se compromete el repetido Patronato a utilizar en los trabajos de construcciones a los obreros del Ayuntamiento de O Grove, con preferencia a los de otros Ayuntamientos, siempre que los de aquí reúnan las condiciones que los trabajos a realizar exijan. En este estado, se da por terminado el acto; firmando las autoridades, Presidente del Patronato, Técnicos del mismo y los señores elegidos por los vecinos para este fin, extendiéndose la presente por duplicado, uno de cuyos ejemplares quedará archivado en este Ayuntamiento y otro en poder del Sr. presidente del Patronato (hay un sello del Ayuntamiento). Balbino Vázquez, Miguel Gil Casares, Presidente del Patronato, J. Alvarez. Teodosio Domínguez. Director de Vías y Obras, Juan Muñiz Otero. Benito Otero. Bernardo Vidal. Francisco Castro. Ramón Vidal." Igualmente se dio lectura de la certificación literal del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de O Grove el día quince de Mayo de mil novecientos veintisiete, expedida por el Secretario del mismo, D. Servando Martínez Leiro en diez y ocho de Septiembre del mismo año, visada por su Alcalde a que hace referencia el acta de cesión primeramente inserta en la que consta entre otros los siguientes particulares: 1 - Conceder para la instalación del Sanatorio, dependencias y parques terreno en una extensión de cuarenta hectáreas, o sean seiscientos cuarenta ferrados, delimitados de la siguiente forma. Tomando como punto interior del terreno el sitio donde se colocó la primera piedra de inauguración del edificio y partiendo hacia el Oeste seguiremos hasta el margen del arroyo denominado "Pantoeira de Lonxe", el cual queda para beneficio del vecindario como pastoreo y abrevadero de sus ganados. Arrancando luego desde dicho punto o piedra colocada y en dirección hacia el norte, se medirán quinientos metros. Trazando luego una perpendicular a dicha recta por su extremo Norte y en dirección de Oeste a Este partiendo del arroyo antes mencionado, se prolongará hasta la mitad, aproximadamente, de los Madons, o sea de la parte del arenal existente entre el arroyo de "Barroqueiras" y la carretera que conduce de O Grove a Pontevedra. Y por último, partiendo del extremo Este de dicha recta, se pondrá otra que irá de Norte a Sur, siempre por la mitad de los Madons, hasta completar la superficie de cuarenta hectáreas. 2 - Que para los efectos de obtener aguas potables para el consumo del Sanatorio se le concede el arroyo denominado "Barroqueiras". 3 - Que una vez hecha la concesión al Patronato, este proceda a verificar el deslinde del terreno que se le cede, cercándolo con alambrada u otro medio, a fin de evitar responsabilidades al vecindario por daños que involuntariamente puedan causar sus ganados y, 4 - Que la cesión se haga en usufructo ínterin exista y funcione el Sanatorio, sin que el terreno pueda ser explotado para otros fines que no sean de sostenimiento de aquel, y concediendo con el carácter de intransferible, teniendo para ello en cuenta lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de Hacienda Municipal en concordancia con el 22 del Estatuto municipal y R.D. de 17 de octubre de 1.925. La Corporación teniendo en cuenta lo propueto por la comisión de montes y en atención a que altas consideraciones sociales aconsejan prestar todo el decidido apoyo a tan necesarias Instituciones Sanitarias, acuerda acceder al Patronato en su pretensión en la forma propuesta por la Comisión y faculta al Señor Alcalde para otorgar el oportuno contrato. La Comisión Gestora, acuerda aceptar complacida la cesión de los edificios, terrenos y concesiones de aprovechamiento de aquel a que se refieren las dos actas transcritas y la certificación del acuerdo del Ayuntamiento de O Grove, que hoy constituyen el Patronato Económico de la Institución Sanatorio Marítimo "Miguel Gil Casares" de A Lanzada, con la condición de destinarlo al tratamiento de enfermos que padezcan lesiones tuberculosas no pulmonares para que fue creado y respetar en todo tiempo su denominación en memoria y tributo de respeto y gratitud a su iniciador y principal propulsor. ------ Folla: 24 18 - Nombramiento de D. Francisco Gallego, agente recaudatorio de cédulas de Ponteareas. De conformidad con lo propuesto por el Gestor de cédulas personales del Distrito de Ponteareas, D. José Trigo Ucha, se nombra agente recaudador de dicho impuesto en el referido Ayuntamiento de Ponteareas, a D. Francisco Gallego Prado, publicándose para conocimiento general en el Boletín esta designación. ------ Folla: 24-25 19 - Otro de agente ejecutivo de Cambados a favor de D. Antonio Davila. A propuesta del Gestor de cédulas del Distrito de Cambados, D. José Cidón Trapote, se acuerda nombrar agente ejecutivo para que proceda por esa vía a hacer efectivas las cédulas pendientes de pago del ejercicio de 1.932 en dicho distrito, a Don Antonio Davila Pérez, publicándose este nombramiento en el Boletín Oficial. ------ Folla: 25 20 - Aprobación de liquidaciones de cédulas, periodo voluntario de 1.932 de Moaña, Baiona y Gondomar. Prestar aprobación a las liquidaciones informadas favorablemente por la Jefatura del servicio de cédulas que presenta el Gestor D. Ramiro Prieto de las cuentas correspondientes al período voluntario del año 1932 de los Ayuntamientos de Moaña, Baiona y Gondomar que ofrecen el siguiente resultado. Moaña: Mínimo obligado a ingresar durante el período 7.985,80 pesetas - recaudado e ingresado durante el mismo 8.015,14 - recaudación en más 29 ptas 34 céntimos. Baiona: Mínimo obligado a ingresar 7.654,53 pesetas - ingresado durante el período 7.665,39 - recaudación en más 10,86. Gondomar: Mínimo obligado a ingresar pesetas 9.895,37 - cantidad ingresada durante el período 8.932,48 - existe una recaudación en menos de pesetas 962,89. Y como las citadas sumas fueron ingresadas en la Caja de fondos provinciales según cartas de pago que se reseñan en las 3 liquidaciones no existiendo reparo que oponerles estando además justificadas, las partidas de abono se acuerda a su vez pasarlas a la Intervención a sus efectos y que se comunique esta aprobación al cuentadante. ------ Folla: 25 21 ------ Folla: 25 21. Autorizando practicas de enfermera en el Hospital a Dª. Mª. P. Cabanillas. Acceder de conformidad con lo informado por el Sr. Diputado Delegado del Gran Hospital que Doña María del Pilar Cabanillas Infante, de esta capital pueda hacer las prácticas que solicita de enfermera en dicho establecimiento sin retribución alguna, debiendo casar en las mismas cuando la Corporación lo juzgue conveniente. ------ Folla: 25 22. Instalación de los Guardias de asalto en Pontevedra. Aceptando la casa de Don Avelino Silva. Por el Sr. Presidente se da cuenta de que en una reunión celebrada con el representante del Ayuntamiento de Pontevedra y el de la Asociación Patronal se convino para instalar los Guardias de Asalto en esta capital, abonando los gastos de las obras indispensables para acondicionar el edificio al fin a que se destina, obligándose a su vez a proporcionar local para garaje de los automóviles afectos al servicio de asalto, así como las obras de adaptación del mismo. El Ayuntamiento satisfará los gastos de instalación, estando comprendidos en ellos material de vivienda y sanitario. Hace constar la Presidencia que recibe carta de los herederos del Sr. Echeverría, ofreciendo la finca de su propiedad situada en la carretera de Vigo en venta por la suma de 80.000 pesetas precio que habrá de serles abonado por anualidades de 26 a 25.000 pesetas, satisfaciendo la Diputación al 6% de interés anual de la cantidad aplazada, siendo de cuenta de los propietarios los gastos que ocasionen las obras de alojamiento provisional. También recibe esta Presidencia ofrecimiento del propietario de una casa situada en la calle de Santiago en el barrio del Burgo de Pontevedra, con frente a la carretera general del Estado, señalada con los números 70 y 72 de D. Avelino Sila Güimil para instalar la Compañía de las fuerzas de asalto indicada. Pero las obras de adaptación de la finca que sean preciso realizar en todas artes, serán de cuenta y riesgo de la Diputación Provincial. La Comisión, teniendo en cuenta de que es condición indispensable habilitar el acuartelamiento en el más breve plazo posible, llegando a fijar la fecha seis del próximo enero para que el Jefe de la Compañía participe a la Dirección General de Seguridad que están ya instaladas en Pontevedra y apareciendo que esta puede llevarse a cabo con gran rapidez en el edificio que ofrece el Sr. Silva según informe del Capitán y del Técnico de esta Diputación. Se acuerda admitir ofrecimiento y facultar ampliamente al Presidente para formalizar con el propietario D. Avelino Silva el contrato de arrendamiento de la casa relacionada a fin de instalar definitivamente en esta capital los Guardias de asalto, siendo obligación de dicho propietario facilitar también local para garajes en el mismo edificio. Las obras indispensables serán de cuenta exclusiva de la Diputación provincial incluso su conservación y el precio de alquiler, todo comprendido es de seis mil pesetas anuales, satisfecho en la forma y plazos que ambas partes convengan. La duración del contrato será de dos años prorrogables tácitamente, si en el mes de noviembre no se denuncia por cualquiera de los contratantes; siendo también rescindible en el momento en que la Compañía de Guardias de asalto deje de ser destinada en esta capital. Todas las obras realizadas en la casa arrendada, que darán a beneficio del propietario y por lo tanto este a la terminación del contrato, no podrá exigir que se reponga la casa al estado actual que hoy mantiene. ------ Folla: 25,26 23. Dejando sin efecto apercibimiento a D. Manuel Cabanillas. Dada cuenta de instancia que suscribe al funcionario de esta Diputación D. Manuel Cabanillas Pérez en súplica de que se deje sin efecto el apercibimiento que se le impusieran sesión de 12 de noviembre de 1933, como consecuencia de expediente que se le instruyera por acuerdo de 4 de octubre anterior en razón a que cuando se dispuso la incoación se hallaba disfrutando de licencia que se le otorgara por la Comisión Gestora ya que el motivo de tal apercibimiento se fundaba solamente en la omisión de dar cuenta por escrito de que comenzaba el permiso por no hacer acudido en aquel día a su despacho en que entonces era Presidente de la Corporación; la Comisión acuerda acceder a lo solicitado por el Sr. Cabanillas Pérez, anulando la corrección de apercibimiento impuesta en doce de noviembre de aquel año que le anularán a su vez de su expediente personal. Y no habiendo más asuntos de que tratar. Se levantó la sesión. ------

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