ATOPO
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Acta de sesión 1936/02/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.162/1.1936-02-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1936/02/19_Ordinaria

  • Data(s) 1936-02-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 6 1. Reunidos en el salón de sesiones de esta Comisión bajo la Presidencia de Don Luis Fontaiña Sarrapio los Señores Vocales Diputados, D. Ramón Domínguez Ferradas; Don Pedro Varela Castro; Don Celso López Blanco; Do Manuel Romero Fernández, Don Rafael Rodríguez Álvarez; Don Juan Vidla Fraga y Don Camilo Facorro González, abriose la sesión siendo las once y diez del día de hoy 19 de Febrero de 1936 y leída el acta de la anterior por unanimidad ha sido aprobada. Actúa el Secretario de la Corporación Don Antonio Posse García. Seguidamente procediose al despacho de los asuntos que figuraban en el orden del día adoptándose los acuerdos siguientes. ------ Folla: 6 2. Aprobando los Padrones para el año 1936 de los Ayuntamientos de A Estrada, Moraña, Cambados, O Grove, Meaño, Meis, Ribadumia, Vilagarcía, Cangas, Moaña, Poio, Cotobade, Mos, Baiona, Gondomar y Nigrán. Prestar aprobación a los Padrones de cédulas para el año 1936 de los Ayuntamientos que a continuación se relacionan cuyas características son las siguientes: A Estrada. Importa el padrón 37.695,98 pesetas con una diferencia en menos respecto del año anterior de 35,67 ptas y el 51% de población empadronada. Moraña. Importa el padrón 6.434,45 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 47,00 pesetas y el 50% de población empadronada. Cambados. Importa el padrón 8.265,25 ptas con una diferencia en más respecto del año anterior de 753,86 ptas y el 43% de la población empadronada. O Grove. Importa el padrón 8.874,01 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 88,76 ptas y el 75% de la población empadronada. Meaño. Importa el padrón 7.483,79 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 40,88 pesetas y el 69% de la población empadronada. Meis. Importa el padrón 6.441,10 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 27,54 pesetas y el 50% de población empadronada. Ribadumia. Importa el padrón 4.197,32 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 26,66 pesetas y el 51% de población empadronada. Vilagarcía. Importa el padrón de 42.655,78 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 14.834,96 pesetas y el 61% de población empadronada. Cangas. Importa el padrón de 14.969,71 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 515,94 pesetas y el 41% de población empadronada. Moaña. Importa el padrón de 9.319,14 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 668,33 pesetas y el 44% de población empadronada. Poio. Importa el padrón de 7.670,36 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 382,91 pesetas y el 50% de la población empadronada. Cotobade. Importa el padrón de 12.058,35 pesetas con una diferencia en menos respecto del año anterior de 149,66 pesetas y el 50% de la población empadronada. Mos. Importa el padrón de 11.783,26 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 265,40 ptas y el 64% de la población empadronada. Baiona. Importa el padrón de 8.638,47 pesetas con una diferencia en más respecto del año anterior de 139,53 ptas y el 47% de la población empadronada. Gondomar. Importa el padrón de 12.530,92 pesetas con una diferencia en más respecto el año anterior de 1.104,14 pesetas y el 50% de la población empadronada. Nigrán. Importa el padrón de 10.614,85 pesetas con una diferencia en menos respecto del año anterior de 87,01 pesetas y el 56% de la población empadronada. ------ Folla: 6 3. Dejar pendientes de aprobación los Padrones de Vigo y Vilanova confeccionados para el 1936. Vistos los padrones de cédulas de Vigo y Vilanova confeccionados para el año de 41936 y resultando en el primero una diferencia en menos de 4.226,98 pesetas respecto del año anterior y en el segundo otra también en menos de 5.320,60 pesetas; se acuerda dejarlos pendientes de aprobación hasta que por los Gestores que los han confeccionado se expresen los motivos determinantes de tales disminuciones. ------ Folla: 6 4. Imposición de multa a varios Gestores de cédulas por no haber presentado a su debido tiempo los Padrones. Diose cuenta de propuesta de la Jefatura de cédulas proponiendo la imposición de veinte pesetas de multa por no haber presentado a su debido tiempo los padrones de Caldas y Campo a Don Manuel Alonso Fontán; de cuarenta pesetas a Don Enrique Álvarez Rey por igual causa con los padrones de A Cañiza, Arbo, Covelo y Crecente de cuarenta pesetas a Don Manuel Acacio Rey por no presentar los de Lalín, Carbia, Dozón y A Golada; de diez pesetas a Don Antonio Trabazo por falta de presentación del de Silleda; de diez pesetas a Don José Calviño Diéguez, por igual motivo con el padrón de Rodeiro, de cuarenta pesetas a Don Francisco Hermida por no presentar los de Pontevedra, Xeve, Marín y Vilaboa, de treinta pesetas a Don Victorino Álvarez por igual motivo con los padrones de A Guarda, O Porriño y O Rosal y de diez pesetas a Don Manuel Cendón Escudero pro el de Ponte Caldelas, Don José García y García por el de Soutomaior y Don Modesto Viso Fernández por el de Lavadores. Las expresadas multas se satisfarán en timbres del impuesto provincial, conforme a lo determinado en el vigente Estatuto de recaudación. ------ Folla: 6 5. Comunicar a todos los Gestores que en el término de diez días presenten los padrones que le corresponde confeccionar. Así mismo se acuerda comunicar a todos los relacionados Gestores para que el el término de diez días y sin excusa ni disculpa alguna presenten los padrones que les corresponde confeccionar con la prevención que de no verificarlo dentro de dicho plazo se nombrará comisionado por cuneta de las Gestorías y con las dietas reglamentarias al que se le encomendará la confección incluso de los Padrones que estén sin presentar. ------ Folla: 6 6. Resolviendo que Don Alfredo del Campo satisfaga cédula sin recargo. Acceder a lo solicitado por Don Alfredo del Campo, resolviendo que la diferencia de precio entre la cédula de 1,50 pesetas y la que en realidad le corresponde de 12 pesetas, se satisfaga sin recargo alguno. ------ Folla: 6 7. Denegando subvención a los alumnos de la Escuela de Comercio de Vigo. Esta Comisión acuerda no ser posible atender a la petición formulada por los alumnos de la Cátedra de Mercancías y procedimientos industriales de la Escuela de Comercio de Vigo que solicitaban una subvención para realizar un viaje de estudios a cuya petición lamentándolo no se accede por las dificultades en que se desenvuelve la economía provincial. ------ Folla: 6 8. Nombrando el Gobernador Civil Delegado en Vilagarcía. Diose cuenta de oficio del Señor Gobernador Civil de fecha 13 del actual que dice lo siguiente: "Con esta fecha por estimar necesarios sus servicios nombró al Jefe de Negociado de 2ª clase de esa Excma. Corporación Don Manuel Cabanillas Pérez, Delegado de mi autoridad para el mantenimiento del orden en el Ayuntamiento de Vilagarcía. Lo participo a V. a los efectos oportunos. Pontevedra 13 de Febrero de 1936. El Gobernador Civil. A. Peñamaría, Señor Presidente de la Excma. Diputación Provincial". ------ Folla: 6 9. Socorro por tratamiento antirrábico. Conceder un socorro de 42,50 ptas a Marcelino Rodríguez González vecino de Lalín que tuvo un hijo sometido a tratamiento antirrábico. ------ Folla: 6 10. Ofrecimiento del Juzgado a la Diputación en sumario. Diose cuenta de oficio del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción ofreciendo el procedimiento conforme al articulo 109 de la Ley de enjuiciamiento criminal en el sumario que se sigue en el Juzgado de A Estrada con el número 16 de 1936 por injurias a esta Diputación; la Comisión se da por enterada. ------ Folla: 6 11. Ingreso en el Hospicio de Carmen Blanco Suárez. Decretar el ingreso en el Hospicio de Carmen Blanco Suárez, huérfana y pobre que no padece enfermedad contagiosa alguna debiendo notificarse sus estancias con cargo a fondos provinciales. ------ Folla: 6 12. Ratificando ingreso en el Colegio de Sordomudos de la niña Encarnación Durán Fraga. Ratificar el ingreso en el Colegio de Sordomudos de Santiago de la niña Encarnación Durán Fraga que ya se había acordado en 18 de abril de 1934 debiendo comunicarse esta resolución al Inspector Técnico del Estado en los Colegios de Sordomudos, Don Jacobo Orellano que tiene su residencia en la calle de Granada, 33 Madrid. ------ Folla: 6,7 13. Ingreso en el Hospicio de los niños Concepción y Antonio Seijo Rodríguez. Decretar el ingreso en el Hospicio de los niños Concepción y Antonio Seijo Rodríguez huérfanos y carece de toda protección familiar debiendo satisfacerse sus estancias con cargo a fondos provinciales. ------ Folla: 7 14. Aprobando cuenta del industrial D. Julio Paisa por útiles de cocina para las habitaciones del Gobernador. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta que produce Don Julio Paisa por útiles de cocina destinados a las habitaciones del Gobernador y cuyo importe de ciento trece pesetas con cincuenta y cinco céntimos se satisfarán con cargo al Capitulo 1º, Articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 7 15. Aprobando cuenta de D. Luis Senn por resistencia especial para caso y montaje en las habitaciones del Gobernador. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta producida por Don Luis Senn por una resistencia especial para caso y montaje en las habitaciones del Sr. Gobernador Civil y cuyo importe de 12 pesetas se satisfará con cargo al Capitulo 11, Articulo 10 de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 7 16. Aprobando cuenta a D. Benito Landín por viaje realizado por la Gestora al Manicomio de Conjo. Prestar aprobación y declarar de abono a Don Benito Landín vecino de Vigo la cuenta importante ciento treinta y cinco pesetas por viaje de Vigo a Santiago y estancia con motivo de visita de inspección realizada por la Gestora al Manicomio de Conjo, debiendo satisfacerse dicho importe con cargo al Capitulo 2º, Articulo 3º de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 7 17. Ordenando se gire visita por la oficina de caminos al de la Veiga de Graña en A Estrada a los efectos de abono de subvención. Se acuerda que por la Dirección de Vías y Obras se gire visita al camino que partiendo del provincial llamado Vinseiro conduce a la Iglesia de Lagartones; al de la Veiga de Graña a la parroquia de Rubín; al que partiendo de Arnedo a la carretera de Vilapouca a A Estrada, conduce a los Nilos de la Parda y al de la Cervenza en Callobre a Bemposta de Rubin, todos a los efectos de abono de las subvenciones para ellos concedidas. ------ Folla: 7 18. Pasando a informe instancia de Dª. Carmen Malvar. Se acuerda pasar a informe de la Dirección de Vías y Obras instancia de Doña Carmen Malvar, Vda. de Carballal, en súplica de que el camino que desde el de la playa de Loira va a la finca denominada Villa Taleriana y sirve intereses del vecindario de Rovid, pase a depender de la Corporación provincial. ------ Folla: 7 19. Reponiendo en el cargo de Practicante del Gran Hospital a expedientado D. Félix Carbó. Instruidos expedientes contra el Practicante del Gran Hospital de Pontevedra, Don Félix Carbó Pérez, uno por acuerdo de 16 de octubre del año último; y, otro, por providencia de de 21 de Noviembre del mismo año, cuyos expedientes han sido tramitados por supuestos hechos acaecidos los días 14 de octubre y 15 de noviembre de 1935, en aquel establecimiento hospitalario, habiéndose practicado para su esclarecimiento las correspondientes diligencias; pero sin que de la propuesta del Sr. Juez Instructor en el primero haya concedido la corporación oportunamente, ni se diese conclusión al que se iniciara en 21 de Noviembre último; no habiéndose resuelto ambos expedientes dentro del plazo limitado que fijan los Reglamentos de 23 de agosto de 1934 en su articulo III; y el de 2 de Noviembre de 1935, en el articulo 60; y sin que, además se cumpliesen los preceptos del articulo 14 y siguientes del Reglamento general del Gran Hospital provincial, pus si se ha definido, en tiempo, la clasificación de los hechos determinantes de los expedientes; la Comisión acuerda: declarar sobreseídas las actuaciones de ambos expedientes y reponer en el cargo al Practicante del Gran Hospital de Pontevedra, Don Félix Carbo Pérez al que le serán de abono los haberes que ha dejado de percibir durante su suspensión previa y diese traslado de esta resolución al Sr. Diputado Delegado del Gran Hospital; al Administrador del mismo establecimiento y al interesado para su inmediata posesión del repuesto, en su cargo y prestación consiguiente de servicios como tal practicante del Gran Hospital provincial de Pontevedra. ------ Folla: 7 20. Declarando de abono al contratista de las obras de la Audiencia de la 2ª certificación. Declarar de abono a Don Porfirio Díaz Baltasar, contratista de las obras de la Audiencia la segunda certificación a buena cuenta de las ejecutadas cuyo importe líquido es de dieciocho mil ochocientas cuarenta y siete pesetas con veintiocho céntimos autorizando a la Intervención para suplementar el crédito en cuantía necesaria para el pago de esta obligación. ------ Folla: 7 21. Instancia de reclamación de cédulas referente a D. Eusebio Cons. Vista la reclamación formulada por Don Eusebio Cons Domínguez, vecino de Vigo, contra su clasificación de cédulas del año 1935 y anteriores y estimando que al clasificarle hubo error por cuanto sus circunstancias no variaron desde 1932 se acuerda declarar fallido la cédula asignada para 1935 y que se le expida la de la tarifa 3ª, clase 10 de 12 ptas. ------ Folla: 7,8 22. Aumento de sueldo a los funcionarios que se citan en las cantidades que se expresan, según las categorías establecidas. Vista la instancia producida por la directiva de la Asociación de Funcionarios de esta Diputación en solicitud de mejora en los haberes del personal administrativo y subalterno en los que no han sido favorecidos desde la implantación de la República; esta Comisión Gestora, en uso de las facultades que le confieren las Leyes vigentes, teniendo en cuenta que durante los años 1934 y 1935 han sido elevados los haberes de otros funcionarios de mayor categoría no adscriptos a la plantilla de administrativos y subalternos, con aumentos, en algunos casos, considerables y estimando además que dos modestos, ventaja que no alcanzó a los de esta Corporación provincial cuya competencia, laboriosa y lealtad en el cumplimiento de sus deberes les hacen acreedores a tal mejora, acuerda: acceder a lo solicitado concediendo los aumentos de sueldo que se proponen en el estado que los peticionarios acompañan a su instancia y que a continuación se inserta. Aumento en los sueldos de los funcionarios administrativos y subalternos de esta Diputación, dentro de las distintas categorías, en la de Auxiliares y Oficiales mil pesetas; en la de Jefes de Negociado de tercera clase mil doscientas cincuenta pesetas; en la de Jefes de Negociado de segunda mil quinientas pesetas; en la de Jefes de Sección dos mil; y en la de subalternos en la cuantía que a continuación se expresa: Funcionario Sueldo actual Aumento Jefes de Sección Víctor F. Soler 8.000 2.000 Alejandro Torres 8.000 2.000 Jefes de Negociado de 2ª Leoncio Feijóo Mantilla 7.000 1.500 Julio Montero 7.000 1.500 César Martínez Pereiro 7.000 1.500 Carlos Viñas del Monte 7.000 1.500 Eliseo Mosquera Sánchez 7.000 1.500 Manuel Cabanillas Pérez 7.000 1.500 Jefes de Negociado de 3ª Emilio de la Torre 6.000 1.250 José Álvarez Limeses 6.000 1.250 Ángel Novas Montes 6.000 1.250 Celso Sánchez Marta 6.000 1.250 Álvaro Pintos Fonseca 6.000 1.250 Luis Sacarrera Ochoa 6.000 1.250 Auxiliares José Mª Míguez Reitón 3.000 1.000 Dolores Villar Randín 3.000 1.000 Tomás Alonso Pérez 3.000 1.000 Tenedor de libros Herberto Blanco 5.000 1.000 Conserje Cándido Díaz 4.000 1.000 Portero Mayor y Guarda Almacén José Bermúdez y Gregorio López 3.750 y 2.000 respectivamente 500 cada uno Portero - Ordenanza Juan Iglesias 3.250 250 Ordenanza Cándido Ajis 1.000 500 Telefonista Justa Iglesias Lemos 1.800 200 Para abono de las mejoras acordadas se propondrá por la Intervención de fondos la habilitación o suplemento por transferencia del crédito necesario conforme a las disposiciones del libro segundo del Estatuto provincial y Reglamento de Hacienda municipal de 23 de agosto de 1924 vigentes y de aplicación o se abonarán estos aumentos en el presupuesto de 1937. Se levantó la sesión. ------

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