ATOPO
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Acta de sesión 1938/01/26_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.163/1.1938-01-26_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1938/01/26_Ordinaria

  • Data(s) 1938-01-26 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 33 1. Bajo la Presidencia de Don Javier Puig Llamas y con asistencia de los Señores Vicepresidente Rey Daviña y Vocales Diputados Baquero Pérez, Cunqueiro Montenegro, Durán Gómez, Fernández Torres, Franco Montes, Lino Sánchez y Núñez García, celebra sesión la Comisión Gestora de esta Excma. Diputación siendo las once del día de hoy veintiséis de Enero de mil novecientos treinta y ocho y leída el acta de la anterior por unanimidad es aprobada. Actúa de Secretario el de la Corporación Señor Posse García. ------ Folla: 33 2. Resolviendo expediente instruido al jornalero de repoblación Manuel Delfín Durán. Visto el expediente instruido por la Presidencia de esta Excma. Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la Plaza en su comunicación de 3 de Enero de 1937 al jornalero vigilante de pastoreo del Servicio de Repoblación Don Manuel Delfín Durán, vecino de Moscoso en el Ayuntamiento de Pazos de Borbén y vistos el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y orden del Gobierno General de 2 de enero de 1937, así como los informes y actuaciones del expediente; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor que estima acertada la Autoridad Militar de la Plaza acuerda destituir del cargo que desempeñaba al expedientado separándole definitivamente del mismo por su notoria significación izquierdista y su intervención electoral en favor del Frente popular, sin que le sea de abono jornal ni haber alguno desde el día que se decretó su suspensión, debiendo notificarle esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Excmo. Sr. Gobernador Militar de la plaza para constancia en dicho expediente. ------ Folla: 33 3. Resolviendo expedientes instruidos a cinco jornaleros de la Repoblación Forestal. Vistos los expedientes instruidos por la Presidencia de esta Excma. Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la Plaza en su comunicación de 3 de enero de 1937 a Bernardo Santoro, vecino de Pazos de Borbén; Francisco Ruibal, vecino de San Vicente de Cerponzones, Ayuntamiento de Pontevedra, Samuel Martínez Romero, vecino de Amoedo, en el Ayuntamiento de Pazos de Borbén, José Míguez Iglesias, vecino de Pazos de Borbén y Marcelino Cernadas de igual vecindad, los cinco jornaleros vigilantes del servicio de Repoblación y vistos así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y orden del Gobierno General de 2 de enero de 1937; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor que estima acertada la Autoridad Militar de la Plaza, acuerda no procede imponer sanción alguna a los expedientados pero por tratarse de jornaleros con ocupación discontinua se resolvió también pueden ser utilizados sus servicios cuando loas necesidades de la repoblación lo aconsejen, sin que les sea de abono ningún derecho por el tiempo en que han estado suspendidos ni se les conozca el de percibo de jornal o retribución alguno por dicho tiempo, debiéndoseles notificar esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Excmo. Sr. Gobernador Militar de esta plaza para constancia en dicha dependencia. ------ Folla: 33 4. Resolviendo expedientes de cuatro Guardas del Servicio de Repoblación. Vistos los expedientes instruidos por la Presidencia de esta Excma. Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la Plaza en su comunicación de 3 de enero de 1937 a Manuel Martínez Garrido, vecino de Amoedo en el Ayuntamiento de Pazos de Borbén, Serafín Martínez Ferreira de igual vecindad, José Tomé Vilaboa, vecino de Nespereira en el Ayuntamiento de Pazos de Borbén y Avelino Villaverde Míguez, vecino de Alba en el Ayuntamiento de Pontevedra, los cuatro Guardar del Servicio de Repoblación forestal y vistos así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y orden del Gobierno General de 2 de Enero de 1937, así como los informes y actuaciones de los respectivos expedientes; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor que estima acertada la Autoridad Militar de la plaza, acuerda reponer a los expedientados en sus respectivos cargos con pérdida de los haberes que han podido devengar desde la fecha de suspensión hasta que de nuevo se reintegren a sus puertos, debiéndoles notificar esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Excmo. Señor Gobernador Militar de la plaza constancia en aquella dependencia. ------ Folla: 34 5. Resolviendo expediente del Capataz de Repoblación Francisco Pastoriza. Visto el expediente instruido por la Presidencia de esta Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la Plaza en su comunicación de 3 de enero de 1937 a Francisco Pastoriza, Capataz del Servicio de Repoblación Forestal, vecino de Salcedo en el Ayuntamiento de esta Capital y visto así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y Orden del Gobierno General de 2 de Enero de 1937, así como los informes y actuaciones del expediente; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente, como Juez Instructor que estima acertada la Autoridad Militar de la plaza, acuerda reponer al expedientado en su cargo de Capataz con pérdida de los haberes dejados de percibir hasta que se reintegre de nuevo al cargo, debiéndosele comunicar esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Excmo. Señor Gobernador Militar de la plaza para constancia en aquella dependencia. ------ Folla: 34 6. Resolviendo expediente al Guarda forestal Jesús Barreiro Rodríguez. Visto el expediente instruido por la Presidencia de esta Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la plaza en su comunicación de 3 de Enero de 1937 a Jesús Barreiro Rodríguez, Guarda del Servicio de Repoblación vecino de la parroquia de Tourón en el Ayuntamiento de Ponte Caldelas y vistos así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y orden del Gobierno General de 2 de enero de 1937 así como los informes y actuaciones del expediente; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor que estima acertada la autoridad Militar acuerda sancionar con seis meses de suspensión de empleo y sueldo a contar del día de hoy al expedientado sin derecho al percibo de los haberes devengados desde que fue provisionalmente suspendido por la Autoridad Militar, debiéndosele comunicar esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Gobernador Militar de la plaza para constancia en aquella dependencia. ------ Folla: 34 7. Resolviendo expediente del Sobreguarda forestal Severino Mesías Freire. Visto el expediente instruido por la Presidencia de esta Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la Plaza en su comunicación de 3 de Enero de 1937 al Sobreguarda forestal del Servicio de esta Diputación Severino Mesías Freire, vecino de Figueirido, Ayuntamiento de Vilaboa y vistos así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y Orden del Gobierno General de 2 de Enero de 1937 así como los informes y actuaciones del expediente; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor, que estima acertada la Autoridad Militar, acuerda separar definitivamente del cargo al expedientado por haberse comprobado su ideología comunista y su actuación borrosa frente al Movimiento Nacional debiéndose comunicarle esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo a la Autoridad Militar de la Plaza para constancia en la Dependencia de aquel Gobierno Militar. ------ Folla: 34 8. Resolviendo expediente de los Peones Camineros José Veiro Guisande y David Martínez. Vistos los expedientes instruidos por la Presidencia de esta Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la Plaza en su comunicación de 3 de Enero de 1937 a José Veiro Guisande, vecino de Parada en el Ayuntamiento de Nigrán y David Martínez, vecino de Aldán en el Ayuntamiento de Cangas ambos Peones Camineros y vistos así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y Orden del Gobierno General de 2 de Enero de 1937, así como los informes y actuaciones de los expedientes; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor que estima acertada la Autoridad Militar acuerda separarles definitivamente de los cargos a los expedientados debiéndosele comunicar esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Gobierno Militar de la Plaza para constancia en aquella dependencia. ------ Folla: 34 9. Resolviendo expediente instruido al Ayudante de Repoblación D. Álvaro Gil Varela. Visto el expediente instruido por la Presidencia de esta Diputación en cumplimiento de lo ordenado por le Excmo. Señor Gobernador Militar de la plaza en su comunicación de 3 de Enero de 1937 a Don Álvaro Gil Varela, Ayudante del Servicio forestal de esta Diputación, vecino de esta Capital y vistos así mismo los Decretos número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y Orden del Gobierno General de 2 de Enero de 1937, así como los informes y actuaciones obrantes en el expediente, la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor, que estima acertada la Autoridad Militar de la Plaza, acuerda sancionar al expedientado Señor Varela, Don Álvaro, con dos años de suspensión de empleo y sueldo a partir del día de hoy y sin derecho al percibo de haberes desde que fue suspendido por la Autoridad Militar, debiéndosele comunicar esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Gobierno Militar para constancia en aquella dependencia. ------ Folla: 34 10. Resolviendo expediente al Médico D. Francisco López Pereira. Visto el expediente instruido por la Presidencia de esta Diputación en cumplimiento de lo ordenado por el Excmo. Señor Gobernador Militar de la plaza en su comunicación de 3 de Enero de 1937 a Don Francisco López Pereira, Médico de la Beneficencia provincial, vecino de esta Capital y vistos así mismo el Decreto número 108 de 13 de Septiembre de 1936 y Orden del Gobierno General de 2 de Enero de 1937 así como los informes y actuaciones obrantes en el expediente; la Comisión aceptando la propuesta del Señor Presidente como Juez Instructor, que estima acertada la Autoridad Militar acuerda, sancionar con la suspensión de empleo y sueldo a partir del día de hoy, de un año con pérdida de los haberes durante todo el tiempo en que ha estado suspendido como sometido a expediente, debiendo comunicársele esta resolución a los efectos reglamentarios procedentes y acusarse recibo al Gobierno Militar para constancia en aquella dependencia. Dejar sobre la Mesa informe de los Señores Diputados Franco Montes y Lino Sánchez sobre adquisición de objetos y documentos históricos que se hallan en posesión de los familiares del fallecido Cronista de esta provincia Señor Sampedro Folgar. ------ Folla: 34 11. Cese del Auxiliar Mecanógrafo Sr. Martín. Reintegrado a su puesto el funcionario movilizado Don Tomás Alonso, la comisión acuerda decretar el cese del Auxiliar Mecanógrafo Don Alfonso Martín Martín, que fuera nombrado por acuerdo de 22 de Septiembre de 1937 en virtud de oposición ya que en la misma resolución de nombramiento así como en la convocatoria para cubrir las plazas de Mecanógrafos se previno que el primero en cesar caso de que regresare algún movilizado sería el Señor Martín Martín, que obtuviera el número 2 de las plazas de Mecanógrafos y comuníquese este acuerdo a la Jefatura de cédulas para notificación al interesado y a la Intervención de fondos a los efectos procedentes. ------ Folla: 34 12. A informe oficio del Depositario pidiendo un Auxiliar. Pasar a informe de la Comisión de Gobernación y régimen interior oficio fecha 21 del actual del Señor Depositario interesando el nombramiento de un Auxiliar para aquella Dependencia con motivo del considerable aumento de facturaciones de cédulas con motivo de la cobranza de aquel impuesto. ------ Folla: 34,35 13. Nombramiento de Agentes Ejecutivos de cédulas. Designar a propuesta de la Caja de Ahorros Agentes Ejecutivos del impuesto de cédulas a Don José Estévez Soto, vecino del Ayuntamiento de Oia, Don Ramón Castro, vecino de Carbia; y Don Eduardo Torres del Valle y Don José López López, vecinos de esta Capital. ------ Folla: 35 14. Aprobando cuentas de cédulas de 1935 de Cerdedo, A Estrada y Forcarei. Prestar aprobación a las cuentas del período ejecutivo de cédulas del año 1935 y Ayuntamientos de Cerdedo, A Estrada y Forcarei rendidas por el Gestor Don Emilio Porto Souto pro hallarse debidamente justificadas las partidas de abono. ------ Folla: 35 15. Aprobando cuentas de cédulas de Baiona, Gondomar y Nigrán del año 1936. Prestar aprobación a las cuentas del período ejecutivo de cédulas del año 1936 y Ayuntamientos de Baiona, Gondomar y Nigrán rendidas por el Gestor Don Elías Toral Brea, por hallarse debidamente justificadas las partidas de abono. ------ Folla: 35 16. Aprobando cuentas de Lalín y Dozón de 1937. Prestar aprobación a las cuentas del período voluntario de cédulas del año 1937 y Ayuntamientos de Lalín y Dozón rendidas por la Caja de Ahorros provincial de las que resulta una cantidad recaudada en aquel período voluntario para el Ayuntamiento de Dozón de 2.693,83 pesetas con un ingreso en más de 321,39 y para el de Lalín una cantidad recaudada en período voluntario de 13.313,97 pesetas con un ingreso en más de 1.698,49. ------ Folla: 35 17. Pasando a informe de la Comisión respectiva cuentas de cédulas de varios Ayuntamientos. Pasar a informe de la Comisión de cédulas las cuentas de recaudación en período voluntario y año 1937 de Caldas y Portas que rinde el Gestor Don Manuel Alonso Fontán; los del mismo período y año de los Ayuntamientos de Mos y Cangas que rinde la Caja de Ahorros, las de igual período voluntario y mismo año 1937 de Lavadores formuladas por don Modesto Viso Fernández, así como escritos de los Gestores del Distrito de Caldas y Ayuntamiento de Rodeiro interesando prórroga para presentar los padrones de 1938 así como también la propuesta de reclamaciones por clasificación de cédulas referentes a Don Luis Feal Tocino vecino de Vigo; Don Rogelio Vázquez de Vilagarcía de Arousa; Doña Mercedes Bermúdez Coiros, vecina de Bayon en Vilagarcía y Don Luis Palacio Muñiz vecino de la misma ciudad de Vilagarcía. ------ Folla: 35 18. Disponiendo que el Servicio de cédulas compruebe en Hacienda relaciones juradas sobre embotellado de aguas. Disponer que por el Servicio de cédulas y arbitrios se comprueben en Hacienda las relaciones juradas presentadas por las entidades "Aguas de Mondariz" de Hijos de Peinador, S.A. y "Aguas de Mondariz Fuente del Val, S.A." a efectos del arbitrio provincial sobre embotellado de aguas minerales. Dejar sobe la Mesa reclamación promovida por D. Rafael Ruibal Leirós vecino de Mondariz contra la base que se le fija por producción de energía hidroeléctrica. ------ Folla: 35 19. Declarando lesivo el acuerdo concediendo pensión a Doña María de los Desamparados Pérez y Doña Eladia Vázquez de López. Dado cuenta de los informes emitidos por la Intervención y la Asesoría Jurídica, en cumplimiento de la providencia que dictó el Señor Presidente en 28 de Octubre último y resultando que la sesión celebrada por la Comisión Gestora de esta Diputación en 3 de julio de 1935, se otorgaron pensiones de viudedad a favor de Doña María de los Desamparados Pérez y Doña Eladia Vázquez de López, en cuantía equivalente al 50% del sueldo regulador, vulnerando los preceptos del Reglamento de funcionarios provinciales, aprobado por el Pleno de la Diputación en 30 de junio de 1925, y causando un notorio perjuicio a los intereses económicos de este organismo, se acuerda, aceptando el informe de la Asesoría Jurídica, declarar lesivo el citado acuerdo de 3 de julio de 1935 y solicitar su revisión en la vía contencioso administrativa, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 2º y 7º párrafo último de la Ley de 22 de junio de 1894 y articulo 15 del Reglamento de igual fecha dictado para su aplicación a fin de que se reduzcan las indicadas pensiones al 25% del sueldo regulador con devolución de lo indebidamente percibido por los interesados. A este efecto, se faculta a la Presidencia para que otorgue poder a favor de Procuradores que representen a esta Diputación, si lo estimase oportuno, y se encomienda al Asesor Jurídico D. José García Vidal, la dirección del recurso. ------ Folla: 35 20. Accediendo a la variante del trazado del camino vecinal número 139 de Pontevedra al límite de Covelo. Aceptar informe de los Diputados designados en sesión de 12 del actual referente a variante pedida por el Ayuntamiento de A Lama en el arranque del camino vecinal número 139 primera sección de la carretera de Pontevedra al límite a Covelo que dice así: "Informe. Antecedentes - El camino tal como fue proyectado arranca de la carretera de Pontevedra al límite de Antas y la variación que se pide arranca en la misma carretera, pero no en Antas, sino en Puente Verdugo. En el Plan de caminos vecinales publicado en el Boletín Oficial de 29 de Octubre de 1926, figura este camino arrancando de la carretera de Pontevedra al límite, sin expresar punto fijo de arranque, razón por la que este punto debe fijarse ateniéndose a las condiciones del terreno, a los mejores servicios que preste localmente y al tránsito general, atendiendo al propio tiempo al mejor coste. Variación del punto de arranque. Con el arranque en Puente Verdugo no hace falta construir un puente de importancia y elevado coste sobre el río Verdugo, pues se utiliza el ya construido por el Ayuntamiento de A Lama con subvenciones de la diputación, que está en excelentes condiciones. Se sirve a los lugares intermedios aislados como el Peso y Carrizales y en el primitivo trazado, no se pasaba por ningún lugar ni caserío. Y por último, es el camino más directo y más corte entre la parroquia de Covelo y la Capital del Municipio (A Lama) así como también con la Capital de la provincia. Conclusión -. Por las expresadas razones creemos debe accederse a la variación solicitada por el Ayuntamiento de A Lama y que el punto de partida al ejecutar el replanteo previo debe ser el Puente Verdugo". ------ Folla: 35 21. Informando reclamación de D. Álvaro Pintos Fonseca, que reclama contra el presupuesto de 1938. Vista la reclamación formulada por el funcionario provincial Don Álvaro Pintos Fonseca, contra el presupuesto confeccionado por esta Diputación para el ejercicio de 1938 por no comprenderse en él un aumento de sueldo que estima le corresponde y que para tramite de informe remite el Excmo. Señor Gobernador Civil de la provincia; se acuerda evacuarlo en el sentido de que es cierto que se acordó un aumento de sueldo por la anterior Gestora a favor de casi todos los empleados provinciales, los cuales renunciaron a su aumento en escrito presentando antes de aprobarse los presupuestos para 1937; que es cierto también que entonces después de firmar ese escrito, el Señor Pintos Fonseca, debido seguramente a estar alejado del destino por la suspensión, que en su instancia indica, pero esa suspensión no le impedía el haber reclamando que no aumentasen su sueldo en aquel presupuesto, por lo cual al no haberlo hecho, debe considerársele como un abandono de su derecho o solidarización con sus compañeros. En la actualidad no se cree por tanto, que tenga derecho a pedir aquel aumento, pero en todo caso debe hacerlo en la vía contencioso administrativa, a quien compete conocer estos recursos con arreglo a lo dispuesto en el apartado C) del articulo 8º, e igual apartado del articulo 9º del Decreto de 4 de Diciembre de 1931. Se levantó la sesión. ------

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