Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1943-11-26_Ordinaria. Acta de sesión 1943/11/26_Ordinaria
Acta de sesión 1943/11/26_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.168/1.1943-11-26_Ordinaria
Título Acta de sesión 1943/11/26_Ordinaria
Data(s) 1943-11-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 32 1. Presidencia por Don Rafael Picó Cañeque y con asistencia del Vicepresidente Sr. Fontoira Peón y los Vocales Sres. Anabitarte Romero, Alcántara Fernández; García Señoráns, González Babé y Peláez Merino, celebra sesión la Comisión Gestora de esta Excma. Diputación siendo las dieciséis horas y treinta minutos del día de hoy veintiséis de Noviembre de mil novecientos cuarenta y tres y leída el acta de la sesión anterior que corresponde a 18 del actual, por unanimidad ha sido aprobada. Actúa como Secretario el Letrado Asesor y Jefe de Sección de esta Corporación D. José García Vidal. Seguidamente se procede al despacho de los asuntos incluidos en la Orden del día y se adoptan los acuerdos siguientes. ------ Folla: 32 2. Elevando al Depositario el sueldo a 13.000 pesetas. Diose cuenta de instancia producida por D. José Pita Cobián, Depositario de fondos de esta Diputación exponiendo que se considera perjudicado por la desproporción entre las categorías administrativas y los sueldos a ellas asignados, por lo que invoca el articulo 4º de la Orden Ministerial de 15 de Septiembre de 1943 y suplica que desde 1º de octubre del corriente año se le asigne sueldo superior a cualquier otro funcionario administrativo y que guarde relación con los de Secretario e Interventor y visto el informe que emite la Asesoría Jurídica, estimando que el interesado tiene derecho a que se le apliquen los beneficios derivados de la disposición citada, consignando en su dictamen que el sueldo actual de un Jefe de Sección es de 11.400 pesetas y el del Depositario de 11.000 pesetas; la Comisión acuerda acceder a lo solicitado por el Sr. Pita y disponer que a partir de la fecha indicada se le reconozca el derecho al percibo de 13.000 pesetas anuales; debiendo satisfacerse la diferencia contra la consignación del Capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 32,33 3. Informe de Asesoría sobre pleito interpuesto por Don Antonio Jar Dobarro. Diose cuenta de dictamen de la Asesoría Jurídica que dice así: "El Tribunal Contencioso Administrativo Provincial de Pontevedra, en sentencia de 16 de agosto último, ha estimado en parte la demanda entablada contra esta Diputación por D. Antonio Jar Dobarro, ex - Gestor de cédulas personales de cuya resolución se ido cuenta a esta Comisión Gestora en sesión de 27 de agosto pasado. Contra ella se interpuso recurso de alzada par ala Sala Tercera del Tribunal Supremo por el Ministerio Fiscal y también por esta Corporación con su carácter de coadyuvante que oportunamente se personó; pero según resulta del testimonio adjunto aquel alto Tribunal tuvo por apartado y desistido del recurso al Sr. Fiscal de la Jurisdicción y con ello, a esta Diputación que no puede accionar sin aquel, en concepto de coadyuvante. Procede pues acatar la sentencia pasando el testimonio de la parte dispositiva con el expediente administrativo al Sr. Interventor para su cumplimiento. La Comisión acuerda resolver conforme a lo informado por la Asesoría Jurídica, cumplimentando este acuerdo en la forma que también propone. ------ Folla: 33 4. Abono a la Administración del Gran Hospital. Prestar aprobación y declarar de abono de conformidad con lo informado por el Diputado Delegado y la Intervención de fondos la justificación del libramiento nº 417 de 10 de abril último que presenta la Administración del Hospital; debiendo satisfacerse la diferencia a favor de aquel Establecimiento que es de 1.948,45 pesetas contra la consignación del Capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 33 5. Abono a la Administración del Gran Hospital. Prestar aprobación y declarar de abono de conformidad con lo informado por el Diputado - Delegado y la Intervención de fondos la justificación de los libramientos números 284, 959 y 1.050, extendidos por la suma de 73.712,27 pesetas, y disponer se libre a favor del Hospital la diferencia pagada en menos según la justificación que se acompaña que es de 2.908,76 pesetas, que se satisfará contra la consignación del Capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 33 6. Cuenta de Don Eduardo Dios Blanco que se aprueba. Prestar aprobación y declarar de abono a D. Eduardo Dios Blanco, por desmonte de la caldera de calefacción y su reparación su cuenta cuyo importe de 375 pesetas se librará contra la consignación del Capitulo VI articulo 4º 27 de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 33 7. Cuenta de D. Julio Antunez. Aprobar y declarar de abono la cuenta que produce D. Julio Antunez por material de oficina servido a esta Diputación; debiendo librarse su importe de 306,30 pesetas contra la consignación del Capitulo VI articulo 4º - 12 de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 33 8. Cuenta de Almacenes Simeón por útiles para las habitaciones del Gobernador. Prestar aprobación y declarar de abono con cargo al Capitulo "Resultas" del presupuesto venidero, la factura que produce la Casa "Almacenes Simeón" por 12 toallas servidas para las habitaciones particulares del Excmo. Sr. Gobernador Civil y cuyo importe es de 88,20 pesetas. ------ Folla: 33 9. Abono de teléfonos. Prestar aprobación y declarar de abono con cargo al Capitulo "Resultas" del presupuesto venidero, la factura que produce la Casa "Almacenes Simeón" por 12 toallas servidas para las habitaciones particulares del Excmo. Sr. Gobernador Civil y cuyo importe es de 88,20 ptas. ------ Folla: 33 10. Suministro energía eléctrica. Prestar aprobación y declarar de abono los recibos de suministro de energía eléctrica durante el mes de octubre último que produce la Sociedad General Gallega de Electricidad; debiendo librarse su total importe de 243,22 pesetas contra la consignación del Capitulo VI, articulo 4º - 19 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 33 11. Sobre cobro en ejecutivas de cédulas de 1938 al 1942 que informan la Intervención y la Asesoría. La Caja de Ahorros Provincial en oficio de 30 de octubre último dice a esta Presidencia lo siguiente: "Cumpliendo acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de esta Caja, en sesión celebrada el día 21 de los corrientes, tengo el honor de elevar a esa Excma. Comisión Gestora la siguiente consulta "Si después de las disposiciones dictadas por el Poder Central acerca de la supresión del Impuesto de Cédulas Personales, puede esta Institución proceder al cobro en recaudación ejecutiva del papel atrasado correspondiente a los años d e1938 al 1942, inclusives; y si en el caso de que tal recaudación no pudiese llevarse a efecto, procede anular los valores antes indicados". Pasado el anterior oficio a informe del Sr. Interventor y Asesoría Jurídica, lo emiten en los siguientes términos: A la Excma. Comisión Gestora: Habiéndose trasladado a esta Dependencia para informe una consulta elevada al Sr. Presidente de esta Excma. Diputación por el Director de la Caja de Ahorros Provincial el día 30 de octubre pasado, sorbe si podía dicha Institución proceder al cobro, en recaudación ejecutiva del papel atrasado correspondiente a los años 1938 al 1942, inclusives después de publicada la Ley que decreta la supresión del Impuesto de Cédulas personales, esta Intervención informa: Que no se opone a ello el menor reparo, ya que ni la Ley de 19 de enero del corriente año ni los demás preceptos legales de pertinente aplicación dan base para una respuesta negativa, antes bien la citada Ley deja subsistente la acción administrativa de las Diputaciones durante el plazo de 5 años para investigar, liquidar y recaudar las cuotas pendientes de cédulas correspondientes a ejercicios cuya cobranza general cerca de los contribuyentes hubiese sido iniciada por la Corporación antes de 1º de enero de este año. Lo que tengo el honor de poner en conocimiento de la Excma. Comisión Gestora, Pontevedra a 18 de Noviembre de 1943. El Interventor Firmado y rubricado. Ramón Lorente. Conforme con el precedente dictamen de la Intervención. Pontevedra 18 de Noviembre de 1943. El Asesor Jurídica. Firmado y rubricado. José García Vidal. La Comisión acordó resolver de absoluta conformidad con lo informado por los Sres. Interventor y Asesor Jurídico en este asunto. ------ Folla: 33 12. Se pasan a la Comisión de Presupuestos bases que formula la Intervención para aplicación del Presupuesto de 1944. Se acuerda pasar a la Comisión de Presupuestos las Bases que formula la Intervención de Fondos de esta Diputación para aplicación del Presupuesto de 1944. ------ Folla: 33,34 13. Propuesta de Intervención sobre el Inventario. Diose cuenta de propuesta de la Intervención que dice así: "Para cumplimiento de lo que previene el apartado 6º del articulo 45 del Reglamento de Funcionarios y Subalternos provinciales de 2 de Noviembre de 1925 a fin de proceder a la formación del Inventario descriptivo de los bienes, valores y derechos de la Corporación y sus rectificaciones anuales, rogando a la Comisión tenga a bien ordenar que por los Jefes de las distintas Dependencias de esta Diputación me sean enviados los inventarios de los bienes que administran. Así mismo, siendo de legítima pertenencia de esta Corporación los muebles y demás enseres que usa el Excmo. Sr. Gobernador Civil de esta provincia, ruego que por la Comisión especial con facultades para ello, se proceda a relacionar los bienes a que se hace referencia enviándose la correspondiente nota, para así, poseyendo todos los inventarios parciales, poder formar el general de la Corporación". La Comisión resolvió de conformidad con lo propuesto por el Sr. Interventor y que se comunique a los jefes de Dependencia y Comisión aludida, para su cumplimiento. ------ Folla: 34,35 14. Aprobando cuentas de cédulas. De conformidad con la propuesta de la Ponencia, se acuerda prestar aprobación a las cuentas de cédulas personales correspondientes a los Ayuntamientos, años y períodos que a continuación se relacionan, rendidas por el Gestor D. Herberto Blanco Rodríguez. Período voluntario. 1934. Pazos de Borbén. 1935. Pazos de Borbén, Mos, Fornelos de Montes y Redondela. Período ejecutivo. 1932. Redondela y Soutomaior. 1933. Redondela, Fornelos, Mos, Pazos y Soutomaior. 1934. Redondela, Fornelos, Mos y Soutomaior. 1935. Soutomaior. 1936. Redondela, Fornelos, Mos, Pazos y Soutomaior. Dado cuenta de escrito del Sr. Interventor referente a la conveniencia de aprobar lo más rápidamente posible las cuentas de recaudación que han sido informadas por la Intervención; la Comisión Gestora acuerda quedar enterada y seguidamente examinadas las cuentas a que se refiere dicho escrito se acordó aprobarlas de conformidad con la propuesta de la Ponencia, las correspondientes a los Ayuntamientos, años y períodos que a continuación se relacionan, rendidas por la Caja de Ahorros Provincial. Período ejecutivo. Año 1934. Xeve, Tui, Cangas, Bueu, Vilaboa, Moaña, Marín, Redondela, Fornelos, Mos y Soutomaior. Período ejecutivo. Año 1935. O Porriño y Tui. Período ejecutivo. Año 1936. Moaña, Bueu, Marín, O Porriño, O Rosal, Xeve, Poio, Vilaboa, Cangas, Pazos de Borbén, Redondela, Fornelos, Mos y Soutomaior. Período ejecutivo. Año 1937. Pontevedra y Vilagarcía. Período ejecutivo. Año 1941 Arbo, Barro, Baiona, Bueu, Caldas, Cambados, Campo Lameiro, Cangas, A Cañiza, Catoira, Cerdedo, Cotobade, Covelo, Crecente, Cuntis, Dozón, A Estrada, Forcarei, Fornelos, Xeve, A Golada, Gondomar, O Grove, A Guarda, Lalín, A Lama, Lavadores, Marín, Meaño, Moaña, Mondariz, Moraña, Mos, As Neves, Nigrán, Oia, Pazos de Borbén, Pontevedra, Portas, O Porriño, Poio, Ponteareas, Ponte Caldelas, Pontecesures, Ponte Sampaio, Redondela, Rodeiro, O Rosal, Salceda, Salvaterra, Sanxenxo, Silleda, Soutomario, Tomiño, Tui, Valga, Vigo, Vilaboa, Vilagarcía de Arousa y Vilanova de Arousa. Y con el fin de liquidar lo más rápidamente posible la gestión de la Caja de Ahorros, como recaudadora del impuesto de cédulas personales, la Intervención deberá formular a ser posible para la sesión próxima un estado comprensivo de las cuentas rendidas por la Caja desde que dio comienzo su gestión de las aprobadas por esta Comisión Gestora y de las que se hallan pendientes de formular por aquella Institución recaudadora. También se acuerda prestar aprobación a las cuentas de cédulas personales correspondientes a los años, Ayuntamientos y períodos que a continuación se relacionan, rendidas por el Gestor D. César Martínez Pereiro, informadas sin reparo alguno por la Ponencia, toda vez que el 80% que como mínimo debía ingresar en el período voluntario ha sido cubierto y que las cantidades recaudadas fueron ingresadas en la Caja de fondos provinciales mediante las oportunas cartas de pago. Período ejecutivo. 1934. Marín. 1935. Marín, Cangas, Pontevedra, Xeve, Bueu, Moaña, Poio y Vilaboa. 1936. Marín, Cangas, Xeve, Bueu, Moaña, Poio y Vilaboa. Se acuerda prestar aprobación a las cuentas de cédulas personales correspondientes a las cuentas de cédulas personales, correspondientes a los años, Ayuntamientos y períodos que a continuación se relacionan rendidas por el Gestor D. Victorino Álvarez Orduña, informadas sin reparo alguno por la Ponencia. Período ejecutivo. 1934. A Guarda y Tui. 1935. A Guarda, Tui, Salceda y O Porriño. 1936. A Guarda, Tui, Salceda, Oia, O Porriño, O Rosal y Tomiño. Prestar igualmente aprobación a las cuentas de cédulas personales correspondientes a los años, Ayuntamientos y períodos que a continuación se relacionan informadas sin reparo alguno por la Ponencia y de cuya recaudación es Gestor D. Manuel Alonso Fontán. Período ejecutivo. Barro. 1931 - 1933 - 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. Caldas. 1933 - 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. Campo. 1933 - 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. Catoira. 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. Cuntis. 1933 - 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. Portas. 1931 - 1933 - 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. Pontecesures. 1931 - 1932 - 1933 - 1934 - 1936 - 1937 - 1938 y 1935. Valga. 1931 - 1932 - 1933 - 1934 - 1935 - 1936 - 1937 y 1938. De conformidad con la propuesta de la Ponencia se acuerda prestar aprobación a las cuentas de cédulas personales correspondientes a los Ayuntamientos, años y períodos que a continuación se relacionan, rendidas por el Gestor Cajas de Ahorros Provincial. Período ejecutivo. 1937. Bueu, O Grove, A Lama y Tui. 1938. O Grove. 1939. Forcarei. ------ Folla: 35 15. Propuesta de Intervención sobre aportación forzosa y forma de liquidar con el negligente ayuntamiento de Tui. Diose cuenta de escrito del Sr. Interventor de fondos que dice así: "A la Excma. Comisión Gestora: Siendo propósito de esta Intervención, intensificar la acción recaudatoria para en la medida de lo posible nivelarse en la percepción de los ingresos que constituyen la Hacienda provincial acomete hoy la tarea de liquidar los atrasos que en concepto de "aportación forzosa" adeudan a esta Diputación los Ayuntamientos de la provincia. En una reunión de alcaldes celebrada en 21 de octubre del año 1938, convocados por el Sr. Presidente de la Comisión Gestora, se convino el modo de enjugar los débitos por parte de los Ayuntamientos deudores acordándose también que por la Intervención de fondos se formulase en los plazos comprensivos de moratorias en los casos que excederán del ejercicio económico del año 1939. Como en la fecha en que tuvo lugar la reunión a que se hace referencia no pudo formularse por el Interventor de entonces el dictamen solicitado debido a imposibilidad física por enfermedad del funcionario me dirijo hoy a la Excma. Comisión Gestora formulando el informe entonces omitido, proponiendo para el Ayuntamiento de Tui una serie de medidas coercitivas conducentes a saldar su deuda con nuestra Diputación. Propuesto el Sr. Alcalde de Tui, en aquella reunión una moratoria de diez años que fue aceptada en principio para satisfacer sus atrasos y que debía contase a partir de 1º de enero de 1939. Como dicho Ayuntamiento se destaca como el más negligente de la provincia, y toda vez que no se formuló el informe que se requería del Interventor en el que figurarían las anualidades para amortización del descubierto por "aportación forzosa", es por lo que hoy me dirijo a la Excma. Corporación provincial proponiendo se obligue al aludido Ayuntamiento a saldar su deuda en diez anualidades o entregas, comprensivas cada una, de una décima parte de la deuda total, descontando, claro está, los abonos hechos en su cuenta respectiva de los ingresos realizados por al Delegación Provincial de Hacienda, que se aplicarán a saldar los débitos más atrasados. Se le deberá exigir, por tanto, la inmediata entrega de cinco anualidades correspondientes a los cinco años ya transcurridos, restándole los abonos procedentes. Y en años sucesivos hasta el 1949, el importe de una anualidad por ejercicio económico. No de otro modo podría aceptarse el cumplimiento de la obligación en el plazo de los diez años, ya que, de no ser así, dicho Ayuntamiento se vería imposibilitado para cumplir sus compromisos, cayendo en un verdadero estado de suspensión de pagos". La Comisión resolvió de conformidad con la presente propuesta de Intervención y que por esta se formalice la moratoria con el Ayuntamiento de Tui. ------ Folla: 35 16. Propuesta aprobada de reparación de carreteras provinciales. Vista la propuesta de reparación de carreteras provinciales para el año 1944, numeradas por orden de prelación atendiendo al estado de su superficie de rodadura y a la importancia de su circulación que formula en unión del plano de la provincia con las carreteras provinciales en rojo, la Dirección de Vías y Obras, esta Comisión acuerda prestar aprobación a dicho presupuesto que importa 412.358,74 pesetas con cargo al presupuesto provincial y 717.960,67 pesetas con cargo al 75% si lo autoriza la Dirección General de Caminos para estas reparaciones. ------ Folla: 35 17. Proyecto modificado de precios del trozo 2º del c.v. nº 236. Se acuerda prestar aprobación al proyecto modificado de precios del trozo 2º del camino vecinal número 236 de la carretera de Pontevedra a O Grove, a A Lanzada que importa 46.344,51 pesetas, de las que corresponde abonar a esta Diputación con cargo a fondos del Estado 20.518,04 pesetas y el resto a la Entidad peticionaria que es el Ayuntamiento de Sanxenxo, el cual ha mostrado su conformidad, según certificación que también se une. ------ Folla: 35 18. Permisos para extraer piedra. Vistas las instancias producidas por Teodoro Monteagudo Fariña, vecino de Xeve, Dolores Corujeira Sanmiguel de Pazos de Borbén y Juan Paulos Calvo de Vilagarcía de Arousa interesando permiso para extraer piedra en montes de la Repoblación, la Comisión acuerda conceder las autorizaciones solicitadas previo el cumplimiento de las condiciones que señala en su informe el Ingeniero Director del Servicio de Repoblación. ------ Folla: 35,36 19. Cuentas de Repoblación. Aprobar y declarar de abono las cuentas que a continuación se detallan del Servicio Forestal correspondientes al mes de Noviembre actual y que han sido informadas favorablemente por la Intervención; debiendo satisfacerse todas, contra la consignación del Capitulo XIII, articulo 2º del presupuesto: Material topográfico ................................... 253,75 ptas. Transportes ............................................... 219,15 " Semovientes ............................................. 12,00 " Gastos menores de la Zona V ..................... 32,00 " Gastos en la propuesta de cerramientos ......3.042,00 " ------ Folla: 36 20. Aprobando certificación destajo de un camino forestal. Prestar aprobación a la certificación número 2 del segundo destajo del camino forestal del Monasterio de Poio al monte Castrove de la que resulta a favor del destajista D. Domingo González Borlido la cantidad de 4.917,60 pesetas que deberán librarse contra la consignación del Capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 36 21. Gastos de conservación de forestal de 1941. Vista la cuenta que formula el Servicio Forestal de esta Diputación de los gastos de conservación realizados en los trimestres 1º, 2º, 3º y 4º del año de 1941 y el informe de la Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de conservación ocasionados en el año 1941 por importe de 86.064,79 pesetas y comprobados con los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año, las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora, esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno". La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 36 22. Gastos locomoción de Repoblación. Vista la cuenta de gastos de locomoción correspondiente a los trimestres 1º, 2º, 3º y 4º del año 1941, que rinde el Servicio de Repoblación Forestal, y el informe de la Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de locomoción ocasionados en el año 1941, por importe de 23.531,30 pesetas y comprobado con los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año, las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora, esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno". La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 36 23. Gastos de atenciones generales de Repoblación. Vista la cuenta que formula el Servicio Forestal de esta Diputación de los gastos de atenciones generales realizados en los trimestres 1º, 2º, 3º y 4º del año 1941 que rinde el Servicio de Repoblación Forestal y el informe de la Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de atenciones generales ocasionados en el año 1941 por importe de 93.997,53 pesetas y comprobados con los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año, las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora; esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle, por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno". La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 36 24. Gastos de conservación de Repoblación de 1942. Vista la cuenta que formula el Servicio Forestal de esta Diputación de los gastos de conservación realizados en los trimestres 1º, 2º, 3º y 4º del año 1942, que rinde el Servicio de Repoblación Forestal y el informe de la Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de conservación del año 1942 por importe de 89.385,58 pesetas y comprobadas con los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año, las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora, esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno". La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 36 25. Atenciones generales de Repoblación de 1942. Vista la cuenta que formula el Servicio Forestal de esta Diputación de las cantidades invertidas en atenciones generales en los trimestres 1º, 2º, 3º, y 4º del año 1942, y el informe de Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de atenciones generales ocasionados en el año 1942 por importe de 76.360 pesetas y comprobados con los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora, esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno". La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 36 26. Locomoción de Repoblación de 1942. Vista la cuenta que formula el Servicio Forestal de esta Diputación de los gastos de locomoción realizados en los trimestres 1º, 2º, 3º, y 4º del año 1942 y el informe de la Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de locomoción ocasionados en el año 1942, por importe de 41.534,20 pesetas y comprobados los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año, las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora; esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno", La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 36,37 27. Adquisición de caballos para Repoblación. Vista la cuenta que formula el Servicio Forestal de esta Diputación por gastos invertidos en la adquisición de caballos durante los trimestres 1º, 2º, 3º y 4º de 1942 y el informe de la Intervención que dice así: "Examinada la adjunta cuenta del Servicio Forestal correspondiente a los gastos de adquisición de caballos ocasionados en el año 1942, por importe de 15.698,53 ptas y comprobado con los libramientos extendidos por esta Intervención de mi cargo en el citado año, las cuales ya han sido previamente aprobadas por la Comisión Gestora; esta Intervención no encuentra reparo alguno que oponerle, por lo que puede V.E. prestarle su aprobación si lo estima oportuno". La Comisión Gestora acordó resolver de conformidad con la propuesta transcrita. ------ Folla: 37 28. Sobre aclareo y limpieza en las masas forestales. Quedar enterada de oficios números 1.158 y 1.159 del Servicio de Repoblación Forestal trasladando escrito del Ingeniero Director del Servicio de esta Diputación que se dirigió al Ingeniero Jefe de la Zona Norte sobre operaciones de aclareo y limpieza en las masas forestales de esta Diputación y sobre la extraordinaria invasión de "procesionaria" en los montes repoblados. ------ Folla: 37 29. Cuenta de Evaristo Paredes. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta que produce la Imprenta - Librería de D. Evaristo Paredes Valdés por material de oficina suministrado a esta Diputación y cuyo importe de 123,80 pesetas se librará del Capitulo 6º, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 37 30. Gastos de reparación del c.v. nº 6. Prestar aprobación y declarar de abono la relación de gastos que formula la Depositaría, de los ocasionados en la reparación del camino vecinal nº 6 de Marcón a la Reigosa y que justifica el libramiento nº 540 extendido en 20 de mayo pasado, debiendo satisfacerse su importe, según informa la Intervención contra la consignación del Capitulo XI, articulo 3º por igual cantidad a la librada que es la de 1.800,70 pesetas. ------ Folla: 37 31. Gastos menores suplidos por Depositaría. Prestar aprobación y declarar de abono la relación de gastos menores satisfechos por la Depositaría en el tercer trimestre del corriente año cuyo importe es de 528,78 pesetas, se librará del Capitulo VI, articulo 4º de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 37 32. Recibos suplidos por Depositaría. Prestar aprobación y declarar de abono la relación de recibos satisfechos por la Depositaría, en adquisición de leña para la calefacción de este Palacio provincial en los meses de octubre y noviembre y cuyo importe de 456,90 pesetas se librará del Capitulo VI, articulo 4º del vigente presupuesto. ------ Folla: 37 33. Facturas satisfechas por Depositaría. Aprobar y declarar de abono la relación de facturas satisfechas por la Depositaría de los meses de junio, septiembre y noviembre, por el cupo de jabón correspondiente a esta Diputación cuyo importe de 80,25 pesetas se librará con cargo al Capitulo XI, articulo 10-23 de la parte de gastos del presupuesto vigente. ------ Folla: 37 34. Socorros concedidos por la Presidencia. Aprobar y declarar de abono la relación de socorros concedidos por la Presidencia y satisfechos por la Depositaría justificativos del libramiento nº 1.219 de 22 de octubre último y como el importe del mismo que era de 6.000 pesetas hay una diferencia en menos de 980 pesetas, deberán librarse estas a la orden del Depositario contra la consignación del capitulo VIII, articulo 4º del presupuesto vigente. ------ Folla: 37 35. Concediendo la beca "José Antonio Primo de Rivera" para estudios superiores a Don Carlos Otero Suárez. Aceptando propuesta del Tribunal del concurso de becas para estudios superiores que se formuló por unanimidad; se acuerda adjudicar la beca denominada "José Antonio Primo de Rivera" a Don Carlos Otero Suárez para cursar los estudios de la carrera de Ciencias Químicas en la Universidad de Santiago, cuya beca esta dotada en presupuesto con la cantidad anual de 3.600 pesetas. También se resuelve a propuesta del mismo Tribunal, adjudicar la beca creada que se denominará "José Calvo Sotelo" a la Sta. Aurora Carballido Estévez que se propone igualmente realizar estudios superiores, entendiendo que la consignación de esta beca, no se hará efectiva hasta el presupuesto de 1944; debiendo esta becaria comunicar a la Presidencia, la clase de estudios que proyecta llevar a cabo y el Centro donde los acreditará. ------ Folla: 37 36. Nombramientos de subalternos del Gran Hospital. Se da cuenta de la lista de aspirantes aprobados en el concurso - oposición para cubrir las plazas de subalternos del Gran Hospital Provincial, celebrado los días 21 y 22 de septiembre último y que remite el Presidente del Tribunal, Diputado - Delegado del Gran Hospital. Y de conformidad con la propuesta se acuerda designar a los concursantes que a continuación se expresan para las plazas que también se indican: Portero 2º .................................................. D. Gumersindo Pérez Fuentes. Enfermero - Ordenanza ............................... D. Raúl Valle Valderrama. Mecánico ..................................................... D. Juan Tilve Durán. Enfermero ................................................... D. José Dorado Tato. idem .................................................... D. Julio Quiñones Muiños. idem .................................................... D. Ramiro Almón Barros. idem ..................................................... D. Ricardo Villaverde Aboal. idem ..................................................... D. Jesús Crespo García. idem .................................................... D. Juan Martínez García. idem ...................................................... D. Antonio Casas Pousada. idem ..................................................... D. Enrique Guiance. idem ...................................................... D. Antonio de la Torre Cortés. idem ..................................................... D. Enrique Pintos Méndez. ------ Folla: 37 37. Nombrando interinamente a los que se determinan subalternos del Hospital y desestimando reclamaciones contra los ejercicios del concurso - oposición. También se acuerda que las tres plazas de enfermeros que han quedado por cubrir en estos ejercicios, las ocupen provisionalmente los interinos, que teniendo más servicios de esta clase, carezcan de notas desfavorables en el cumplimiento de sus deberes, según propone el mismo Tribunal. Y, por último la Comisión resuelve no ha lugar a conocer de las reclamaciones formuladas contra estos ejercicios. ------ Folla: 37,38 38. Becas en el Colegio de A Guarda. A propuesta del Rector del Colegio de la Compañía de Jesús, establecido en A Guarda, Rvdo. Padre Pablo pardo S.J.; se acuerda prestar aprobación a las bases para adjudicación de las becas creadas por esta Diputación al fin de fomentar las vocaciones sacerdotales y religiosas que dicen así: Bases 1ª. Las referidas "Becas" se adjudicarán mediante concurso - oposición celebrado en el Colegio en los primeros meses de curso, a los alumnos que hayan demostrado más capacidad intelectual y mayores aptitudes para la vocación a que están destinados. 2ª. Los concursantes han de ser naturales de la provincia de Pontevedra y una vez obtenidas las disfrutarán durante todos sus estudios. Suspendidos estos, por alguna causa, saldrán de nuevo las "Becas" a concurso, previo aviso a esta Corporación. 3ª. En igualdad de circunstancias serán siempre preferidos en la elección los hijos de las familias modestas que deseando hacer sus estudios en nuestro Colegio se vena en la imposibilidad de hacerlo por carecer de los medios económicos necesarios. 4ª. Las "Becas" se adjudicarán a propuesta y los alumnos agraciados se comprometerán a rogar a Dios por la prosperidad de esa Excma. Diputación. ------ Folla: 38 39. Cuentas de Repoblación de julio a octubre por gastos generales. Prestar aprobación a las cuentas de Repoblación que quedarán pendientes en sesión de 3 del actual del dictamen de la Ponencia, por gastos generales de los meses de Julio a Octubre importantes 400 pesetas que se librarán del Capitulo XIII, articulo 2º de la parte de gastos del presupuesto y las de material topográfico del mes de octubre cuyo importe es de 567,60 pesetas que se satisfarán con cargo a la consignación del Capitulo XIII articulo 12 de la misma ordenación económica. ------ Folla: 38 40. Locomoción de Repoblación. Aprobar y declarar de abono las cuentas de gastos de locomoción de los Sres. Ingenieros y Director y Auxiliar del Servicio de Repoblación que quedarán pendientes de dictamen de la Ponencia en sesión de 3 del actual y cuyo importe de 897,30 y 318,40 pesetas respectivamente se librarán contra la consignación del Capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 38 41. Donativo de Navidad. Autorizar al Sr. Presidente para que con motivo de la fiesta de Navidad conceda donativos a las Instituciones, Centros o personas que estime pertinentes hasta la cuantía de 2.500 pesetas que se librarán contra la consignación de imprevistos del vigente presupuesto de gastos. ------ Folla: 38 42. Donativo de Navidad. La Comisión acuerda contribuir con 12.500 pesetas a la suscripción abierta por el Excmo. Sr. Gobernador Civil en favor de las Navidades de los niños; debiendo librarse esta cantidad contra la consignación de imprevistos del vigente presupuesto de gastos. ------ Folla: 38 43. Abono a la Casa Cros. Se acuerda girar a la Sociedad A. Cros, Delegación de A Coruña, la cantidad d e2.840 pesetas, para pago de los 10.000 kilogramos de superfosfatos adjudicados a esta Diputación por la Comisaría de Recursos para las necesidades de la misma; debiendo librarse dicha cantidad contra la consignación del capitulo articulo de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. Se levantó la sesión. ------
Ãrea de notas
Nota