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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1946-04-22_Ordinaria. Acta de sesión 1946/04/22_Ordinaria
Acta de sesión 1946/04/22_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.170/1.1946-04-22_Ordinaria
Título Acta de sesión 1946/04/22_Ordinaria
Data(s) 1946-04-22 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 26 1. Presidida por Don Rafael Picó Cañeque y con asistencia del Vicepresidente Sr. Fontoira Peón y Vocales Diputados Sres. Peláez Merino y García Señoráns celebra sesión la Comisión Gestora de esta Excma. Diputación Provincial siendo las once del día de hoy veintidós de abril de mil novecientos cuarenta y seis y leída el acta de la anterior por unanimidad es aprobada. Asisten también el Interventor Sr. Lorente Sanjurjo y da fé del acto el Secretario de la Corporación Sr. Posse García. Abierta la sesión, se adoptan los acuerdos siguientes. ------ Folla: 26,27 2. Aprobar y declarar de abono cuenta de estancias en el Manicomio de Conjo del mes de Febrero. Prestar aprobación y declarar de abono contra la consignación del Capitulo VIII, articulo 5º - 93 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente, la cuenta de estancias causadas en el Manicomio de Conjo durante el mes de Febrero último que asciende a 21.736 pesetas. ------ Folla: 27 3. Aprobar y declarar de abono nómina de estancias causadas en el Tribunal de Menores de esta Capital, meses de Febrero y Marzo. Prestar aprobación y declarar de abono contra la consignación del Capítulo I, articulo 1º 2 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente la nómina de estancias causadas en el Tribunal Tutelar de Menores de esta Capital, durante los meses de Febrero y Marzo últimos que ascienden a 2.957,50 pesetas. ------ Folla: 27 4. Aprobar y declarar de abono relación de gastos ocasionados en la Inclusa provincial durante el mes de Marzo. Prestar aprobación y declarar de abono contra la consignación del Capitulo VIII, articulo 2 - 74 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente la relación de gastos ocasionados en la Inclusa provincial durante el mes de marzo último que ascienden a 2.002,70 pesetas. ------ Folla: 27 5. Aprobar y declarar de abono cuenta de D. Luis Senn por trabajos y material eléctrico, habitaciones Sr. Gobernador. Prestar aprobación y declarar de abono contra la consignación del Capitulo XI, articulo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente la cuenta que presenta el Industrial D. Luis Senn, por trabajos y material eléctrico para las habitaciones particulares del Sr. Gobernador Civil que asciende a 3.707,45 pesetas. ------ Folla: 27 6. Aprobar y declarar de abono del mismo por los mismos conceptos para este Palacio provincial. Prestar aprobación y declarar de abono, contra la consignación del Capitulo XV, articulo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente la cuenta que presenta el Industrial D. Luis Senn por trabajos y material eléctrico para este Palacio provincial que asciende a 2.061,75 pesetas. ------ Folla: 27 7. Aprobar y declarar de abono del mismo por los mismos conceptos para este Palacio provincial. Prestar aprobación y declarar de abono, contra la consignación del Capitulo XI, articulo 10 de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente la cuenta que presenta el Industrial D. Luis Senn, por trabajos y material eléctrico para este Palacio Provincial que asciende a 836,50 pesetas. ------ Folla: 27 8. Conceder tres meses de prórroga para terminación del c.v. nº 224 al contratista D. Manuel Bugallo. Acceder a lo solicitado por el Contratista de las obras del camino vecinal número 224 de Rodeiro a la Feria del Rio, D. Manuel Bugallo Sieiro, concediéndole tres meses de prórroga para terminación de dichas obras de conformidad con el informe favorable que emite la Dirección de Vías y Obras. ------ Folla: 27 9. Aprobar liquidación de obras del primer trozo de la 2ª Sección del c.v. nº 36. Informada favorablemente la liquidación de las obras del 1º trozo de la 2ª sección del camino vecinal número 36 de la Devesa por Tomonde, Digueros a Cerdedo, por la Dirección de Obras Públicas, de la que resulta un saldo a favor del Contratista D. Benjamín Vilaboa Álvarez, de 11.524,98 pesetas; la Comisión acuerda prestar su aprobación a la liquidación expresada conforme a lo prevenido en el articulo 26 del Reglamento de Vías y Obras. ------ Folla: 27 10. Aprobar contrato de destajo con el contratista D. Raimundo Vázquez para ejecución de obras de bacheo del c.v. nº 38 de Coruxo a Canido. Prestar aprobación al contrato de destajo celebrado entre la Dirección de Vías y Obras de esta Diputación y el contratista D. Raimundo Vázquez Fernández, para ejecución de las obras de bacheo con alquitrán del camino vecinal número 38 de Coruxo a Canido; debiendo regirse por las condiciones particulares y económicas que en el mismo se estipulan y por el presupuesto de 83.438 pesetas y pagarse a Intervención a fin de que habilite el crédito correspondiente para ejecución de dichas obras. ------ Folla: 27 11. Aprobar pliego de condiciones del contrato celebrado con el contratista D. Manuel Rodríguez para obras de reparación del c.v. nº 75 de Pazos. Prestar aprobación al pliego de condiciones particulares y económicas del contrato de destajo celebrado entre la Dirección de Vías y Obras y el contratista D. Manuel Rodríguez Rodríguez, para la ejecución de las obras de reparación del camino vecinal número 75 de Pazos, destruido por las aguas de una tormenta el día 13 del actual y cuyo presupuesto es de 6.324,00 pesetas. ------ Folla: 27 12. Aprobar proyecto modificado de precios del c.v. nº 9 de Bahiña a la Cª de Pontevedra a Camposanco. Informado favorablemente por la Jefatura de Obras Públicas el proyecto modificado de precios del camino vecinal número 9 de Bahiña a la carretera de Pontevedra a Camposancos; la Comisión acuerda prestarle su aprobación con cargo al empréstito. ------ Folla: 27 13. Aprobar proyecto modificado de precios del c.v. nº 216 de San Juan de Portas a Vilavedra. Informado favorablemente por la Jefatura de Obras Públicas el proyecto modificado de precios del camino vecinal número 216 de San Juan de Portas a Vilavedra; la Comisión acuerda prestarle su aprobación con cargo al empréstito. ------ Folla: 27 14. Aprobar proyecto modificado de precios del c.v. nº 267 de Vilagarcía por la Torre, Trabanca, Carballido y Castrogudín a la Cª de Chapa a Carril. Informado favorablemente por la Jefatura de Obras Públicas el proyecto modificado de precios del camino vecinal número 267 de Vilagarcía por la Torre, Trabanca, Carballido y Castrogudín a la carretera de Chapa a Carril; la Comisión acuerda prestarle su aprobación con cargo al empréstito. ------ Folla: 27 15. Aprobar proyecto modificado de precios del c.v. nº 273 del 120 en Gandariña, por Maya, Sabaxanes y Cousiño a la Cª de Vilacastín a Vigo. Informado favorablemente por la Jefatura de Obras Públicas el proyecto modificado de precios del camino vecinal número 273 del 120 en Gandariña por Maya, Sabaxanes y Cousiño a la carretera de Villacastín a Vigo, que redactó la Dirección de Vías y Obras de esta Diputación; se acuerda prestarle aprobación con cargo al empréstito. ------ Folla: 27 16. Designar al Sr. García Señorans para presidir la Comisión designada para recepción de obras de destajo del c.f. de Jaján al Faro de Meira. Estando en condiciones de ser recibidas provisionalmente las obras de destajo del camino forestal de Jaján al Faro de Meira, según comunica el Ingeniero Director del Servicio Forestal de esta Diputación, se acuerda designar al Diputado D. José García Señoráns, para presidir la Comisión encargada de la recepción, facultándole para señalar el día en que haya de tener lugar dicho acto. ------ Folla: 27,28 17. Resolver de conformidad con la propuesta de la Asesoría Jurídica sobre moción de la Presidencia proponiendo la reforma del, consorcio celebrado con el Patrimonio Forestal del Estado para la repoblación de los montes comunales de esta provincia. Se dio cuenta de propuesta de la Asesoría Jurídica que literalmente dice así: "Excmo. Sr.: aprobada en sesión de 23 de marzo último, una Moción de la Presidencia proponiendo la reforma del consorcio celebrado con el Patrimonio Forestal del Estado para la repoblación forestal de los montes comunales de esta provincia, se plantean con este motivo algunas cuestiones jurídico - administrativas de trascendencia, sobre las que convendría, a juicio del que suscribe, interesar el dictamen del Instituto de Estudios de Administración Local, ya que fundamentalmente se trata de fijar la competencia de la Diputación Provincial en sus relaciones con un servicio estatal organizado en determinadas condiciones de autonomía. Las cuestiones que interesa esclarecer son: 1ª. Si la Diputación Provincial podrá ceder al Patrimonio Forestal del Estado sin autorización del Ministerio de la Gobernación la propiedad del vuelo creado en las zonas 1ª, 2ª, 7ª y 9ª repobladas con anterioridad a la celebración del Consorcio con dicha entidad. 2ª. Si las modificaciones que se proponen en las Bases del Consorcio se adaptan a la legislación en vigor y son conformes con las directrices que informan el nuevo régimen de la Administración Local. 3ª. Si la Diputación Provincial puede declarar la rescisión del Consorcio para crear la situación jurídico - administrativa previa, sin perjuicio de las reclamaciones que se formulen por quien se considere lesionado en sus derechos e intereses. Caso negativo, a quien incumbe la declaración de rescisión del Consorcio". La Comisión resolvió de total conformidad con la precedente propuesta y disponer se eleve la consulta en la forma indicada por la Asesoría Jurídica. ------ Folla: 28 18. Enterarse de escrito del Presidente de la Diputación de A Coruña comunicando acuerdo de aquella Corporación, sobre admisión de enfermos en el Gran Hospital de Santiago. Diose cuenta de oficio número 332 de fecha 9 del actual en el que la Presidencia de la Diputación de A Coruña traslada acuerdo adoptado por la Comisión Gestora en sesión de 30 de marzo último en el que se recoge y aprueba propuesta formulada a ruego del Decano de Medicina y con vista de lo dispuesto en el articulo 11 del Decreto de 27 de xaneiro de 1941 (Boletín Oficial del 5 número 64) comunicando a las Corporaciones provinciales de la Región la complacencia con que serían admitidos en el Gran Hospital Real de Santiago los enfermos que atraídos por el crédito profesional de Cirujanos y Médicos de dicho establecimiento desearan ser sometidos allí, a tratamiento, siempre que las Diputaciones consignasen en sus ordenaciones presupuestarias un tanto por ciento para los gastos que en cada caso se originasen. La Comisión acuerda quedar enterada. ------ Folla: 28,29 19. Prestar aprobación a la moción de la Presidencia sobre viviendas higiénicas, alegres y económicas en las clases modestas. Diose cuenta de Moción de la Presidencia que dice así: "Proporcionar vivienda higiénica, alegre y económica a las clases modestas es, además de un imperativo de justicia social, uno de los principios fundamentales de nuestra política estatal que en el Fuero del Trabajo declara, como aspiración de los gobernantes, la mejora de las condiciones de habitabilidade en las ciudades, pueblos y caseríos de España. El apartado J) de la Base 41ª de la Ley de 17 de julio de 1945, sobre administración Local señala, como propio de la competencia provincial, el fomento de la "vivienda protegida" y la Ley de 19 de abril de 1939, como el Reglamento para su aplicación, de 8 de Septiembre del mismo año, declaran entidades constructoras y beneficiarias por tanto, de las ventajas establecidas en aquellas disposiciones de "viviendas protegidas" a los Ayuntamientos y Diputaciones en primer término, según se consigna en los artículos 3 y 11 de la Ley y Reglamentación indicados. Hasta tal punto se quiso remarcar como característica de las Corporaciones Locales esta labor social, que el articulo 54 del Decreto de 8 de Septiembre, citado, faculta a las mismas para elegir, mediante concurso, los proyectos de edificaciones que han de elevarse al Instituto Nacional de la Vivienda o para adaptar los tipos de construcción a los aprobados oficialmente por aquel Organismo que habrá de ponerlos a disposición de las entidades autorizadas con el fin de propulsar esta clase de viviendas. Las edificaciones pueden ser dadas en alquiler, cederse gratuitamente o venderse al contado y a plazos siendo siempre preferible los sistemas que permitan a los usuarios el llegar, mediante el pago de cuotas de amortización, a su adquisición en propiedad. Las ventajas que, para la construcción de estas viviendas, se otorgan, llegan a permitir la ejecución de los planes sin considerable dispendio del erario provincial ya que se anticipa un 40% de la obra en el que va incluido el valor de los terrenos y se puede además obtener a préstamo otro 50% del propio Instituto Nacional con arreglo a la Ley de 9 de Noviembre de 1939. El problema de la vivienda en esta Capital donde casi no se construyen casas de renta económica por los particulares y donde la elevación de alquileres se hizo sentir con mayor volumen, es una realidad tan apremiante que ni siquiera será preciso aludir el calvario que han de cruzar las clases modestas para lograr una casa con las mínimas condiciones de habitabilidade. Hasta la Presidencia de esta Corporación llegan a diario los ruegos y peticiones, las lamentaciones y quejas de muchos empleamos humildes, pensionistas y personal subalterno que no pueden resolver, con sus actuales, reducidos recursos, las situaciones creadas por esta falta de vivienda. Las Diputaciones, coordinando sus actividades con el Instituto Nacional de la Vivienda, tienen la misión protectora de atender a las necesidades de las clases modestas para que sus hogares reúnan las más exigentes condiciones de higiene dentro de los tipos de renta reducida. Todo esfuerzo por elevar el nivel de vida de los más necesitados ha de merecer la consideración atenta y el amparo preferente de la Corporación provincial cuya gxaneirosidad y anhelo de mejora colectiva viven en su pretérito con el prestigio de las grandes obras de fundación benéfica de protección al Arte y de fomento de riqueza forestal y agro pecuaria, como habrá de quedar esta labor voluminosa de la red de caminos vecinales y cuanto en orden al saneamiento de los pueblos y al decoro y economía de la vivienda pueda llevarse a cabo dentro de las posibilidades presupuestarias. Por las consideraciones expuestas el que suscribe a la Comisión Gestora tiene el honor de proponer: 1º. Que en la finca adquirida en la Seca, y que, en principio, se proyectaba destinar a un establecimiento benéfico, cuyo emplazamiento se considera ahora más adecuado en otros terrenos, se proyecten y construyan, con el apoyo económico de la Excma. Diputación "viviendas protegidas" conforme a las Leyes d e19 de abril y 9 de Noviembre de 1939 y Decreto de 8 de Septiembre del mismo año. 2º. Que de acuerdo con la obra Sindical del Hogar, se gestione del Instituto Nacional de la Vivienda toda la protección que la legislación vigente concede a estas construcciones de renta reducida. 3º. Que con el ofrecimiento de los terrenos necesarios en la mencionada finca de la Seca, se estudie la aportación de la Diputación a fin de contribuir a estas edificaciones y 4º. Que se declaren beneficiarios preferentes de estas viviendas a los empleados, pensionistas y obreros más modestos de la Corporación y a los de mayor número de hijos, según ya previenen la Ley y Reglamento referidos". La Comisión acordó prestar su aprobación por unanimidad a la Moción preinserta, resolviendo de conformidad total con lo que en la misma se propone. ------ Folla: 29 20. Resolver de conformidad con la propuesta de Asesoría disponiendo la enajenación de subasta de la parcela sobrante en la vía pública lindante con la carretera de Paradela a Cuntis. Diose cuenta de expediente tramitado a instancia de D. Eligio Rial Diz, sobre concesión de una parcela sobrante de vía pública que linda con la carretera provincial de Paradela a Cuntis y en el que también ha tenido intervención D. Manuel Buceta Canay como colindante en cuyo expediente la Asesoría Jurídica propone que la Diputación Provincial puede disponer libremente de dicha parcela y proceder a su enajenación adoptando el régimen de subasta por existir más de un licitador, desestimando en consecuencia ambas solicitudes en cuanto piden la adjudicación directa en el precio de tasación; la Comisión acuerda resolver de conformidad con lo propuesto en su dictamen por dicha Asesoría Jurídica, disponiendo la enajenación por subasta de la referida parcela que se anunciara por la Dirección de Vías y Obras provinciales. ------ Folla: 29,30 21. Aprobar escrito de la Intervención de Fondos sobre fijación de normas para aprobación definitiva de los presupuestos para el año 1946. Aprobar escrito de la Intervención de fondos provinciales que dice así: "En cumplimiento del apartado 1º de la Orden de 14 de marzo último que fija normas para la aprobación definitiva de los presupuestos para 1946, esta Intervención tiene el honor de elevar a la Comisión Gestora el Presupuesto aprobado en sesión de 27 de Noviembre del pasado año al objeto de proceder a su revisión. Para ajustar este presupuesto a los preceptos establecidos en dicha Orden, únicamente es necesario suprimir el excedente del Fondo de compensación municipal (párrafo 2º del apartado número 10). Esta partida figura en el presupuesto de ingresos en el articulo 1º del Capitulo 10 con la consignación de 500.000 ptas. A tenor de la Orden indicada no se ofrecen más bajas en la parte de ingresos. El apartado 3º de la Orden aludida dice que las Corporaciones que precisen del Fondo de compensación provincial, no podrán, salvo caso de verdadera excepción, aumentar sus gastos de carácter voluntario. En los servicios de la parte de gastos, los aumentos que se observen corresponden a gastos de carácter obligatorio como son el incremento de las consignaciones del Gran Hospital, Asilo Hospicio e Inclusa etc, no encontrándose por tanto, en desacuerdo con lo preceptuado. Como la baja de 500.000 ptas realizada en la parte de ingresos por disposición expresa de la Orden de 14 de marzo último, desnivela el Presupuesto Ordinario y ninguna partida de gastos puede ser suprimida, siquiera parcialmente, esta Intervención es de parecer que la indicada partida que causa baja en ingresos, sea adicionada a la que figura en el articulo 2º del capitulo 9º denominada Fondo de compensación Provincial que figura con la consignación de 500.000 pesetas. Y así esta partida al incrementarse a ella el importe del excedente de Compensación municipal, representaría una consignación definitiva de 1.000.000 de pesetas. Por otra parte a tenor de lo dispuesto en el número 2º de la citada Orden de 14 de marzo es obligatoria la exposición del Presupuesto revisado al público por término de quince días hábiles, a efectos reclamatorios, elevándose este con las reclamaciones si las hubiere, al Excmo. Señor Delegado de Hacienda para su resolución definitiva. Este es el parecer de esta Intervención que somete a la decisión más autorizada de la Excma. Comisión Gestora. Pontevedra 20 de abril de 1946. El Interventor R. Lorente. Se levantó la sesión. ------
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