ATOPO
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Acta de sesión 1931/07/29_Ordinaria

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  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.157/1.1931-07-29_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1931/07/29_Ordinaria

  • Data(s) 1931-07-29 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 76 1. Presidencia del señor Caamaño Cimadevila con asistencia de los vocales señores Loredo Martínez, García Temes, Rey Juncal, Villaverde Rey, Otero Sestelo, , Casanovas Rodríguez y Ferreiro Panadeiro. Abierta la sesión siendo las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada. ------ Folla: 76 Seguidamente esta Comisión Gestora haciendo uso de las atribuciones que le fueron conferidas, adoptó los acuerdos que a continuación se mencionan: 2. Entrega de una niña de la Inclusa a su madre, Florinda Villaverde. Vista la instancia de doña Florinda Villaverde Valladares, soltera, de la parroquia de Marcón, interesando le sea entregada su hija Rosalía Villaverde, internada en la Inclusa provincial por acuerdo de esta Comisión de 22 de mayo último, se acuerda acceder a lo solicitado y disponer que por el secretario habilitar de aquel citado establecimiento le sea entregada a la solicitante la niña de referencia. ------ Folla: 76 3. Autorizando abono de haberes al practicante don Manuel Gamallo. Se acuerda autorizar al señor delegado administrativo de esta Diputación en el Gran Hospital, para que los haberes devengados y que siga devengando el practicante interino, don Manuel Gamallo Lois, sean satisfechos con cargo al remanente que consta en el capítulo 4º de la parte de gastos del presupuesto de dicho establecimiento. ------ Folla: 76,77 4. Aprobando informe de contra - liquidación de estancias en los hospitales de Santiago. Vista la adjunta contra - liquidación practicada por la Diputación Provincial de A Coruña, rectificando la realizada en 1º de febrero de 1924 por esta de Pontevedra, referente a estancias causadas en los hospitales General y de San Lázaro de Santiago hasta 31 de diciembre de 1920, así como el informe de la Intervención de esta Diputación que copiado a la letra dice: "A la excelentísima Comisión Provincial: Examinada por esta Intervención la adjunta contra - liquidación practicada por la de la Diputación de A Coruña, rectificando la realizada en 1º de febrero de 1924 por el interventor que suscribe, referente a estancias causadas en el Hospital General y en el Hospital de San Lázaro, de Santiago, desde 1º de enero de 1900 a 31 de marzo de 1920, resultan las siguientes diferencias = Por estancias en el Hospital General Primera diferencia en cuenta de estancias del año de 1909, pesetas 18.405,00.- pesetas que se cargan de más a esta Diputación, erróneamente, basándose en que la Diputación de A Coruña habrá acordado en lo de marzo de 1909, el aumento de precio de las estancias desde 2,50.- pesetas a 5,00.- pesetas, suspendiendo dicho acuerdo en 22 de septiembre del mismo año. Interpreta la Intervención de la Diputación de A Coruña dichos acuerdos, en el sentido de que desde el 1º de abril de 1909 a 20 de septiembre del mismo año el precio de las estancias causadas por los enfermos ingresados durante el interregno de dichas dos fechas es el de 5 pesetas, pero esta interpretación perfectamente lógica juzgando los hechos a una distancia de 22 años y ateniéndose a la letra de los acuerdos, no es la verdadera que se demuestra, sin necesidad de otra argumentación, con la certificación adjunta remitida por el señor presidente de la Diputación de A Coruña al de esta de Pontevedra, con fecha de 11 de marzo de 1909. En ella se cargan todas las estancias causadas en el Hospital General por los enfermos de esta provincia, a razón de 2,50.- pesetas por estancia, lo que arroja un total de 56.892,50.- pesetas. Luego: ni debe ni puede aceptarse el cargo a que nos venimos refiriendo. Segunda diferencia en cuentas de estancias del año de 1913, 9.407,50.- pesetas. También esta diferencia es debida a que se cargan las estancias del año de 1913 a 5 pesetas, en vez de cargarlas a 2,50.- pesetas. Esta diferencia de precio es debida, según se afirma en el informe de la Diputación de A Coruña, a que ésta acordó en 16 de diciembre de 1912, elevar el precio de las estancias, a partir del 1º de abril de 1909. Se afirma también en dicho informe, que tal acuerdo fue comunicado a esta Diputación en 19 de diciembre de 1912. Pero es el caso, que la comunicación de dicho acuerdo no debió llegar a esta Diputación punto que, en los acuerdos aprobatorios de las cuentas del primer semestre de 1913, acuerdos adoptados en 28 de julio y 11 y 26 de agosto de 1915, se hace constar que el precio de las estancias es de 2,50.- pesetas y no de 5 pesetas "como sin duda por error, se consigna en las citadas cuentas". Y estos acuerdos aprobatorios fueron comunicados a la Administración del Hospital General y no rectificados. Por esta razón solo se abonan en cuanta a la Diputación de A Coruña, 9.407,50.- pesetas, o sea, la mitad del cargo que ella hace. Opina el interventor que suscribe que no debe admitirse el cargo de la diferencia a que nos venimos refiriendo, y que debe sostenerse por V.E. el saldo de la liquidación de cuentas del Hospital General practicado por esta Intervención con fecha 1º de febrero de 1924 y que asciende a la cantidad de 188.884,00.- pesetas. Por estancias en el Hospital de San Lázaro Pueden admitirse sin discusión los reparos que se hacen a los cargos de los años de 1906 - 1907 y 1912, lo que produce un aumento en el cargo total de pesetas 224,00.-; pero no así el cargo de 7.040,00.- pesetas correspondiente al año de 1905. Este cargo es de pesetas 5.516,00.- como se figura en la liquidación practicada por la Intervención, de conformidad con la adjunta liquidación practicada por la Intervención de la Diputación Provincial de A Coruña con fecha 1º de enero de 1924 en la que figura el cargo correspondiente al año 1905 por valor de dichas 5.516,00.- pesetas. Por esto, no puede admitirse esta rectificación, ya que aparte otras razones contenidas en nota adjunta, ambas Diputaciones habían dado su conformidad al saldo de pesetas 5.516,00.-. La rectificación referente a las pesetas 3.090,50.- que esta Intervención cargaba a la Diputación de A Coruña en la liquidación de 1º de febrero de 1924, debe aceptarse pues, en efecto se trata de anticipos para estancias y quedan saldadas por éstas. En resumen, - el saldo a favor de la Diputación Provincial de A Coruña por estancias en el Hospital General, no admite rectificación y debe quedar fijado en pesetas ....................................................................................................................................................................................................... 188.884,00.-. - Saldo de liquidación de cuentas de San Lázaro en 1º de febrero de 1924, pesetas ........................................................73.303,00.- - Rectificaciones aceptadas, pesetas ............................................................................................................................ 3.314,50.- .............. 76.617,50.- - Saldo total rectificado, pesetas ................................................................................................................................................................... 265.501,50.- - Satisfecho a cuenta hasta la fecha, pesetas ................................................................................................................................................ 46.000,00.- - Saldo en el día de la fecha, pesetas ........................................................................................................................................................... 219.501,50.- Estas pesetas 219.501,50.-, contribuyen al saldo que a favor de la Diputación Provincial de A Coruña debe reconocer a juicio del interventor que suscribe, la Diputación de Pontevedra, en el día de la fecha y por estancias de enfermos asistidos en los hospitales de Santiago, por cuenta y orden de esta Diputación hasta 31 de diciembre de 1925. Sin embargo y como siempre V.E., acordará lo que estime oportuno. Pontevedra, 24 de julio de 1923. El interventor. José G. Otero. Esta Comisión Gestora, conformándose con el informe que precede, acuerda fijar el saldo a favor de la Diputación de A Coruña en el día de la fecha y por el concepto a que se refiere dicho informe, en la cantidad de 219.501,50.- pesetas y que se remita copia literal de este acuerdo a dicha Diputación, facultando al señor presidente ordenador de pagos para concertar la liquidación, la que debe ser traía a la sesión para hacerla constar en acta. ------ Folla: 76,77 5. Adquisición de una hoz para los jardines. Se acuerda autorizar al conserje, don Manuel Míguez, para adquirir una hoz con destino a los jardines de esta Diputación. ------ Folla: 77 6. A informe del Servicio de Cédulas, instancia de don Rafael Areses. Vista la instancia de don Rafael Areses, vecino de esta ciudad, en súplica de que se le exima de la multa de su cédula personal, equivalente al recargo del 100% en que incurrió, se acuerda remitir esta solicitud al jefe del Servicio de Cédulas para el informe que estime procedente. ------ Folla: 77 7. Dejando sin resolver instancia de don Antonio Martínez Canitrot. Vista la instancia de don Antonio Martínez Canitrot, vecino de esta ciudad exponiendo que durante el año de 1927 prestó servicios como escribiente en la Administración del Hospital y que el ayuntamiento en 1928 le designó como auxiliar con el haber de 2.000 pesetas, con cargo al presupuesto del referido establecimiento benéfico y que al pasar a la Diputación fue declarado cesante sin formación de expediente, por lo que interesa de esta Corporación se le reponga en el expresado cargo o se le considera cesante a ocupar la primera vacante de auxiliar que se produzca y visto el dictamen emitido por el señor delegado administrativo de esta Diputación en el Gran Hospital Provincial, esta Comisión Gestora, acuerda que no ha lugar a resolver la instancia del señor Martínez Canitrot. ------ Folla: 77 8. Informe favorable de expediente para establecer una línea de energía eléctrica en Tomiño. Visto el expediente de información pública instruido en el Gobierno Civil de esta provincia en virtud de instancia y proyecto presentado por don Florindo Rodríguez para establecer una línea de transporte de energía eléctrica entre el arroyo de Piñeiro y San Martín de Currás y de la carretera de Fornelos a la de Guillarei a A Ramallosa al barrio de A Igrexa, en el ayuntamiento de Tomiño y resultando que durante el período de audiencia concedido en el Boletín Oficial, no se interpuso reclamación alguna y que en la tramitación de este expediente se han llevado los requisitos y formalidades reglamentarias, siendo fvorables los informes emitidos por las autoridades llamadas a intervenir; se acuerda informar a la superioridad en el sentido de que procede otorgar la autorización solicitada por don Florindo Rodríguez, imponiéndole las condiciones indicadas por el señor ingeniero jefe de Obras Públicas. ------ Folla: 77 9. Reconociendo servicios interinos al funcionario don Luis Sacarrera Ochoa. Vista la instancia presentada por el funcionario provincial, don Luis Sacarrera Ochoa, solicitando se aclare su situación y se declaren los servicios que se consideren prestados en esta Corporación y resultando que por acuerdo de la Comisión Provincial de 7 de enero de 1927 fue nombrado temporalmente para dar la enseñanza de mecanografía en la Casa - Hospicio de esta capital, con el haber anual de 3.000 pesetas cargo que desempeñó hasta 31 de diciembre último en que paso a prestar servicio en la Secretaría nombrándole en 8 de enero último para desempeñar interinamente la plaza de auxiliar mecanógrafo vacante, si bien por acuerdo general adoptado por esta Comisión Gestora quedó sin efecto este último nombramiento, se le repuso de nuevo en el cargo ante de habérsele comunicado el cese; se acuerda declarar para todos los efectos que los servicios prestados sin interrupción por don Luis Sacarrera Ochoa en la Casa - Hospicio y en esta Diputación desde 7 de enero de 1927, lo fueron en concepto de interino, reconociéndole todos los derechos que de esta situación pudieran derivarse a su favor. ------ Folla: 77 10. Abono cuenta a "Hijo de Saturnino Varela". Declarar de abono al comerciante "Hijo de Saturnino Varela" la cuenta importane cuarenta y una pesetas, por seis copas de cristal tallado para agua y dos ensaladeras para las habitaciones particulares del señor gobernador, librándose con cargo al capítulo ..., artículo ... del presupuesto vigente. ------ Folla: 78 11. Licencia a los funcionarios señores Ruisuárez y Marta. Vistas las instancias de los oficiales don Manuel Ruisuárez y don Celso Sánchez Marta, interesando se le concedan treinta días de licencia para atender a su salud, se acuerda accediendo a lo solicitado conceder a los citados funcionarios la licencia que interesan. ------ Folla: 78 12. Ratificando ingreso en la Inclusa de la niña Rosa Rodríguez. Ratificar la orden de ingreso en la Inclusa Provincial de la niña Rosa, que nació en el Hospicio de esta ciudad el día de 27 de junio último, hija natural de María Rodríguez Renda del ayuntamiento de Ponteareas y vecina de esta ciudad, cuya niña ingresó provisionalmente en aquel establecimiento por mandato del señor presidente de esta Corporación. ------ Folla: 78 13. Aprobación de cuentas de cédulas de 1930 de Pontevedra, Pontecesures, Caldas, Cotobade, Ponte Caldelas, Marín y Agolada. Vistas la cuentas de cédulas personales de los ayuntamientos de Pontevedra, Pontecesures, Caldas, Cotobade, Ponte Caldelas, Marín y Agolada, correspondientes al período voluntario de 1930, de las que resulta hallarse conforme con los antecedentes y libros no existiendo reparo alguno que oponerles; esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el jefe del servicio, acuerda prestarles su aprobación. ------ Folla: 78 14. Entrega a su madre del niño de la Inclusa, Tomás Martínez. Vista la instancia de Dolores Valeije Claro de esta ciudad, interesando le sea entregado su hijo Tomás Martínez Valeije, de tres años de edad, el que por acuerdo de esta Comisión ingresó en la Inclusa provincial el 5 de abril de 1930; se acuerda acceder a lo solicitado y disponer que por el secretario habilitado de aquel establecimiento le sea entregado a la exponente el niño de referencia. ------ Folla: 78 15. Ratificando nombramiento interino de médico auxiliar del Hospital a favor de don Celestino Poza Pastrana. Ratificar la orden dada el día 23 del actual por el señor delegado técnico de esta Diputación el el Gran Hospital Provincial encargando con carácter interino a don Celestino Poza Pastrana del cargo de médico auxiliar de la Sección de Cirugía de aquel establecimiento. ------ Folla: 78 16. Licencia de 30 días al médico don Luis Sobrino. Vista la instancia de don Luis Sobrino Buhigas, médico numerario del Gran Hospital de esta ciudad, interesando se le concedan treinta días de licencia para ausentarse de esta localidad, dejando encargado de los servicios que le están encomendados al médico de igual clase, don Evaristo Vázquez Lecaille, y visto el informe emitido por el señor delegado técnico de esta Diputación en aquel establecimiento, se acuerda acceder a lo solicitado, concediendo al señor Sobrino la licencia que interesa. ------ Folla: 78 17. Abono a cuenta a "A. García Estévez". Declarar de abono al comerciante "A. García Estévez", la cuenta importante tres pesetas, veinticinco céntimos, pr un plato cuadrado de cristal para las habitaciones particulares del señor gobernador, librándose con cargo al capítulo 4º, artículo 2º del presupuesto vigente. ------ Folla: 78 18. Abono de parte de subvención al ayuntamiento de Moaña - escuela. Dada cuenta de comunicación del señor alcalde de Moaña, interesando se le satisfaga la subvención de 10.000,00.- pesetas concedida por acuerdo de esta Comisión de 8 de enero último para reparación de las obras del grupo escolar de aquella villa, y visto el informe emitido por el señor arquitecto provincial del que resulta que el valor de las obras ejecutadas se eleva a 29.000,00.- pesetas, faltando por ejecutar el blanqueo, pintura y reparación de las viviendas de maestros que importará unas 1.000 pesetas; se acuerda declarar de abono al ayuntamiento de Moaña, la cantidad de nueve mil quinientas pesetas, dejando las quinientas restantes al completo de aquella subvención para cuando esté terminada la reparación del edificio. ------ Folla: 78 19. Pasando a nuevo informe instancia de los hermanos Cortizo sobre adquisición de un camino en A Lama. Visto el informe del señor director de Vías y Obras en instancia suscrita por los hermanos Cortizo, domiciliado en el barrio de A Barcia do Seixo, ayuntamiento de A Lama, proponiendo se adquiera por esta Corporación mediante la indemnización de 7.000 pesetas y se incorpora al Plan de Caminos Vecinales, uno, que construyeron de su peculio particular que arrancando de la carretera de Ponte Bora al límite, punto denominado "Portela da Cruz"; se acuerda que nuevamente pase a informe de dicho director, para que se haga constar si este camino construido puede sustituir al que figura en el Plan en el kilómetro 38, hectómetro 20 de la citada carretera de Ponte Bora y si haciendo las modificaciones para ponerlo en condiciones legales de ancho, pendientes, curvas, etc., podrían tener algún beneficio los intereses provinciales. ------ Folla: 78 20. Ratificación de orden de la Presidencia para visita de inspección en Redondela. Ratificar la orden dada por el señor presidente, al funcionario de esta Diputación, don Álvaro Pintos Fonseca, contable de la Intervención para llevar a cabo una visita de inspección en el ayuntamiento de Redondela, accediendo a lo solicitado por el señor alcalde de aquella localidad. ------ Folla: 78 21. Sobre la mesa escrito del arquitecto sobre reformas en el Gobierno Civil. Visto el escrito del señor arquitecto provincial, exponiendo que las obras de reforma que desea realizar el señor gobernador en la sala de oficiales de aquella dependencia, consistentes en pintar dos puertas y colocación de ventanillas para despachar con el público, repasos y blanqueo del local, ascienden a cuatrocientas ochenta y una pesetas, ochenta céntimos, se acuerda dejar sobre la mesa para estudio el escrito de referencia. ------ Folla: 78 22. Autorizando nombramiento de guardas de noche en la repoblación forestal. Llegada la época del peligro de incendios en los montes, se acuerda autorizar al señor ingeniero director del Servicio de Repoblación Forestal para nombrar vigilante durante la noche en las zonas repobladas por esta Diputación. ------ Folla: 78 23. Aportando presupuesto obras en la Granja de Salcedo y que se ejecuten por Administración. Se acuerda aprobar el presupuesto formado por el señor arquitecto provincial para reparación en la Granja de Salcedo y en las dependencias que han de habilitar para residencia de los obreros que reciben enseñanza bajo la educación del director de la Misión Biológica, señor Gallástegui y cuyo presupuesto alcanza a 7.043,27 pesetas, debiendo ejecutarse dichas obras por Administración y bajo la inspección del señor arquitecto, el que rendirá la oportuna cuenta para su examen y aprobación si procediese.. ------ Folla: 78 24. Denegando por falta de consignación un trofeo para regalar en Vilagarcía. Visto el oficio del Club de Regatas en Vilagarcía, solicitando la concesión de un trofeo para ser disputado en las regatas de balandros que organizadas por la sociedad se celebran en aquel puerto en el mes de agosto próximo; se acuerda significar al citado señor presidente el sentimiento de esta Corporación por la imposibilidad en que se ve de acceder a lo solicitado, por no existir en presupuesto consignación adecuada para este fin. ------ Folla: 78 25. Anunciando a oposición plazas de médicos auxiliares del Hospital. Se acuerda anunciar a oposición para proveer en propiedad, dos plazas de médicos auxiliares en el Gran Hospital Provincial, una de cirugía y otra de medicina general con el carácter gratuito, y con sujeción a las bases y condiciones que se detallaron en el Boletín Oficial. ------ Folla: 78,79 26. Autorizando la instalación de una cocina en el Hospicio. Dada cuenta por el señor presidente de las deficiencias de la actual cocina instalada en la Casa - Hospicio y de la necesidad de montar una con capacidad suficiente para atender a las necesidad actuales y futuras de aquel establecimiento; la Comisión Gestora acuerda autorizar al señor presidente, don Amancio Caamaño, para que realice las gestiones necesarias y firme los compromisos y contratos que considera pertinentes hasta la completa instalación, rindiendo la oportuna cuenta para su examen y aprobación. ------ Folla: 79 27. Ofrecimiento de locales en el Hospital para enfermerías de reclusos. El vocal representante del Colegio de Abogados de esta capital, don Vicente García Temes, somete a la consideración de esta Comisión Gestora el informe emitido por el letrado señor Landín, que aquella entidad le traslada, destacando el estado deplorable de la población penal recluida en el ignominioso edificio en que se halla instalada la cárcel de Pontevedra y las medidas inmediatas que pudieran adoptarse. La Comisión, identificada con los sentimiento de humanidad que palpitan en el informe, acuerda adherirse fervorosamente a toda gestión encaminada a conseguir la construcción de un nuevo edificio penitenciario o a la reforma adecuada del actual y ofrecer gustosamente en el Gran Hospital los locales que se consideren precisos para instalar la enfermería de reclusos, quedando éstos en lo que se refiere a su custodia bajo la exclusiva responsabilidad de la autoridad judicial o penitenciaria, que adoptará para ello las medidas que considere convenientes. ------ Folla: 79,80 28. Reclamación de cédula de don Gonzalo Gutiérrez y otros. Examinada la instancia de don Gonzalo Gutiérrez Rodríguez, de Tui, que reclama contra su clasificación en el padrón de 1930, que tuvo que satisfacer 30 pesetas; se acuerda estimarla en parte procediendo modificarla y clasificarlo en la misma tarifa 3ª, clase 10ª, de 15 pesetas. Vista la reclamación de don Celso Nieto López, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930, se acuerda acceder a lo solicitado, clasificándolo con cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª, de 30 pesetas. Dada cuenta de reclamación de doña Antonia Quiroga Mato, de Vigo, contra su clasificación el el padrón de 1930, se acuerda estimar,a anulando su cédula de la tarifa 1ª, clase 13ª y expedirle otra de la tarifa 3ª, clase 13ª, de 1,50 pesetas. Vista la de don Julio Revuelta Merino, de Vigo, que reclama contra el padrón de 1930, se acuerda desestimarlo, confirmando la clasificación que se le asigna. Vista la del vecino de Vigo, don Adolfo López García, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarla, declarando data la cédula con que figura y expedirle otra de la tarifa 2ª, clase 9ª, de 55 pesetas. Vista la formulada por don Abdon Simón da Ponte, de Vigo, contra el padrón de 1930, se acuerda desestimarla por hallarse bien clasificado. Vista la instancia de don Ricardo Kindling, cónsul de Alemania en Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda estimarla y clasificarlo con cédula tarifa 3ª, clase 6ª y a su esposa con la de 20 pesetas. Vista la de don Remigio Hevia, de Pontevedra, que reclama contra la cédula que se le impone en el padrón de 1930, se acuerda estimarla, que se declare data la que se le asignó y lo mismo la de su esposa y que se le expida cédula de la clase igual a la de 1929. Vista la instancia de don José Segueiros Fandiño, vecino de Moaña que reclama contra el padrón de 1930; se acuerda estimarla y expedirle cédula igual que la de 1929. Vista la instancia de don Manuel Fontao García, de Pontevedra, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla por hallarse bien clasificado. Vista la reclamación de doña Manuela Fernández, viuda de López, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla por hallarse bien clasificado. Vista la reclamación de don Manuel Pérez Álvarez, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda estimarla declarando data la cédula de la tarifa 1ª, clase 15ª, y que se le expida otra de igual tarifa, clase 16ª con recargo de soltería. Vista la reclamación formulada por don Isaac Álvarez Rodríguez, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla y confirmar la clasificación con que figura. Vista la instancia de don Francisco Pérez Gorostiaga, vecino de Vigo, que se le impone cédula tarifa 3ª, clase 8ª de 50 pesetas, acuerda desestimar la reclamación y confirmar su clasificación. Vista la reclamación de don José Arrojo Simón, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla por hallarse bien clasificado. Vista la instancia de don Serafín Pérez Rodríguez, de Vigo, reclamando contra el padrón de 1930; se acuerda estimarla, anulando la cédula que le ha asignado expidiéndole otra de la tarifa 3ª, clase 7ª, de 70 pesetas. Vista la de don Manuel Ramos Castelao, de Pontevedra, contra el padrón de 1930, se acuerda estimarla en cuanto al formar el padrón de 1931, que debe tenerse en cuanta sin más justificación, no pudiendo accederse a la devolución de la diferencia de cédula de 1930 en virtud de lo preceptuado en el artículo 7º de la Instrucción. Vista la instancia de doña Mercedes Viso Troncoso, de Vigo, contra la clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla y declarar firme la clasificación con que figura. Vista la reclamación de don Leonardo Blanco Vidal, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla, confirmando la con que figura. Examinada la reclamación de don Manuel Vázquez Pazos, de Vigo, contra el padrón de 1930, se acuerda desestimarla y declarar firme la clasificación asignada a este interesado. Vista la de don Juan Montaña Fernández, médico, de Vigo, contra el padrón de 1930; se acuerda desestimarla y confirmar su clasificación. Vista la de doña Isabel Molina, viuda de Rosell, de Vigo, contra el padrón de 1930; se acuerda que se procederá a modificar la clasificación con que figura, asignándole cédula de la tarifa 3ª, clase 9ª, de treinta pesetas. Vista la de doña Casilda Moreno Saez - Díez, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla confirmando la con que figura. Vista la de don Cipriano Morales Regueira, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla por hallarse bien clasificado. Vista la de don Francisco Cardamo Godoy, de Vigo, contra el padrón de 1930; se acuerda que en este año no procede acordar nada respecto a esta clasificación, pero que debe tenerse presente para el padrón de 1931. Vista la reclamación de don Constante González Rodríguez, de Vigo, en súplica de que se le clasifique en tarifa inferior en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla y confirmar la clasificación. Examinada la reclamación de don Genaro González Pérez, de Vigo, contra el padrón de 1930; se acuerda estimarla, anulando la clasificación que se le hizo y expedirle cédula de la tarifa 1ª, clase 13ª, de 15 pesetas. Vista la de don Rodrigo Groba García, de Vigo, contra el padrón de 1930; se acuerda desestimarla por el momento y que al confeccionar el nuevo padrón no habrá inconveniente en hacer la variación que pide, acreditando debidamente este derecho. Vista la reclamación de don Rafael Puig Rodríguez, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda acceder a ello, ordenando al recaudador que le recoja la cédula de la tarifa 1ª, clase 9ª, devolviéndole las 147 pesetas, importe de la diferencia entre ambas cédulas por asignársele la de la tarifa 1ª, clase 8ª, de 120 pesetas. Vista la de doña Victoria García, de Vigo, contra su clasificación en el padrón de 1930; se acuerda desestimarla por estar bien clasificada, desestimando también la de don Ricardo Marín Lomo, por que no procede hacer modificación. Las precedentes resoluciones adoptadas, habrán de comunicarse en la forma reglamentaria a los interesados por conducto de las respectivas Alcaldías. ------ Folla: 80 29. Aprobando cuenta de cédulas de 1930 de As Neves, Campo Lameiro y Forcarei. Vistas las cuentas de cédulas personales de los ayuntamientos de As Neves, Campo Lameiro y Forcarei, correspondientes al período voluntario del año de 1930, de las que resulta hallarse conforme con los antecedentes y libros, no existiendo reparo alguno que oponerles; esta Comisión Gestora de conformidad con lo propuesto por el jefe de servicio acuerdas prestarles su aprobación. ------ Folla: 80 30. Subvención de 200 pesetas a las "Jornadas Médicas Gallegas" de Vigo. Teniendo en cuenta el gran fin científico que representa la celebración de las "Jornadas Médicas Gallegas" en la ciudad de Vigo y con objeto de ayudar a los gastos que supone la celebración de tan importante asamblea, la Comisión acuerda conceder la subvención de dos mil pesetas, que serán libradas a favor del señor presidente de las jornadas o persona por él autorizada y con cargo al capítulo 18º, artículo único del presupuesto vigente, suplementando el crédito del presupuesto, si fuera necesario. Se levantó la sesión. ------

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