ATOPO
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Acta de sesión 1932/01/12_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.157/1.1932-01-12_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1932/01/12_Ordinaria

  • Data(s) 1932-01-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 141 1. Presidencia del Sr. Loredo Martínez, Vicepresidente con asistencia de los Vocales Sres. García Temes, Otero Sestelo, Villaverde Rey, Casanovas Rodríguez y Ferreiro Panadeiro, Rey Juncal. Abierta la sesión a las 16 horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior de 30 de diciembre de 1931 que fue aprobada. Y haciendo uso esta Comisión Gestora de las atribuciones que le son concedidas, adoptó los siguientes acuerdos. ------ Folla: 141 2. Señalamiento de sesiones. Señalar el número de sesiones que han de tener lugar en el corriente mes, las que además de la correspondiente a la fecha, se celebrarán los días 22 y 29. ------ Folla: 141 3. Distribución de fondos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos que presenta la Intervención de fondos provinciales en cuantía de pesetas para satisfacer las obligaciones del mes actual. ------ Folla: 141 4. Suministros del Ejército. De conformidad con lo preceptuado en el articulo 3º de la Instrucción de 9 de agosto de 1877 y de acuerdo con D. Manuel González Robató, Capitán de Intendencia, Representante de la autoridad militar, se fijan los precios de los suministros que se hayan facilitado y faciliten en el presente mes, por los pueblos de la provincia a las fuerzas del Ejército y Guardia Civil en las siguientes cuantías: Pan, 0,630, 0,42 ptas; Cebada para caballos del Ejército, 4,50 kg, 2,30 ptas; Cebada para mulos y caballos de la Guardia Civil, 4 kg, 2,04 ptas; Centeno, 4 kg, 2,02 ptas; Maíz, 4 kg, 1,63 ptas; Paja, 6 kg, 1,07 ptas; Herba seca o heno, 1 kg, 0,20 ptas; Aceite, 1 litro, 1,95 ptas; Carbón, 1 kg, 0,33 ptas; Leña, 1 kg, 0,09 ptas; Petróleo, 1 litro, 0,89 ptas. ------ Folla: 141,142 5. Normas para oposiciones a una plaza de Médico Cirujano de número del Gran Hospital. Acordada para la Comisión Gestora en sesión de 20 de noviembre del año anterior, la creación de la plaza de Médico Cirujano de número en el Gran Hospital, corresponde determinar las reglas con arreglo a las cuales, habrán de verificarse dichas oposiciones, pero reseñando únicamente las que atañen a este organismo provincial y dejando libre y expedita la facultad del Tribunal que se designe para juzgar a los opositores aspirantes a la mencionada plaza. Los ejercicios de oposición se verificarán en Santiago, en el Hospital general en el día que señale el Tribunal y desde luego se hará público la designación con anticipación de seis días en el Boletín Oficial. Los ejercicios serán públicos y se fijará el orden en que habrán de actuar los opositores por sorteo. Corresponde la formación del cuestionario al Tribunal designado, el que, una vez recibido en esta Diputación, se enviará al Excmo. Sr. Gobernador Civil, para la inserción en el Boletín Oficial de la provincia y siempre con la antelación necesaria para que sea conocido por los aspirantes. Realizados los ejercicios en la forma que el Tribunal indique, éste hará la propuesta unipersonal del Médico que a su juicio deba ocupar la plaza anunciada a la Diputación provincial de Pontevedra. Los aspirantes dirigirán instancia al Presidente de la Excma. Diputación, debiendo acompañar la cédula personal del ejercicio corriente y los documentos siguientes: Título otestimonio de Licenciado o Doctor en Medicina, acreditando llevar cinco años como mínimo de ejercicio profesional y el titulo de nombramiento asignados a la Sección de Cirugía de establecimiento oficial del Estado, provincia o municipio. Partida de nacimiento legalizada, si corresponde, para justificar no excede de cuarenta y cinco años. Certificación de buena conducta. Certificación negativa de antecedentes penales. Estos documentos será indispensable acompañarlos a la instancia para ser admitida. Podrán presentar además los documentos y justificantes que consideren convenientes para acreditar méritos en el ejercicio de su profesión y cuya estimación será la que el Tribunal considere. ------ Folla: 142 6. Tribunal. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 155 del Estatuto provincial y teniendo en cuenta el articulo 50 y siguientes del Reglamento de funcionarios provinciales aprobado en dos de noviembre del mil novecientos veinticinco, el Tribunal que habrá de juzgar las oposiciones estará constituido en la forma siguiente: Don Pedro Otero Sestelo, Diputado provincial, representante de la Corporación. Doctor Don José Puente Castro, Cirujano de número de la Beneficencia provincial de A Coruña, representando los funcionarios provinciales y Don Pedro Pena Pérez, Catedrático de Patología general de la Facultad de Medicina de Santiago. Suplentes: El Sr. Puente Castro, será sustituido por D. Ramón Baltar, Cirujano de la Beneficencia provincial y el Sr. Pena Pérez por D. Casimiro Martínez, Catedrático de Patología Médica en la Facultad de Medicina de Santiago. ------ Folla: 142 7. Repoblación forestal. Aprobación de cuentas. Prestar aprobación a las cuatro cuentas justificadas que rinde el Sr. Ingeniero Director del Servicio de Repoblación forestal de esta Diputación, por gastos de jornales y otros conceptos, transportes, apicultura y locomoción durante la segunda quincena del mes de Diciembre de 1931 y por las cuantías que cada una de talla, cuyos trabajos vienen realizándose en consonancia con lo preceptuado en el R.D. de 12 de diciembre de 1926 y R.O. del Ministerio de Fomento de 18 de abril de 1928 y acuerdos de la Comisión y Diputación provincial de 27 y 31 de diciembre del citado año de 1926. ------ Folla: 142 10. Transportes 2ª quincena Diciembre. Importan todas estas cuentas la cantidad de cuatro mil doscientas ocho pesetas quince céntimos. 2ª relación De la segunda quincena de Diciembre Pesetas Cts Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Gastos de personal durante la extinción de un incendio y transporte de plantas ................... 440,70 Importa esta cuenta la cantidad de cuatrocientas cuarenta pesetas setenta céntimos. ------ Folla: 142 11. Apicultura. 2ª quincena de Diciembre. 3ª relación De la segunda quincena de Diciembre Pesetas Cts Jornales de un apicultor ............................................ 84," Importa esta cuenta la cantidad de ochenta y cuatro pesetas. ------ Folla: 142 12. Locomoción, 2ª quincena de Diciembre. 4ª relación De la segunda quincena de Diciembre Pesetas Cts Vivero. Locomoción de todo el mes ............................ 88,60 Zonas 2ª, 6ª y 9ª Locomoción de todo el mes ............................ 328,24 Total ............ 416,84 Importan estas cuentas la cantidad de cuatrocientas dieciséis pesetas ochenta y cuatro céntimos. ------ Folla: 142 13. Tecnología de la Dirección de Administración sobre presupuestos a Intervención. Dada cuenta de oficio del Sr. Gobernador Civil, fecha 31 de diciembre en que traslada telegrama circular del Sr. Director General de Administración, relativo a los presupuestos para el corriente año que han de regir en las Diputaciones, resolviendo consultas elevadas a aquel centro directivo. La Comisión acuerda quedar enterada y pasarlo a la Intervención de fondos provinciales para que lo tenga en cuenta en la parte que pueda afectar a este organismo provincial. ------ Folla: 142,143 14. Cédulas. Aprobación del padrón de Pontevedra de 1931. Visto el padrón de cédulas personales para el año de 1931 del Ayuntamiento de Pontevedra formado por el Comisionado designado, con arreglo a las disposiciones vigentes y a la Circular de la Presidencia inserta en el B.O. de 20 de junio de 1927, así como el informe del Jefe del Servicio de cédulas de esta Diputación, en el que se hace constar que la clasificación de los empadronados está hecha con arreglo a los preceptos que rigen en esta materia; está hecha con arreglo a los preceptos que rigen en esta materia; se acuerda aprobarlo y devolverlo al Jefe de este servicio para que se cumplan los requisitos reglamentarios hasta su cobro. ------ Folla: 142 8. 1ª quincena de Diciembre. 1ª relación De la primera quincena de Diciembre Pesetas Cts Zona 2ª. Jornales de plantación en el perímetro 1º de la sección 1ª ..... 289,40 Zona 1ª. Jornales en el perímetro 3º................................................. 105, " Total ................. 394,40 ------ Folla: 142 9. 2ª quincena de Diciembre. De la segunda quincena de Diciembre Pesetas Cts Vivero. Jornales .............................................................. 763,25 Zona 1ª. Jornales de capataces ........................................ 160 " Zona 1ª. Jornales de plantación en el perímetro 3º ............. 108,50 Zona 2ª. Encargados de viveros volantes (sin cultivo) ............ 128 " Zona 2ª. Jornales de plantación en el perímetro 1º, sección 2ª ....... 124,20 Zona 6ª. Jornales de plantación en el perímetro 3º, sección 1ª ........ 151,20 Zona 6ª. Jornales de un capataz ................................................. 160, " Zona 9ª. Jornales de plantación en el perímetro 1º, sección 1ª ...... 415, " Zona 9ª. Jornales de plantación en el perímetro 2º, sección 1ª ...... 367,20 Zona 9ª. Jornales de plantación en el perímetro 3º, sección 2ª ...... 411,40 Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Guardas interinos ............................................. 320," Zonas 2ª, 6ª y 9ª. Vigilantes de pastoreo ...................................... 576," Trabajos topográficos ............................................................... 65," Un vigilante de incendios .......................................................... 64," Total ....... 3.813,75 ------ Folla: 143 15. Cédulas. Confirmando nombramiento de sub - agentes de cédulas de los Ayuntamientos que se indican Zona Sur. Prestar aprobación y confirmar el nombramiento hecho de sub - agentes Recaudadores de cédulas personales de la zona Sur que propone el Recaudador D. Ricardo González para el cobro de los padrones de 1931 de los siguientes Sres. Para el Ayuntamiento de Baiona, D. José Mª Amorín Vidal. Para el de Fornelos a D. José García. Para el de Gondomar a D. Daciano Andiíon Martínez. Para el de A Guarda, D. Ricardo González Carrera. Para el de Mos, D. Serafín Táboas. Para el de Nigrán, D. Juán Saavedra Ozores. Para el de Oia, D. Manuel Rotea. Para el de Pazos, D. José García. Para el de Tomiño, D. José Gómez. Para el de Salceda, D. Antonio Silva. Para el de Salvaterra, D. Jacinto Queimadelos. Para el de O Rosal, D. Mariano Rotea. Comunicándolo al Jefe del Servicio de cédulas de esta Diputación a los efectos de que lo haga saber a los designados y al citado Recaudador, publicándose sus nombramientos en el Boletín Oficial para conocimiento de los respectivos ayuntamientos y público en general. ------ Folla: 143 16. Cédulas. Confirmando nombramientos de Sub - Agentes en la Zona Norte que se indican. De conformidad con las propuestas hechas por el Servicio de cédulas personales de esta Diputación por el Recaudador de la Zona Norte, proponiendo como Sub - Recaudadores para la cobranza de los padrones d e1931 en los Ayuntamientos de Bueu, Ponte Caldelas, Soutomaior y Vilanova a los señores siguientes: D. Ricardo González Buceta, D. Alfredo Hermida, Don José García y D. Juan González Pérez. Se acuerda confirmar estos nombramientos. También se acuerda confirmar el nombramiento para Sub - Recaudador de la cobranza de los padrones de dicho año en los Ayuntamientos de Carbia, Dozón, A Golada, Lalín, Rodeiro y Silleda a favor de Don Luis Taboada Gutiérrez, comunicándose al jefe de este servicio para que lo haga a los designados y Recaudadores principal y publicándose además en el Boletín para convencimiento de los Ayuntamientos y público en general. ------ Folla: 143 17. Vías y Obras. Informe sobre la linea del Ayuntamiento de Pontevedra. Dado cuenta de informe del Sr. Director de Vías y Obras emitido en la instancia que al Ayuntamiento de Pontevedra presentó Dª. María Naval Montoto, para que se le indemnice de terreno que pierde con la fijación de línea para edificar una casa en la calle de la virgen del camino de esta Capital y que aquella Corporación acordó en sesión de 23 de diciembre último someterla a la consideración de este organismo por haber sido señalada la línea por la dependencia informante, se acuerda vistas las consideraciones que el informe de que se trata conviene hacerlo suyo y con devolución de la instancia de referencia diese traslado del mismo al Ayuntamiento solicitante a los efectos procedentes. ------ Folla: 143 18. Vías y Obras. Incluyendo en el plan el camino vecinal al Grupo escolar de Domaio Moaña. Visto el informe del Sr. Director de Vías y Obras emitido en la petición formulada por el Ayuntamiento de Moaña pidiendo la inclusión en el plan de un camino del kilómetro 13 de la carretera de Cangas a Vilaboa al Grupo escolar de Domaio emplazado en los lugares de Sua - Bouza y Palmas, con longitud aproximada de 1 kilómetro, para que el que ofrecen los terrenos y el 40% del importe de la obra; se acuerda tomarse en consideración tal solicitud y de conformidad con el mismo pasar todos los antecedentes a aquella Dirección para la tramitación correspondiente que previenen las disposiciones que rigen esta materia. ------ Folla: 143 19. Obras públicas. Abono indemnizaciones al Ingeniero Jefe, 4º trimestre de 1931. Declarar de abono al Sr. Ingeniero Jefe de Obras públicas de esta provincia la nómina de dietas e indemnizaciones devengadas en el cuarto trimestre del año de 1931, a razón de 150 pesetas mensuales en las salidas de inspección en virtud de la Instrucción de 25 de abril de 1900, debiendo librarse su importe en cuantía de cuatrocientas cincuenta pesetas, con cargo al capitulo 19, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 143 20. Obras públicas. Abono liquidación gastos de apisonadoras en obras provinciales. Dada cuenta de liquidación justificativa que eleva a esta Comisión con oficio del Sr. Director de Vías y Obras el 7 del actual de los gastos originados por el uso de las apisonadoras número 2 - 51 - 54 y 6 empleadas en la consolidación de piedra de las obras de carácter provincial en la carretera de Puente de Sarandón, camino vecinal de Amoedo y Ramal a la Estación de Arbo que a los efectos de su pago remite el Sr. Ingeniero de Obras públicas, su fecha 21 de diciembre último de la que resulta un saldo de pesetas setecientas setenta y una con cuarenta céntimos, cantidad que debe ser ingresada por este Organismo en la Depositaría, Pagaduría de aquella Jefatura, se acuerda aprobarla y declararla de abono con cargo a la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 11, articulo 5º. ------ Folla: 143,144 21. Beneficencia. Abono de gratificación al Médico de sordomudos D. José Fernández Santiago por la de 1931. Dado cuenta de instancia de D. José Fernández Rodríguez Médico Inspector municipal de Santiago, suplicando le sea satisfecha la gratificación que con carácter permanente de 500 pesetas le fue concedida por acuerdo de 18 de Diciembre de 1930 como Médico encargado de la asistencia a los sordomudos y ciegos de ambos sexos pensionados en el Colegio Regional de aquella ciudad de las cuatro Diputaciones Gallegas, correspondiente al año próximo pasado de 1931. Visto el informe del Sr. Interventor de fondos provinciales en el que se propone que debe serle de abono la citada gratificación, con cargo al sobrante que desde luego resultará de la partida destinada a los gastos causados por los sordomudos y ciegos de esta provincia en Colegios anormales. Se acuerda de conformidad con tal informe, declarar de abono a D. José Fernández Rodríguez las quinientas pesetas que le fueron concedidas correspondiente a la anualidad en descubierto de 1931 y con cargo al sobrante que se cita, sin que se pueda hacer declaración sobre la vigencia de la subvención para otras anualidades y que será competente la Comisión gestora en el ejercicio corriente por estar aprobado ya el presupuesto que ha de regir en el presente año. ------ Folla: 144 22. Beneficencia. Abono cena extraordinaria en Noche Buena al Hospicio. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta justificada a la Sra. Superiora de la Casa Hospicio de esta capital importante mil ciento ochenta y siete pesetas diez céntimos por la cena extraordinaria dada a los asilados de aquel establecimiento con motivo de la Noche Buena, según acuerdo de 12 de diciembre último, librándose dicha suma con cargo a la consignación que el acuerdo cita al concederla. ------ Folla: 144 23. Beneficencia. Manicomio. Abono estancias de Diciembre. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conjo, la cuenta importante veintitrés mil trescientas cuarenta y nueve pesetas por estancias de dementes hijos de esta provincia que sostiene esta Diputación en aquel establecimiento correspondientes al mes de Diciembre de 1931, debiendo satisfacerse como propone la Intervención con cargo al capitulo 19, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial. ------ Folla: 144 24. Beneficencia. Asilos de Vigo, Tui, Caldas y Pontevedra. Abono estancias de Diciembre. Declarar de abono a las Sras. Superioras de los asilos de ancianos desamparados de Vigo, Tui, Caldas de Reis y Pontevedra, las cuentas de estancias devengadas durante el mes de diciembre por los asilados que allí sostiene esta Diputación importantes respectivamente 630 - 1.245 - 542,50 - 2.805 pesetas, debiendo satisfacerse dichas sumas en cuantía total de cinco mil doscientas veintidós pesetas cincuenta céntimos como propone la Intervención con cargo al capitulo 19, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto provincial correspondiente. ------ Folla: 144 25. Inclusa. Ingreso de la niña Mª Ofelia Piñeiro. Decretar el ingreso en la Inclusa provincial de la niña María Ofelia Piñeiro, hija de Pura, soltera que nación en la parroquia de Nantes, del ayuntamiento de Sanxenxo el día 7 de diciembre d e1931, cuya madre carece de recursos y está imposibilitada de prestarle sus cuidados según se comprueba con el expediente tramitado e informado favorablemente por el Secretario de aquel establecimiento. ------ Folla: 144 26. Inclusa. Ingreso definitivo de los niños José Fernández, Concepción Vila y Olza Concepción Pérez. Ratificar el ingreso definitivo en la Inclusa provincial de los niños José Fernández Abelendro, Concepción Vila Castro y Olza Concepción Pérez Sueiro que nacieron en el Gran Hospital inscritos en el Registro Civil de este término en 8 de diciembre último y que fueron ingresados provisionalmente por orden del Sr. Delegado administrativo de aquel establecimiento en diecisiete del mismo mes por haberse demostrado la pobreza de sus madres y demás circunstancias en expediente favorablemente informados por el Secretario de dicha Inclusa. ------ Folla: 144 27. Abono factura de un alquiler de automóvil a D. Elpidio Villaverde. Declarar de abono a D. Elpidio Villaverde la suma de treinta y cinco pesetas por un viaje de Vilagarcía a esta capital a asuntos de esta Diputación realizado el día 27 de diciembre último que abono al propietario del Garaje de automóviles "R. Porto" según la factura que se acompaña, librándose una cantidad con cargo al capítulo 2º, articulo 3º de la parte de gastos del presupuesto provincial. ------ Folla: 144 28. Abono a la Eléctrica fluido de Diciembre. Declarar de abono a la "Empresa Eléctrica Pontevedra Marín - S.A.", la factura importante noventa y ocho pesetas treinta y cuatro céntimos por fluido eléctrico en concepto de tanto alzado para el alumbrado de este palacio provincial durante el mes de Noviembre de 1931, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 144 29. Abono cuenta reparación a D. José Dapena. Declarar de abono al maestro de obras D. José Dapena Hereder, la cuenta informada por el Sr. Arquitecto importante cuatrocientas setenta y ocho pesetas treinta céntimos por varias reparaciones ejecutadas en las dependencias de esta Diputación que la misma detalla durante el año último, librándose dicha suma con cargo al capitulo 11, articulo 10 del presupuesto en su parte de gastos. ------ Folla: 144 30. Abono cuenta reparación a D. José Dapena. Declarar de abono al maestro de obras, D. José Dapena Hereder, la cuenta informada favorablemente por el señor Arquitecto, importante doscientas dos pesetas veinticinco céntimos, por obras reparaciones llevadas a cabo por las habitaciones que ocupa en este edificio provincial el Sr. Gobernador Civil, debiendo librarse dicha suma con cargo al presupuesto provincial en su parte de gastos capitulo II, articulo 10º. ------ Folla: 144 31. Abono cuentas reparaciones a D. Sebastián Santos. Declarar de abono al industrial de esta plaza D. Sebastián Santos Riveiro, las siguientes cuentas informadas favorablemente por el Sr. Arquitecto provincial: Una de 11 pesetas 25 céntimos por trabajos ejecutados en las oficinas del Gobierno Civil en 24 de junio, 12 de agosto y 4 de octubre de 1931. Otro de los realizados en las dependencias de esta Diputación en 17 de junio, 16 de julio, 4 de agosto y 10 - 14 y 30 de noviembre del mismo año, importante 69 pesetas. Y otra de 44,50 pesetas por los llevados a cabo en las habitaciones del Sr. Gobernador Civil en veintisiete de mayo, 17 de junio, 4 de agosto, 25 y 30 de octubre y 6 de noviembre últimos. Debiendo librarse dichas sumas en cuantía total de ciento veinticuatro pesetas setenta y cinco céntimos con cargo al capitulo 11, articulo 10 del presupuesto provincial. ------ Folla: 144 32. Abono de Garaje Ramos, servicios de automóviles en Diciembre. Declarar de abono al industrial D. Manuel Ramos, propietario del "Garaje Ramos", la cuenta justificada importante novecientas diecinueve pesetas ocho céntimos por alquiler de automóviles facilitados a esta Diputación para servicios de la misma, durante el mes de diciembre de 1931, librándose esta suma con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto correspondiente. ------ Folla: 144,145 33. Vías y Obras. Nómina dietas de Diciembre. Prestar aprobación a la nómina importante dos mil sesenta y dos pesetas cincuenta y dos céntimos correspondiente a las remuneraciones y dietas devengadas por el personal técnico o facultativo de Vías y Obras provinciales en la inspección de obras en construcción a su cargo, con arreglo al R.D. de 29 de septiembre de 1926, durante el mes de Diciembre de 1931, librándose dicha suma con cargo al capitulo 19, articulo 1º de la parte de gastos del presupuesto. ------ Folla: 145 34. Vías y Obras. Abono locomoción de Diciembre. Declarar de abono al Sr. Director de Vías y Obras provinciales la cuenta importante mil trescientas cinco pesetas doce céntimos, por gastos de locomoción ocasionados en el mes de diciembre de 1931 en la inspección de caminos provinciales y vecinales giradas por el personal de aquella Dependencia, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 1º del presupuesto. ------ Folla: 145 35. Vías y Obras. Abono gastos conservación de Diciembre. Declarar de abono al Sr. Director de Vías y Obras provinciales la cuenta justificada importante tres mil doscientas treinta y dos pesetas sesenta y cinco céntimos, por conservación de las carreteras de esta Diputación que detallas las 11 relaciones que acompaña a la misma, durante el mes de diciembre de 1931, librándose dicha suma con cargo a la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 19, articulo 1º en su parte de gastos. ------ Folla: 145 36. Calefacción. Abono cuenta de combustible a Vicente Suárez y Compañía. Declarar de abono a la Casa Comercial de Vigo "Vicente Suárez y Compañía Ltda", la factura importante trescientas cuarenta y ocho pesetas treinta y cinco céntimos por 750 kilos carbón antracita galleta y 1.250 kilos cok metalúrgico superior alemán, envases y acarreo adquirido para sostenimiento de la calefacción de las Dependencias de la Diputación por orden de la presidencia en virtud de acuerdo de 30 de octubre último, debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 1º, articulo 11 de la parte de gastos. ------ Folla: 145 37. Vías y Obras. Abono cuenta conservación caminos vecinales 4º trimestre de 1931. Prestar aprobación y declarar de abono las cuentas justificadas presentadas por la Dirección de Vías y Obras de la conservación de caminos vecinales correspondientes al 4º trimestre del año próximo pasado de 1931, que ascienden a diecinueve mil doscientas cincuenta y una pesetas cincuenta y un céntimos y que se detallan en las 31 partidas que comprende dicha cuenta, debiendo librarse su importe con cargo al capitulo 2º, articulo 3º de la parte de gastos del presupuesto provincial. Se levantó la sesión. ------

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